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AN, Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sec. 1.ª, de 29 de marzo de 2019. Recurso 553/2017

Ponente: MARIA NIEVES BUISAN GARCIA
SP/SENT/1000081
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- Por la entidad recurrente se interpuso recurso contencioso administrativo mediante escrito presentado en plazo, acordándose su tramitación de conformidad con las normas establecidas en la Ley 29/1998, y la reclamación del expediente administrativo.
SEGUNDO.- En el momento procesal oportuno tal entidad actora formalizó la demanda a través de escrito de 18 de enero de 2018 en el que, tras alegar los hechos y fundamentos de derecho que estimó procedentes, terminó suplicando se dictara sentencia estimatoria de las pretensiones formuladas por la parte, anulando la resolución objeto de recurso.
TERCERO. - El Sr. Abogado del Estado contestó la demanda mediante escrito presentado el 5 de abril de 2018 en el que, tras alegar los hechos y los fundamentos jurídicos que estimó aplicables, terminó suplicando se dictara sentencia en la que se desestimara el recurso, con expresa imposición de costas a la parte recurrente.
CUARTO . - No habiéndose solicitado el recibimiento del pleito a prueba, se dio trámite de conclusiones a las partes, trámite que evacuaron por su orden, primero la defensa de la entidad recurrente y después el Abogado del Estado, mediante escritos en los que concretaron y reiteraron sus respectivos pedimentos.
QUINTO . - Conclusas las actuaciones, se señaló para votación y fallo de este recurso el día 19 de marzo de 2019, fecha en la que tuvo lugar la deliberación y vot
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