CARGANDO...

Laboral y Seguridad Social

AN, Sala de lo Social, Sec. 1.ª, 88/2017, de 19 de junio. Recurso 138/2017

Ponente: RAMON GALLO LLANOS
SP/SENT/914255
Gestión Documental
 TRAGSATEC; derecho de los trabajadores a disfrutar del permiso o licencia retribuido durante los tres primeros días de cada período de enfermedad sin necesidad de ser declarados en situación de baja médica o IT
No tiene permisos para ver el contenido de los extractos
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero.- Según consta en autos, el día 20 de abril de 2017 se presentó demanda por CGT sobre conflicto colectivo.
Segundo.- Dicha demanda fue registrada con el número 138/2017, designándose ponente y señalándose como fecha para la celebración de los actos de conciliación y juicio el día 13 de junio de 2017.
Tercero.- Los actos de conciliación y juicio, tuvieron lugar el día previsto para su celebración, y resultando la conciliación sin avenencia, se inició el acto del juicio en el que:
- La letrado de CCOO se afirmó y ratificó en su escrito de demanda solicitando se dictase sentencia en la que declare que el derecho de los trabajadores afectados por el conflicto a disfrutar del permiso o licencia retribuido durante los tres primeros días de cada período de enfermedad sin necesidad de ser declarados en situación de baja médica o IT, aceptando los documentos de justificación de ausencia o reposo, distintos del parte de baja o IT, emitidos por los facultativos del Servicio Público de Salud o Mutua, según la respectiva contingencia, y dejando por tanto de exigir la declaración de baja médica o incapacidad temporal para entender justificadas dichas ausencias y poder disfrutar del permiso o licencia retribuido.
Alegó en sustento de su pretensión que el referido permiso viene regulado en el art. 6 del Acuerdo de Homologación de condiciones, que requiere para su justificación cualquier tipo
También puedes adquirir este documento o suscribirte para acceder a todos los contenidos