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  • Transporte aéreo: circunstancias extraordinarias exoneradoras de responsabilidad

    Transporte aéreo: circunstancias extraordinarias exoneradoras de responsabilidad

    El retraso o la cancelación de un vuelo no da derecho a compensación a los pasajeros si el transportista aéreo puede probar que el mismo fue debido a circunstancias extraordinarias que no podrían haberse evitado incluso si se hubieran tomado todas las medidas razonables. En esta guía se analizan todas las circunstancias extraordinarias así como la interpretación que hace la jurisprudencia de cada una de ellas y los requisitos a los que condiciona su apreciación, a la que acompañamos de artículos doctrinales y de las consultas plantadas por nuestros suscriptores.

ISSN: 2659-6016 Suscribirse

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