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Derecho de los Negocios y Compliance

SP/DGT/74774

Consulta DGT V0108-21, de 28 de enero de 2021. Vinculante

Tributación en el IRPF

SG de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas
Gestión Documental
Normativa
Ley 35/2006, art. 14
Descripción
La consultante, médica en un hospital público, fue sancionada en 2016 con cuatro años y 100 días de suspensión de empleo y sueldo. Iniciado procedimiento contencioso administrativo contra la resolución sancionadora, se obtiene sentencia estimatoria por caducidad del expediente disciplinario, lo que da lugar al abono en noviembre de 2020 de las retribuciones dejadas de percibir junto con los intereses de demora.
Cuestión
Tributación en el IRPF.
Contestación
Desde la calificación como rendimientos del trabajo que —conforme con lo dispuesto en el artículo 17.1 de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las leyes de los Impuestos sobre Sociedades, sobre la Renta de no Residentes y sobre el Patrimonio, publicada en el BOE del día 29— procede otorgar a los atrasos percibidos en noviembre de 2020, y que se corresponden con retribuciones dejadas de percibir durante la suspensión de funciones (empleo y sueldo) que ha afectado a la consultante desde 2016 a 2020, para determinar sobre su imputación temporal se hace preciso acudir al artículo 14 de la Ley del Impuesto, artículo que en su apartado 1 establece como regla general para los rendimientos del trabajo su imputación "al período impositivo en que sean exigibles por su perceptor".
Ahora bien, junto con esta regla general el apartado 2 del mismo artículo incluye unas reglas especiales de imputación temporal, reglas de las que procede mencionar aquí la recogida en su párrafo a), donde se establece lo siguiente:
"Cuando no se hubiera satisfecho la totalidad o parte de una renta, por encontrarse pendiente de resolución judicial la determinación del derecho a su percepción o su cuantía, los importes no satisfechos se imputarán al período impositivo en que aquélla adquiera firmeza".
La aplicación de la normativa expuesta al supuesto pla