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  • Cómputo de plazos administrativos

    Cómputo de plazos administrativos

    Las reglas para el cómputo, tanto de los plazos administrativos cómo de los plazos en los registros electrónicos, así como su ampliación y tramitación de urgencia vienen regulados en los artículos 29 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. La principal novedad en este aspecto es la introducción del cómputo de plazos por horas y la declaración de los sábados como días inhábiles, unificando de este modo su cómputo en el ámbito judicial y el administrativo. Veremos si cuando la Administración da un plazo expresado en días se trata de hábiles o naturales; si el cómputo se inicia el mismo día de la notificación o al siguiente; podemos pedir una ampliación; qué ocurre en caso de silencio administrativo; y para presentar un documento por medio de un registro electrónico ¿puedo hacerlo cualquier día del año? ¿qué ocurre si en mi municipio es festivo y en la sede del órgano administrativo no?[ver más]

ISSN: 2445-2033 Suscribirse

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