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Consumidores y Usuarios

SP/DOCT/83685

Informes y Conclusiones. Noviembre 2019

Conclusiones de la Abogada General del TJUE, Sra. Juliane Kokott, presentadas el 14 de noviembre de 2019, sobre contratos de crédito al consumo y evaluación precontractual por el prestamista de la solvencia del consumidor

Sra. Juliane Kokott. Abogado General del Tribunal de Justicia de la Unión Europea
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Asuntos C-616/18 y C-679/18 (1)
Cofidis SA contra YU, ZT (C-616/18) y OPR-Finance s.r.o. contra GK (C-679/18).
Peticiones de decisión prejudicial planteadas por el Tribunal d'instance Épinal (Tribunal de Distrito de Épinal, Francia) y por el Okresní soud v Ostrave (Tribunal Comarcal de Ostrava, República Checa).
«Petición de decisión prejudicial — Protección de los consumidores — Directiva 2008/48 — Contratos de crédito al consumo — Evaluación precontractual por el prestamista de la solvencia del consumidor — Deberes de información del prestamista con ocasión de la contratación — Sanciones en caso de incumplimiento — Aplicación de oficio — Disposición nacional que prohíbe al juez nacional, tras expirar un plazo de prescripción o preclusión, declarar y sancionar, de oficio o a raíz de una excepción propuesta por el consumidor, un eventual incumplimiento de obligaciones».
Introducción
1. Los asuntos Cofidis (C 616/18) y OPR-Finance (C 679/18) se basan en sendas peticiones de decisión prejudicial, una francesa y la otra checa, relativas a la interpretación de la Directiva sobre el crédito al consumo. (2) En esencia se trata de las cuestiones de en qué medida unos plazos de preclusión y prescripción nacionales impiden que un órgano jurisdiccional nacional examine de oficio el incumplimiento de los artículos 8 y 10 de la Directiva sobre el crédito al consumo y hasta qué punto los tribunales deben sancionar de oficio los incumplimientos detectados.
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