CARGANDO...

Protección de Datos

TS, Sala Primera, de lo Civil, 397/2019, de 5 de julio. Recurso 2667/2018

Ponente: RAFAEL SARAZA JIMENA
SP/SENT/1011613
Gestión Documental
 El interés informativo del suceso sobre el que versaban los artículos de prensa en que se publicaron las fotografías del demandante era claro, pues se trataba de un crimen muy grave, no vulneración del derecho a la imagen
No tiene permisos para ver el contenido de los extractos
 La información contenida en los artículos periodísticos cuestionados, integrados por texto escrito y por fotografías, fue veraz y versó sobre un asunto de interés público, por lo que estuvo amparada por el ejercicio legítimo de la libertad de prensa
No tiene permisos para ver el contenido de los extractos
 La inclusión de datos personales en una información periodística, aunque la misma se publique en una web, si se refiere a un asunto de interés general y la información es veraz, se encuentra justificada por la libertad de prensa
No tiene permisos para ver el contenido de los extractos
ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- Tramitación en primera instancia.
1.- El procurador D. Luis Óscar Palacios Vila, en nombre y representación de D. Ildefonso , interpuso demanda de juicio ordinario contra El Progreso de Lugo S.L. y La Voz de Galicia S.A., en la que solicitaba se dictara sentencia:
"[...] que contenga los siguientes pronunciamientos:
" 1º.- Se declare que ha existido intromisión ilegítima en el derecho al honor, a la intimidad y a la propia imagen de mi representado D. Ildefonso , por las razones expuestas en los hechos de esta demanda.
" 2º.- Que esta intromisión ilegítima ha causado a D. Ildefonso graves daños morales y económicos, que se cuantifican en 12.000 euros por las publicaciones del diario "El Progreso" y en 6.000 euros por las publicaciones del diario "La Voz de Galicia"; condenando a estos demandados al pago de las indicadas cantidades a mi representado.
" 3º.- Que se publique en los diarios demandados la noticia de que estos diarios han cometido una intromisión ilegítima en el derecho al honor, intimidad y derecho a la propia imagen de mi representado, publicación que debe realizarse en un lugar y fechas similares al de las noticias publicadas.
" 4º.- Que se ordene la inserción en ambos diarios demandados del texto literal de la sentencia condenatoria, en los cinco días siguientes
También puedes adquirir este documento o suscribirte para acceder a todos los contenidos