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Reclamaciones Bancarias

TJCE/TJUE, Sala Segunda, de 20 de septiembre de 2017. Recurso C-186/16

Ponente: A. Prechal
SP/SENT/919267
Gestión Documental
 El art. 4 de la Directiva 93/13 debe interpretarse en el sentido de no considerar abusiva la cláusula multidivisa, inserta en el contrato de préstamo, por ser parte esencial del objeto principal, siempre que sea clara y comprensible
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 El deber de claridad y comprensibilidad de la cláusula multidivisa obliga a las instituciones financieras a facilitar la información necesaria para que todo consumidor medio tome decisiones fundadas y conozca las consecuencias económicas del contrato
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 El art. 3 de la Directiva 93/13 ha de interpretarse en el sentido de que la evaluación de abusividad de una cláusula contractual debe realizarse atendiendo a las circunstancias del momento en que se celebra el contrato
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ANTECEDENTES DE HECHO
1 La petición de decisión prejudicial tiene por objeto la interpretación de los artículos 3, apartado 1, y 4, apartado 2, de la Directiva 93/13/CEE del Consejo, de 5 de abril de 1993, sobre las cláusulas abusivas en los contratos celebrados con consumidores (DO 1993, L 95, p. 29; corrección de errores en DO 2015, L 137, p. 13).
2 Esta petición se ha presentado en el contexto de un litigio entre, por una parte, la Sra. Ruxandra Paula Andriciuc y otras 68 personas y, por otra, Banca Româneasca SA (en lo sucesivo, el «banco») relativo al carácter supuestamente abusivo de cláusulas incluidas en contratos de crédito en las que se estipula, en particular, el reembolso de los créditos en la misma divisa extranjera en que se concedieron.
Marco jurídico
Derecho de la Unión
3 El artículo 1 de la Directiva 93/13 establece:
«1. El propósito de la presente Directiva es aproximar las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas de los Estados miembros sobre las cláusulas abusivas en los contratos celebrados entre profesionales y consumidores.
2. Las cláusulas contractuales que reflejen disposiciones legales o reglamentarias imperativas, así como las disposiciones o los principios de los convenios internacionales, en especial en el ámbito de los transportes, donde los Estados miembros o la Comunidad son parte, n
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