CARGANDO...

Consumidores y Usuarios

TJCE/TJUE, Sala Séptima, de 24 de noviembre de 2022. Recurso C-358/21

Ponente: F. Biltgen
SP/SENT/1163034
Gestión Documental
 Casos en los que son válidas las cláusulas atributivas de competencia contenidas en las condiciones generales a las que se remite un contrato mediante un enlace web
No tiene permisos para ver el contenido de los extractos
ANTECEDENTES DE HECHO
Sentencia
1 La petición de decisión prejudicial tiene por objeto la interpretación del artículo 23, apartados 1, letra a), y 2, del Convenio relativo a la competencia judicial, el reconocimiento y la ejecución de resoluciones judiciales en materia civil y mercantil, firmado el 30 de octubre de 2007, cuya celebración fue aprobada en nombre de la Comunidad Europea mediante la Decisión 2009/430/CE del Consejo, de 27 de noviembre de 2008 (DO 2009, L 147, p. 1; en lo sucesivo, «Convenio de Lugano II»)
2 Esta petición se ha presentado en el contexto de un litigio entre Tilman SA, cuyo domicilio social se encuentra en Bélgica, y Unilever Supply Chain Compagny AG (en lo sucesivo, «Unilever»), cuyo domicilio social se encuentra en Suiza, en relación con el impago, por Unilever, de cantidades facturadas por Tilman.
Marco jurídico
Convenio de Lugano II
3 El Convenio de Lugano II fue firmado por la Comunidad Europea, el Reino de Dinamarca, la República de Islandia, el Reino de Noruega y la Confederación Suiza.
4 Según el artículo 1, apartado 3, de este Convenio:
«Con arreglo al presente Convenio, el término "Estado vinculado por el presente Convenio" se refiere a cualquier Estado que es Parte contratante del presente Convenio o a un Estado miembro de la Comunidad Europe
También puedes adquirir este documento o suscribirte para acceder a todos los contenidos