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  • Responsabilidad civil derivada del delito

    Responsabilidad civil derivada del delito

    La responsabilidad civil derivada de los delitos se regula en el Título V del Libro I del Código Penal, arts. 109 a 126. Tal como expresa el art. 109 CP, "La ejecución de un hecho descrito por la ley como delito, obliga a reparar, en los términos previstos en las leyes, los daños y perjuicios por el causados". La responsabilidad civil alcanza a las personas culpables de los delitos cometidos y, en algunos casos, a terceros responsables subsidiarios. ¿Cuál es el plazo de prescripción de la responsabilidad civil exdelito? ¿En qué consiste la responsabilidad civil de terceros responsables y partícipes a título lucrativo? ¿Qué tipo de responsabilidad concurre en las personas jurídicas? En esta guía temática se recoge la opinión de los autores sobre este tipo penal, formularios, consultas resueltas a nuestros suscriptores y las resoluciones del Tribunal Supremo del último año ...[ver más]

ISSN: 2445-2203 Suscribirse

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