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  • ¿Se puede suspender la ejecución hipotecaria por prejudicialidad?

    ¿Se puede suspender la ejecución hipotecaria por prejudicialidad?

    Frecuentemente se plantea si la prejudicialidad penal y/o civil suspende o no la ejecución hipotecaria. Por un lado, el art. 697 LEC que regula la suspensión por la primera en la hipotecaria, presenta una importante diferencia con el art. 569 LEC referido a la ejecución ordinaria. Mientras este último contempla la suspensión "si se encontrase pendiente causa criminal en que se investiguen hechos de apariencia delictiva que, de ser ciertos, determinarían la falsedad o nulidad del título o la invalidez o ilicitud del despacho de la ejecución", en el art. 697 no se contempla como motivo la nulidad del título. Ello es objeto de análisis por M. José Achón Bruñén, una de las principales expertas en la materia. Por otro lado, si hablamos de prejudicialidad civil, el declarativo simultaneo a la ejecución no suele servir para su suspensión y en los casos de prejudicialidad ante el TJUE, la polémica es aún mayor. Ante estas lagunas ¿cuáles son las opciones posibles ...[ver más]

ISSN: 2445-2114 Suscribirse

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