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Laboral y Seguridad Social

TJCE/TJUE, Sala Gran Sala, de 5 de junio de 2018. Recurso C-677/16

Ponente: A. Arabadjiev
SP/SENT/954975
Gestión Documental
 Extinción del contrato de interinidad; cobertura de vacante por vencimiento del término: no procede indemnización; inexistencia de discriminación respecto a la extinción de los fijos por causas objetivas; rectificación de doctrina De Diego Porras
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ANTECEDENTES DE HECHO
1 La petición de decisión prejudicial tiene por objeto la interpretación de la cláusula 4, apartado 1, del Acuerdo Marco sobre el trabajo de duración determinada, celebrado el 18 de marzo de 1999 (en lo sucesivo, «Acuerdo Marco»), que figura en el anexo de la Directiva 1999/70/CE del Consejo, de 28 de junio de 1999, relativa al Acuerdo Marco de la CES, la UNICE y el CEEP sobre el trabajo de duración determinada (DO 1999, L 175, p. 43).
2 Esta petición se ha presentado en el marco de un litigio entre la Sra. Lucía Montero Mateos y la Agencia Madrileña de Atención Social de la Consejería de Políticas Sociales y Familia de la Comunidad Autónoma de Madrid (en lo sucesivo, «Agencia»), en relación con la finalización del contrato de interinidad que la vinculaba con dicha Agencia.
Marco jurídico
Derecho de la Unión
3 A tenor del considerando 14 de la Directiva 1999/70:
«Las partes contratantes expresaron el deseo de celebrar un Acuerdo Marco sobre el trabajo de duración determinada que establezca los principios generales y las condiciones mínimas para los contratos de trabajo de duración determinada y las relaciones laborales de este tipo; han manifestado su deseo de mejorar la calidad del trabajo de duración determinada garantizando la aplicación del principio de no discriminación, y su voluntad de establecer un marco para impedir los
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