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Reclamaciones Bancarias

LEY 24/1988, de 28 de julio, del Mercado de Valores

órgano emisor: JEFATURA DEL ESTADO

publicación: B.O.E. num. 181 - 29/07/1988

entrada en vigor: 29/01/1989

norma derogada: 13/11/2015

La presente disposición ha sido derogada a partir de 13 de noviembre de 2015, conforme establece el Real Decreto Legislativo 4/2015, de 23 de octubre (SP/LEG/18616)

La presente disposición establece con carácter específico, un plazo de vacatio de un año para la vigencia de determinados preceptos y hasta el 1 de enero de 1992 para lo dispuesto en el artículo 42.

Corrección de errores (BOE n.º 185, de 4 de agosto de 1989).

Corrección de errores (BOE n.º 122, de 23 de mayo de 1989).

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