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Consumidores y Usuarios

TS, Sala Primera, de lo Civil, 781/2022, de 16 de noviembre. Recurso 1176/2019

Ponente: MARIA DE LOS ANGELES PARRA LUCAN
SP/SENT/1166253
RESUMEN

Reclamación de cantidad. Pago en la cuenta señalada por el acreedor, que proporcionó una cuenta bancaria de la que no era titular. Desestimación.

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 No se produce infracción del art. 1162 CC ya que la demandada no abonó la cantidad reclamada a un tercero, sino en la cuenta designada por la representante legal de la demandante
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 El error del acreedor, que proporcionó una cuenta bancaria de la que no era titular impide el éxito de la reclamación, pues el deudor hizo el pago en la cuenta señalada, y no se le puede imputar que pagara indebidamente a un tercero
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- Tramitación en primera instancia
1. Nlink Telco S.L. interpuso demanda de juicio ordinario contra Asociación Cederna Garalur, en la que solicitaba se dictara sentencia por la que:
"condene a la demandada a abonar a mi mandante la suma de SESENTA MIL EUROS, más los intereses legalmente correspondientes y las costas del procedimiento".
2. La demanda fue presentada el 10 de mayo de 2017 y, repartida al Juzgado de Primera Instancia n.º 4 de Pamplona, fue registrada con el n.º 347/2017. Una vez fue admitida a trámite, se procedió al emplazamiento de la parte demandada.
3. Asociación Cederna Garalur contestó a la demanda mediante escrito en el que solicitaba se dictara sentencia por la que:
"- declare la incompetencia de la jurisdicción civil, con condena en costas.
"- subsidiariamente, desestime la demanda, con imposición de las costas a la demandada".
4. Tras seguirse los trámites correspondientes, el Magistrado Juez del Juzgado de Primera Instancia n.º 4 de Pamplona dictó sentencia de fecha 10 de octubre de 2017, con el siguiente fallo:
"Estimando la demanda formulada por Nlink Telco S.L. frente a Asociación Cederna Garalur procede condenar y condeno a la parte demandada al pago a la parte actora de la cantidad de SESE
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