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Apartamentos Turísticos y Viviendas Uso Vacacional

AP Barcelona, Sec. 1.ª, 34/2017, de 3 de febrero. Recurso 432/2015

Ponente: MARIA TERESA MARTIN DE LA SIERRA GARCIA-FOGEDA
SP/SENT/918720
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 Procede la acción de cesación en cuanto a la actividad de alquiler vacacional aunque se tengan las licencias porque se ha acreditado que los usuarios incumplen la normativa comunitaria y actúan incívicamente
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- La sentencia antes señalada, tras los correspondientes Fundamentos de Derecho, establece en su fallo lo siguiente: "Estimo íntegramente la demanda interpuesta por la Procurador de los Tribunales don JESÚS ACÍN BIOTA en nombre y representación de la COMUNIDAD DE PROPIETARIOS DE LA CALLE DIRECCION000 NUM000 - NUM001 Y CALLE DIRECCION001 NUM002 - NUM003 NUM004 DE BARCELONA CONTRA PUTXET VERD, S.L. y en su consecuencia, mediante la presente ACUERDO Y ORDENO el cese de la actividad consistente en la explotación como viviendas de uso turístico en los inmuebles titularidad de PUTXET VERD, S.L. y cualquier otra entidad de la finca objeto de la COMUNIDAD DE PROPIETARIOS DE LA CALLE DIRECCION000 NUM000 - NUM001 Y CALLE DIRECCION001 NUM002 - NUM003 NUM004 DE BARCELONA.
Condeno a PUTXET VERD, S.L. al pago de las costas. "
SEGUNDO.- Las partes antes identificadas han expresado en sus respectivos escritos de apelación y, en su caso, de contestación, las peticiones a las que se concreta su impugnación y los argumentos en los que las fundamentan, que se encuentran unidos a los autos.
Fundamenta la decisión del Tribunal la Ilma. Sra. Magistrada Ponente Dña. Mª Teresa MARTIN DE LA SIERRA GARCIA FOGEDA.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO.- Planteamiento del litigio en primera instancia. Resolución apelada. Recurso de apelación.
Formuló la parte actora, COMUNIDAD DE PROPIETARIOS (en adelante CP) de la calle DIRECCION000 NUM000 - NUM001 y DIRECCION001 NUM002 - NUM003 NUM004 de Barcelona, contra la demandada, PUTXET VERD S.L., demanda en la que solicitaba que " se dicte sentencia en la que estimando la demanda se acuerde y se le ordene la cesación de la actividad consistente en la explotación como viviendas de uso turístico en cualquier entidad de la finca objeto de la COMUNIDAD DE PROPIETARIOS actora, todo con expresa condena en costas a la parte demandada ".
Con base en los artículos 553 . 40 y 553 . 47 del Código Civil de Catalunya, la parte actora ejercitó contra la demandada la acción de cesación de la actividad de explotación de las viviendas (12 viviendas, que representan un 38,402 % de cuotas de participación), que ésta tiene en propiedad en la finca de autos, como viviendas de uso turístico, por las molestias y perjuicios que se vienen produciendo en la finca derivadas de dicha explotación.
La parte demandada contestó a la demanda, oponiéndose y solicitando la desestimación de la misma y la condena en costas a la parte actora.
Admitió la parte demandada haber promovido en su día la construcción de la finca de autos, y haberse reservado la propiedad de 12 viviendas (todas ellas en los bajos), 8 p
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