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Derecho Sanitario

SP/DOCT/119298

Artículo Monográfico. Junio 2022

La Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular: crónica de un fraude de etiquetas

Faustino Gudin Rodriguez-Magariños. Experto medioambiental del Consejo de la UE. Profesor Asociado UAH. Doctor en Derecho.
RESUMEN

El autor analiza la nueva normativa de residuos en España. El trabajo expone si el objetivo legal enunciado por el título de la norma que la dirige a alcanzar la economía circular se corresponde o no con la realidad. Para ello utiliza los patrones tradicionales que caracterizan a la economía circular: basuras cero, ecodiseño, pensamiento en sistemas y concienciación ciudadana. Otro de los aspectos que se analiza es si la definición legal de la economía circular se corresponde con la noción doctrinal.

This paper consists of an analysis of Spain's new waste regulations. We are going to analyze whether the legal goals set out in the title of the law really meet the key criteria for achieving a circular economy. To do this, we will use the traditional standard patterns that characterize the circular economy: zero waste, eco-design, systems thinking and citizen awareness. Another element that we will analyze will be whether or not the legislative definition of the circular economy corresponds to the doctrinal notion.

PALABRAS CLAVE

Economía circular, basuras cero, ecodiseño, concienciación ciudadana y jerarquía de residuos

Circular economy, zero waste, ecodesign, citizen awareness and waste hierarchy

Gestión Documental
I. Introducción
Montesquieu proclamó que "las leyes inútiles debilitan las necesarias", y este viejo aserto viene a mostrarnos que la inepcia de cualquier norma que pretende teóricamente alcanzar un objetivo, pero se desentiende materialmente de la sistemática que implica su consecución. Bajo nuestro criterio, como tendremos ocasión de explicar, la nueva normativa lejos de ser un instrumento adecuado para instaurar formalmente la añorada economía circular (en los sucesivo EC), viene a apuntalar una visión tradicional plenamente conforme con los postulados de la economía lineal.
Hay que conocer el objetivo que se desea logar. No en vano, el diseño circular se erige como una visión completa de toda la realidad y no se construye sobre una visión parcial, incompleta y reduccionista, sino que comporta otro sistema alternativo de enfocar todos los pasos del sistema económico. A nuestro entender la norma fracasa en su pomposa meta de instituir las bases de la economía circular y lo único que viene a aportar son ciertos parches, si bien algunos bastante ajustados, al obsoleto modelo lineal, sistema del que no sólo no se separa si no que viene a consolidar. Ni siquiera podemos aseverar que pone las bases de un proyecto circular, pues carece en absoluto de la perspectiva global, integral y sistemática que precisa todo impulso a la EC.
Una vez más, se hace necesario contrastar las bellas palabras con los hechos, la nueva normativa viene a consagrar una política
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