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Laboral y Seguridad Social

TSJ Asturias, Sala de lo Social, Sec. 1.ª, 18/2020, de 26 de octubre. Recurso 27/2020

Ponente: MARIA CRISTINA GARCIA FERNANDEZ
SP/SENT/1076397
Gestión Documental
 Nulidad de despido colectivo basado en las mismas causas que el ERTE durante el estado de alarma por razón del COVID
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- UGT ASTURIAS presentó demanda de DESPIDO COLECTIVO contra MICARBRI SL Y WELLNESSPORT CIO SL, en la que exponía los hechos en que fundaba su pretensión, hacía alegación de los fundamentos de derecho que entendía aplicables al caso y finalizaba con la súplica de que, tras su legal tramitación se dicte sentencia en la que se acceda a lo solicitado en el suplico de la demanda.
SEGUNDO.- Que admitida a trámite la demanda, previo otorgamiento de poder, se ha/n celebrado la conciliación previa sin avenencia y la vista el 15 de octubre del presente en la que comparecieron todas las partes, UGT Asturias representada por el Letrado Sr. David Diego Ruiz, y las codemandadas Wellnessport CIO SL y Micarbri SL representadas por el Procurador Sr. Sastre Quirós y asistidas por el Letrado Sr. Pablo López, con el resultado que obra en las actuaciones .
TERCERO.- En la tramitación de estos autos se han observado todas las prescripciones legales.
1º- El centro de trabajo conocido como "Restaurante La Torre", sito en la carretera Oviedo-Gijón, km 12, en Pruvia (Llanera), ocupa a 13 trabajadores fijos dedicados a la actividad de hostelería que prestaron sus servicios para la empresa Wellnessport CIO SL hasta el 31 de julio de 2019, siendo subrogados con efectos al 1 de agosto del mismo año por Micarbri SL.
Los trabajadores fijos son los siguientes:
- Gervasi
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