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Apartamentos Turísticos y Viviendas Uso Vacacional

SP/DOCT/76070

Preguntas y Respuestas. Diciembre 2019

17 preguntas y respuestas claves sobre apartamentos y viviendas turísticas de la Región de Murcia

Sandra Gamella Carballo. Redacción Jurídica de Sepín Apartamentos Turísticos
Gestión Documental
1. ¿Dónde se regulan los apartamentos turísticos de la Región de Murcia?
En el Decreto 174/2018, de 25 de julio, por el que se regulan los apartamentos turísticos, que derogó el Decreto 75/2005, de 24 de junio, por el que se regulan los apartamentos turísticos y alojamientos vacacionales, a excepción del CAPÍTULO V, que regula el Procedimiento de clasificación de los mismos. A demás hay que añadir la Ley 12/2013, de 20 de diciembre, de Turismo de la Región de Murcia.
2. ¿Y las viviendas de uso turístico?
El pasado 21 de octubre se publicó en el Boletín Oficial de la Región de Murcia, el Decreto 256/2019, de 10 de octubre, por el que se regulan las viviendas de uso turístico en la Región de Murcia, cuya entrada en vigor es el 8 de noviembre de 2018.
3. ¿Qué tipo de alquiler entra dentro del ámbito de aplicación del Decreto 174/2018?
El alquiler de apartamentos turísticos, quedando fuera los arrendamientos de vivienda comprendidos en el art 2.1 de la Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos, así como el subarriendo parcial del art 8.
4.¿Qué tipo de alquiler de viviendas quedan excluidos del ámbito de aplicación del Decreto 256/2019?
Conforme al art 2 del Decreto, la simple tenencia de huéspedes con carácter estable y las viviendas que, por motivos vacacionales o turísticos, se cedan, sin contraprestación económica y la cesión de vivienda o de habitación que esté sometida a la legislación de arrendamientos urbanos.
5. ¿Qué se entiende por apartamentos turísticos?
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