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  • La vía de hecho en la actuación de la Administración

    La vía de hecho en la actuación de la Administración

    La vía de hecho se define como la actuación de la Administración Pública realizada fuera de su ámbito de competencia. Engloba cualquier actuación material de la Administración caracterizada por afectar, de hecho, a cualquier persona interesada y por no existir una resolución o acto administrativo previo que sirva de fundamento jurídico, lo que supone una vulneración del precepto legal. El problema relacionado con esta forma de actuar es que puede invalidar los actos administrativos. Además, cuando perjudique a un interesado podría generarle un derecho de indemnización.

ISSN: 2445-2033 Suscribirse

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