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Consumidores y Usuarios

SP/DOCT/106825

Artículo Monográfico. Septiembre 2020

Consecuencias de los impagos de los suministros y obligaciones frecuentes de los consumidores

María Gallego Igea. Abogada.Colaboradora de la Organización de Consumidores y Usuarios. Arbitro en la Junta Arbitral de Consumo de la CAM
RESUMEN

Este artículo pretende servir de guía sobre los derechos y obligaciones de los consumidores y de la mayoría de los ciudadanos, respecto de las obligaciones de pago más habituales, domésticas podríamos decir. Asimismo, se abordan las consecuencias del impago de los diferentes servicios y obligaciones.

This article aims to serve as a guide on the rights and obligations of consumers and the majority of citizens, with respect to the most common payment obligations, domestic we could say. Likewise, the consequences of non-payment of the different services and obligations are addressed.

PALABRAS CLAVE

Impagos, suministros, electricidad, gas, telefonía, seguros, vivienda, obligaciones.

Defaults, supplies, electricity, gas, telephony, insurance, housing, obligations.

Gestión Documental
Introducción
Prácticamente todos tenemos obligaciones de pago de forma periódica, prácticamente de forma mensual. Entre los más habituales, podemos encontrar los pagos de suministros, como el teléfono, la luz y el gas. Asimismo, y a consecuencia de ser propietarios de vivienda, hay que hacer frente al pago de los gastos comunes de la comunidad de propietarios y el Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI). Por otro lado, también es más que habitual que se tenga que hacer frente al pago de un seguro, siendo obligatorio incluso, en algunos casos, con el seguro obligatorio del automóvil.
Aun pagando las facturas, es posible que surjan controversias con el servicio, pero más problemas van a surgir si las facturas u obligaciones asumidas no se pagan.
En el pago de un servicio, o de un impuesto, generalmente, hay tres sujetos intervinientes:
-el consumidor, u obligado al pago
-la empresa, entidad o administración que gira la factura o el pago
-la entidad bancaria ya que la forma más habitual de pago de estos servicios, es la domiciliación bancaria, que es uno de los medios preferidos por los acreedores, para lo que en prácticamente todos los contratos se firma una "orden de domiciliación de adeudo directo SEPA".
Tipos de impagos: voluntarios e involuntarios
En este artículo vamos a analizar lo que puede ocurrir cuando se produce un impago. Impago que puede ser voluntario por parte del obligado o involuntario.
Se puede entender que un impago es voluntario cuando no se está conforme con el servicio que se nos ofrece, o cuando la factura no se ajuste a lo ofertado. También será voluntario cuando no hay suficiente saldo en la cuenta.
En el caso de que el impago sea voluntario, por ejemplo, por desacuerdo con la factura o por el servicio, el gran problema es que los plazos para el pago, y las consecuencias del impago no se acompasan a los plazos de reclamación si estamos ante un impago voluntario de la factura por no estar de acuerdo con la misma. Por ejemplo, en el caso de la telefonía, el consumidor tiene un plazo de un mes para reclamar desde que recibe la factura, y el operador de telecomunicaciones tiene un plazo de 1 mes desde la recepción de la queja para contestar. Si se está en desacuerdo con la respuesta del operador, se puede acudir a otras instancias de reclamación que tardarán meses en responder, mientras que el período en el que surgen las consecuencias del impago es de 1 mes.
Por ejemplo, en la Sentencia de la sección 14ª de la Audiencia Provincial de Madrid, de 30/06/2017 (SP/SENT/921446), se impone a una operadora de telefonía una indemnización, por daños materiales y morales, en favor de un consumidor al que, a pesar de tener una reclamación a
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