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Laboral y Seguridad Social

TS, Sala Cuarta, de lo Social, 786/2017, de 11 de octubre. Recurso 3911/2015

Ponente: MARIA LOURDES ARASTEY SAHUN
SP/SENT/925142
Gestión Documental
 Pensión de viudedad reconocida con prorrata por el tiempo de convivencia con el causante; cálculo del complemento por mínimos; no cabe aplicar la prorrata al importe del complemento por mínimos; Voto particular concurrente
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- Con fecha 29 de abril de 2014 el Juzgado de lo Social nº 1 de A Coruña dictó sentencia , en la que se declararon probados los siguientes hechos: «PRIMERO.- La demandada, Doña Mariana , con DNI NUM000 , contrajo matrimonio en fecha 27-5-1972 con Don Rodrigo , de quien se separó en virtud de Sentencia de fecha 15-7-1991 y, posteriormente, se divorció mediante Sentencia de fecha 18-4-1995 (expediente administrativo). SEGUNDO.- Don Rodrigo falleció en fecha 1-1-2006 solicitando la demandada pensión de viudedad que le fue reconocida mediante resolución del ISM de fecha 31-1-2006 y con efectos de fecha 1-2-2006, en cuantía correspondiente al 52% sobre una base reguladora de 836,80 euros y prorrata, en proporción al período de convivencia con el causante del 56,95%, que asciende a un importe mensual de 308,90 euros (expediente administrativo). TERCERO.- Mediante escrito de fecha 28-2-2006 la Sra. Mariana solicitó al ISM el abono de complemento por mínimos, pretensión que fue desestimada por resolución de dicha Entidad Gestora de fecha 11-5-2006 por entender que el importe de su pensión es superior al que resulta aplicando a la pensión mínima prevista para el año 2006 la prorrata correspondiente al tiempo de convivencia. CUARTO.- No conforme con dicha resolución, la demandada interpuso demanda resuelta por el Juzgado de lo Social n° 1 de Ferrol, autos n° 392/2006, formulándose frente a la misma recurso de suplicación resuelto por el Tribunal Superior de Justicia de Galicia mediante Sentencia de fec
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