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  • ¿Qué plazo de prescripción tiene la responsabilidad civil extracontractual?

    ¿Qué plazo de prescripción tiene la responsabilidad civil extracontractual?

    Departamento Jurídico de Sepin Responsabilidad Civil y Seguro

    El plazo de prescripción de la acción de reclamación de daños y perjuicios derivados de la responsabilidad extracontractual es, quizá, uno de los temas que mayores teorías e interpretaciones ha suscitado en nuestros órganos jurisdiccionales. Su regulación viene establecida por los arts. 1.968.2.º y 1.969 de nuestro Código Civil, con la especialidad de la norma catalana, que en el art. 121-21 del Libro Primero del Código Civil catalán regula esta misma institución, siendo un año en el primero y tres años en el segundo. La fijación de un plazo tan breve ha llevado consigo que se interprete su inicio de forma flexible, según el tipo de daño que se reclame, material, personal, moral, diferido o continuado, y también en el caso de un proceso penal anterior, como se puede comprobar en la extensa jurisprudencia de la presente publicación ...[ver más]

ISSN: 2445-2211 Suscribirse

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