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SP/UTIL/821

Utilidad

Servicios web de intercambio de información entre los operadores y la aduana


Este documento recoge los servicios web ofrecidos por la Agencia Tributaria como apoyo al procedimiento de Importación. Con ellos se podrá: presentar declaraciones en aduana con carácter previo a la llegada de las mercancías para iniciar las gestiones no aduaneras PDI (PreDeclaraciónIncompleta); normales o simplificadas, con carácter previo a la llegada de las mercancías PDC (PreDeclaraciónCompleta) y PDS (PreDeclaracionSimplificada); también una vez presentadas las mercancías, DUA (declaración completa de importación) o DSP (simplificada pendiente de completarse); asimismo, presentar la declaración complementaria de una simplificada pendiente de complementarse (DSP), una vez obtenido el levante de las mercancías; recibir la notificación relativa a la admisión definitiva de una declaración tipo PDC o PDS en el momento de la presentación de las mercancías (circuito, deuda aduanera, etc.); completar la casilla 44 con los documentos que pudieran faltar en los DUA con certificados pendientes de organismos no aduaneros; consultar importaciones.

Las declaraciones tipo PDI contienen un conjunto reducido de datos; permiten al operador obtener el identificador de la declaración (MRN), que será la referencia recomendada para la Ventanilla Única Aduanera. Además, con el PDI, los operadores pueden saber de antemano si se necesitan o no certificados de los organismos no aduaneros y cuáles.

Por su parte, los organismos no aduaneros y Puertos del Estado disponen de información anticipada para la planificación de sus operaciones.

Por último, si los certificados transmitidos por los servicios no aduaneros a la aduana contienen la referencia a una declaración aduanera válida (MRN), se podrá obtener el levante automático en los casos que proceda. Las declaraciones tipo PDC o PDS contienen el conjunto completo de datos aplicables al tipo de declaración, que se envían a la aduana antes de la presentación de las mercancías. Su aceptación no implica la admisión definitiva de la declaración aduanera. Cuando se presente la mercancía, en el momento identificado por la activación de las declaraciones sumarias de depósito temporal que refieran, pasarán automáticamente a ser tipo DUA o DSP, realizándose la “admisión” inmediata de la declaración a la fecha de presentación de las mercancías. La admisión o rechazo de la declaración se comunicará mediante servicio web de “bandeja de entrada”.