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  • Compensación de la fianza con la renta y otros importes debidos

    Compensación de la fianza con la renta y otros importes debidos

    Departamento Jurídico de Sepín Arrendamientos Urbanos

    El artículo 36 de la Ley de Arrendamientos Urbanos 29/1994 exige la prestación de fianza en metálico en cantidad equivalente a una mensualidad de renta en el arrendamiento de viviendas y de dos en el arrendamiento para uso distinto del de vivienda, cantidad que deberá ser restituida al arrendatario al final del arriendo. Sin embargo, ¿Cabe compensar la devolución de la fianza con las rentas u otros importes debidos? ¿Procede compensar con la indemnización por desistimiento anticipado del arrendatario? No existe un criterio unánime entre la jurisprudencia acerca de tal posibilidad de compensación, analizando en este estudio las últimas resoluciones judiciales de los Trbunales, estableciendo la distinción según proceda o no la misma, así como las premisas fundamentales para ejercitar tal acción, la comprobación de daños y desperfectos por el arrendador y la entrega de la posesión ...[ver más]

ISSN: 2445-2130 Suscribirse

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