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LEY 9/2001, de 17 de julio, del Suelo, de la Comunidad de Madrid
órgano emisor: PRESIDENCIA DE LA COMUNIDAD DE MADRID
publicación: B.O.C.M. num. 177 - 27/07/2001
entrada en vigor: 28/07/2001
Téngase en cuenta que todas las referencias contenidas en la presente Ley a licencias deberán entenderse referidas a todos los efectos, al título habilitante de naturaleza urbanística que corresponda de conformidad con la nueva regulación contenida en el Capítulo III del Título IV, en su redacción dada por la Ley 1/2020, de 8 de octubre (SP/LEG/31185).
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Artículo 195. Actos de edificación o uso del suelo ya finalizados, sin licencia u orden de ejecución o sin ajustarse a las condiciones señaladas en ellas