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Protección de Datos

AN, Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sec. 3.ª, de 31 de enero de 2019. Recurso 635/2017

Ponente: ANA MARIA SANGÜESA CABEZUDO
SP/SENT/993715
Gestión Documental
 Denegación de cancelación de datos del Registro Central de Delincuentes Sexuales al no haber transcurrido el plazo de 30 años; la inscripción no es una pena sino una medida de seguridad a la que no llega el principio de irretroactividad de sanciones
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- Con fecha fue 20 de octubre de 2017 la procuradora indicada presentó escrito, interponiendo recurso contencioso-administrativo frente a la presunta desestimación del recurso de reposición promovido en fecha 24 de julio de 2017 contra la Resolución de la Secretaria General de la Administración de Justicia de 5 de julio de 2017, dictada por delegación del Ministro de Justicia, por la que se desestima la solicitud de cancelación de los datos inscritos en el Registro Central de Delincuentes Sexuales por no haber transcurrido treinta años tal y como establece el artículo 10 b) del real Decreto 1110/2015 de 11 de diciembre ; y posteriormente se amplió el recurso a la resolución expresa de 1 de diciembre de 2017 por la que se la Secretaria de Estado de Justicia por delegación del Ministro de Justicia desestima dicho recurso.
SEGUNDO.- Admitido a trámite el escrito se tuvo por interpuesto el recurso, se acordó su sustanciación de acuerdo con lo previsto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción contenciosa-administrativa, teniendo por personado y parte al procurador indicado, y reclamado el expediente de la Administración demandada, se dio traslado del mismo a la recurrente para que presentara demanda en legal forma; Evacuado el traslado conferido dentro de plazo, formuló escrito de demanda en el que tras exponer los hechos y fundamentos que estimó de aplicación, terminó suplicando que se dictara sentencia por la que se declare no conforme a derecho
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