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Reclamaciones Bancarias

TS, Sala Primera, de lo Civil, 255/2023, de 14 de febrero. Recurso 5034/2020

Ponente: PEDRO JOSE VELA TORRES
SP/SENT/1173592
RESUMEN

Gastos hipotecarios. Reiteración de la jurisprudencia de la sala

Gestión Documental
 Los gastos de notaría en préstamo hipotecario deben ser abonados por mitad entre el banco y el cliente, y los gastos de gestoria deben abonarse íntegramente por la entidad prestamista, así lo establece reitera doctrina del TS
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- Tramitación en primera instancia
La procuradora D.ª Bárbara Egido Martín, en nombre y representación de D. Iván y D.ª Zaira, interpuso demanda de juicio ordinario ante el Juzgado de Primera Instancia n.º 73 de Madrid, contra la entidad Banco de Sabadell SA, que concluyó por sentencia n.º 45/2018, de 13 de febrero, con el siguiente fallo:
"Que estimo parcialmente la demanda formulada por la procuradora Sra. Egido Martín, en nombre y representación de D.ª Zaira y D. Iván, asistidos del letrado Sr. Lafuente Sánchez contra Banco de Sabadell SA, representada por la procuradora Sra. Albaladejo y asistido del letrado Sra. Araquistán, declarando la nulidad de pleno derecho por abusiva de la Cláusula Quinta del documento suscrito por las partes el 26 de diciembre de 2007 que establece que corresponde al prestatario el abono de gastos derivados del préstamo con garantía hipotecaria (cláusula de gastos) por abusiva en lo que se refiere a gastos notariales, registrales, tasación y gestoría.
b) Se condena a la entidad demandada a restituir a la parte actora las cantidades que hubieran podido pagar indebidamente por aplicación de la citada cláusula, 1854,12 euros, con intereses legales conforme al art. 1303 CC y costas causadas."
SEGUNDO.- Tramitación en segunda instancia
1.- La sentencia de primera instancia fue recurrida en apelación por
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