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  • Datos de las personas fallecidas

    Datos de las personas fallecidas

    El Reglamento Europeo de Protección de Datos no resulta de aplicación al tratamiento de datos de las personas fallecidas, sin embargo, establece que las personas vinculadas al fallecido, por razones familiares o análogas, podrán dirigirse a los responsables de los ficheros o tratamientos que contengan datos de este con la finalidad de notificar el óbito, aportando acreditación suficiente del mismo, y solicitar, cuando hubiere lugar a ello, la cancelación de los datos. Por su parte, nuestra Ley Orgánica de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, a pesar de excluir expresamente de su ámbito de aplicación el tratamientos de datos de personas fallecidas, regula en su artículo 3 el ejercicio del derecho de acceso, rectificación y supresión de los citados datos a la personas vinculadas al fallecido (incluidos menores y personas con discapacidad) por razones familiares o de hecho, así como sus herederos.[ver más]

ISSN: 2659-6423 Suscribirse

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