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TSJ País Vasco, Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sec. 2.ª, 376/2015, de 21 de julio. Recurso 814/2014

Ponente: ANGEL RUIZ RUIZ
SP/SENT/824447
 Sustitución de la expulsión por multa tras la STJUE de 23 de abril: únicamente por la comisión de infracciones administrativas podrán imponerse sanciones y la multa es una sanción ordinaria
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- Contra la sentencia identificada en el encabezamiento, se interpuso por D. Borja recurso de apelación ante esta Sala, suplicando se dictase sentencia por la que, estimando el citado recurso y la demanda interpuesta en su momento, revoque la sentencia dictada en la instancia, declarando la nulidad de la resolución de la Subdelegación del Gobierno en Bizkaia, procediéndose a la revocación de la orden de expulsión dictada contra el apelante, y, subsidiariamente, sea sancionada la conducta del mismo con pena de multa en su gradación inferior.
SEGUNDO.- El Juzgado admitió a trámite el recurso de apelación, dando traslado a las demás partes para que en el plazo común de quince días pudieran formalizar la oposición al mismo, y en su caso, la adhesión a la apelación.
Por la Administración General del Estado se presentó escrito de oposición al recurso de apelación formulado de contrario, suplicando se dicte sentencia desestimando dicho recurso ydeclarando la conformidad a derecho de la sentencia apelada.
TERCERO .- Tramitada la apelación por el Juzgado, y recibidos los autos en la Sala, se designó Magistrado Ponente, y no habiéndose solicitado el recibimiento a prueba, ni la celebración de vista o conclusiones, se señaló para la votación y fallo el día 21 de julio de 2015, en que tuvo lugar la diligencia, quedando los autos conclusos para dictar la resolución procedente.
CUARTO.- Se