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Reclamaciones Bancarias

SP/NOT/1680

Notas. Diciembre 2022

TS resuelve 3 recursos de requerimiento previo de pago al deudor, requisito de licitud, para incluir datos personales en ficheros de información crediticia

El Pleno de la Sala Primera del Tribunal Supremo ha resuelto tres recursos sobre el requerimiento previo de pago al deudor, uno de los requisitos para la licitud de la inclusión de datos personales en los ficheros de información crediticia (‘ficheros de morosos’).
Las tres resoluciones reiteran la doctrina de la Sala Primera sobre el requerimiento de pago, que no es solo un requisito formal cuyo incumplimiento puede dar lugar a una sanción administrativa. Es un requisito esencial que responde a la finalidad del fichero y que trata de evitar la inclusión de personas que, por un simple descuido, un error bancario al que son ajenas, o cualquier otra circunstancia similar, han dejado de hacer frente a una obligación, sin que ese dato sea pertinente para enjuiciar su solvencia.
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Demandas de protección del honor por inclusión en ficheros de información crediticia. El carácter recepticio del requerimiento no exige la fehaciencia de su recepción.
Sentencias de Pleno 946/2022 de 20 de diciembre y 959/2022 y 960/2022, de 21 de diciembre.
Estas sentencias del Pleno de la Sala Primera resuelven 3 recursos sobre requerimiento previo de pago al deudor, uno de los requisitos de licitud de la inclusión de datos personales en los ficheros de información crediticia.
En otra sentencia precedente (945/2022, de 20 de diciembre), el Pleno acordó que después de la entrada en vigor de Ley Orgánica 3/2018 subsiste este requisito del requerimiento previo de pago, pero basta con que la advertencia de inclusión en el fichero se hubiera realizado en el contrato.
Las 3 resoluciones reiteran la doctrina de la Sala Primera sobre el requerimiento de pago, que no es simplemente un requisito formal cuyo incumplimiento solo pueda dar lugar a una sanción administrativa.
Es un verdadero requisito esencial que responde a la finalidad del fichero y que trata de evitar la inclusión de personas que, por simple descuido, un error bancario al que son ajenas, o por cualquier otra circunstancia similar, han dejado de hacer frente a una obligación, sin que ese dato sea pertinente para enjuiciar su solvencia.
Siendo un requisito esencia