TOMO I. Libro Segundo. Del Derecho
preconcursal
Título I. De los presupuestos del preconcurso
Artículo 583. Presupuesto
subjetivo
Artículo 584. Presupuesto objetivo
Título II. De la
comunicación de apertura de negociaciones con los acreedores
Capítulo I. De la
comunicación
Artículo 585. Comunicación de la
apertura de negociaciones
Artículo 586.Contenido de la comunicación
Artículo 587. Comunicación conjunta
Artículo 588. Resolución sobre la
comunicación
Artículo 589. Control de la competencia
internacional y territorial
Artículo 590. Contenido de la resolución
Artículo 591. Publicidad de la resolución
Artículo 592. Declinatoria
Artículo 593. Carácter exclusivo y
excluyente de la jurisdicción
Capítulo II. De los efectos de la comunicación
Sección 1.ª Situación jurídica del deudor
Artículo
594. Regla general
Sección 2.ª Efectos de la comunicación
sobre los créditos
Artículo
595. Efectos de la comunicación sobre los créditos a plazo
Artículo
596. Garantía de terceros
Sección 3.ª Efectos de la comunicación
sobre los contratos
Artículo
597. Principio general de vigencia de los contratos
Artículo
598. Resolución de contratos con obligaciones recíprocas pendientes de
cumplimiento
Artículo
599. Especialidades para determinados acuerdos de compensación
contractual
Sección 4.ª Efectos de la comunicación
sobre las acciones y los procedimientos ejecutivos
Artículo
600. Prohibición legal de iniciación de ejecuciones
Artículo
601. Suspensión legal de las ejecuciones en tramitación
Artículo
602. Prohibición general o individual de iniciación o suspensión de
ejecuciones por decisión judicial
Artículo
603. De la ejecución de garantías reales
Artículo
604. Posibilidad de iniciar o reanudar las ejecuciones
Artículo
605. Exclusión de acreedores públicos
Artículo
606. Acreedores no afectados
Sección 5.ª Prórroga de los efectos de
la comunicación
Artículo
607. Prórroga de los efectos de la comunicación
Artículo
608. Levantamiento de la prórroga o de sus efectos frente a
determinados acreedores
Sección 6.ª Prohibición de nuevas
comunicaciones
Artículo
609. Prohibición temporal de nuevas comunicaciones
Sección 7.ª Efectos sobre las
solicitudes de concurso
Artículo
610. Efectos de la comunicación sobre la solicitud de concurso a
instancia de legitimados distintos del deudor
Capítulo III. De la exigibilidad de deber legal de solicitar el
concurso y de la causa legal de disolución de la sociedad
Artículo 611. Exigibilidad del deber
legal de solicitar el concurso
Artículo 612. Suspensión de la solicitud
de concurso voluntario
Artículo 613. Suspensión de la causa de
disolución por pérdidas cualificadas
Título III. De los planes
de reestructuración
Capítulo I. Ámbito de
aplicación
Artículo 614. Concepto
Artículo 615. Ámbito objetivo
Capítulo II. De los créditos y contratos afectados
Artículo 616. Créditos afectados
Artículo 616 bis. Créditos de Derecho
público
Artículo 617. Reglas de cómputo de
créditos
Artículo 618. Principio general de
vigencia de los contratos
Artículo 619. Especialidades para
determinados acuerdos de compensación contractual
Artículo 620. Resolución de contratos
con obligaciones recíprocas pendientes de cumplimiento en interés de la
reestructuración
Artículo 621. Contratos de alta dirección
Capítulo III. De la formación de clases
Artículo 622. Clases de créditos
Artículo 623. Criterios generales de
formación de clases
Artículo 624. Créditos con garantía real
Artículo 624. bis. Créditos de derecho
público
Artículo 625. Confirmación judicial
facultativa de las clases de acreedores
Artículo 626. Procedimiento para la
confirmación judicial de las clases
Capítulo IV. De la aprobación de los planes de reestructuración
Artículo 627. Comunicación de la
propuesta
Artículo 628. Derecho de voto
Artículo 628 bis. Derechos de
información y consulta de las personas trabajadoras
Artículo 629. Aprobación del plan de
reestructuración por cada clase de créditos
Artículo 630. Pactos de sindicación
Artículo 631. Decisión de los socios
sobre la aprobación del plan
Artículo 632. Régimen especial de la
conversión en acciones o participaciones sociales
Artículo 633. Contenido del plan de
reestructuración
Artículo 634. Formalización del plan de
reestructuración
Capítulo V. De la homologación de los planes de reestructuración
Sección 1.ª Reglas generales
Artículo
635. Homologación judicial
Artículo
636. Presupuesto objetivo
Artículo
637. Suspensión de la solicitud de concurso voluntario
Artículo
638. Requisitos para la homologación del plan de reestructuración
aprobado por todas las clases de acreedores
Artículo
639. Requisitos para la homologación del plan de reestructuración no
aprobado por todas las clases de acreedores
Artículo
640. Aprobación por el deudor y, en su caso, los socios
Sección 2.ª Del procedimiento de
homologación
Artículo
641. Competencia para la homologación
Artículo
642. Planes conjuntos de reestructuración
Artículo
643. Solicitud de la homologación
Artículo
644. Admisión a trámite
Artículo
645. Publicación de la providencia
Artículo
646. Impugnación de la competencia
Artículo
647. Auto de homologación
Artículo
648. Publicidad del auto de homologación
Artículo
649. Eficacia del auto de homologación
Artículo
650. Actos de ejecución del plan
Artículo
651. Titulares de derechos de garantía real
Artículo
652. Garantías de terceros
Sección 3.ª De la impugnación del auto
de homologación
Artículo
653. Impugnación de la homologación
Artículo
654. Impugnación del auto de homologación del plan aprobado por todas
las clases de créditos
Artículo
655. Impugnación del auto de homologación del plan no aprobado por
todas las clases de crédito
Artículo
656. Impugnación del auto de homologación del plan no aprobado por los
socios
Artículo
657. Impugnación de la resolución de contratos
Artículo
658. Tramitación de la impugnación
Artículo
659. Sentencia
Artículo
660. Efectos de la impugnación
Artículo
661. Efectos de la sentencia estimatoria de la impugnación
Sección 4.ª Contradicción previa a la
homologación judicial del plan
Artículo
662. Solicitud de homologación con fase de contradicción previa
Artículo
663. Especialidades
Sección 5.ª Prohibición de nuevas
solicitudes
Artículo
664. Prohibición temporal de nuevas solicitudes
Capítulo VI. De la protección en caso de concurso
Artículo 665. Financiación interina
Artículo 666. Nueva financiación
Artículo 667. Protección frente a
acciones rescisorias
Artículo 668. Financiación de personas
especialmente relacionadas con el deudor
Artículo 669. Control judicial
Artículo 670. Motivos de impugnación u
oposición de efecto limitado
Capítulo VII. Del incumplimiento de los planes de reestructuración
Artículo 671. Incumplimiento del plan de
reestructuración
Título IV. Del experto en
la reestructuración
Capítulo I. Del
nombramiento del experto
Artículo 672. Nombramiento obligatorio
de experto
Artículo 673. Supuesto especial de
nombramiento de experto
Artículo 674. Condiciones subjetivas
Artículo 675. Incompatibilidades y
prohibiciones
Artículo 676. Nombramiento del experto
por el juez
Artículo 677. Impugnación del
nombramiento
Artículo 678. Sustitución del experto
Capítulo II. Del estatuto del experto
Artículo 679. Funciones del experto
Artículo 680. Deberes de diligencia,
independencia e imparcialidad
Artículo 681. Responsabilidad civil del
experto
Título V. Régimen especial
Artículo 682. Ámbito de
aplicación
Artículo 683. Especialidades en materia de comunicación
Artículo 684. Especialidades en materia de plan de reestructuración
Anexo. Libro Primero
(arts. 224 bis a 224 septies)
TOMO II. Libro Tercero.
Procedimiento especial para microempresas
Título I. Reglas comunes
Capítulo I. Disposiciones
generales
Artículo 685. Ámbito del procedimiento
especial
Artículo 686. Presupuesto objetivo del
procedimiento especial
Artículo 687. Forma de celebración y
notificación de los actos procesales
Artículo 688. Presentación de
información o documentación gravemente inexacta o falsa
Artículo 689. Regulación supletoria
Capítulo II. Negociación y apertura del procedimiento especial
Artículo 690. Comunicación de la
apertura de negociaciones para microempresas
Artículo 691. Solicitud de apertura del
procedimiento especial por el deudor
Artículo 691 bis. Comunicación del plan
de continuación a la Agencia Estatal de Administración Tributaria y a
la Tesorería General de la Seguridad Social
Artículo 691 ter. Solicitud de apertura
de un procedimiento especial por acreedores u otros legitimados
Artículo 691 quater. Tramitación de la
solicitud
Artículo 691 quinquies. Especialidad en
caso de solicitud por un acreedor
Artículo 692. Resolución de apertura del
procedimiento especial
Artículo 692 bis. Notificación a las
partes y publicidad registral
Artículo 693. Elección y conversión del
procedimiento especial
Capítulo III. Efectos de la apertura del procedimiento especial
Artículo 694. Efectos generales de la
apertura del procedimiento especial
Artículo 694 bis. Efectos de la apertura
del procedimiento de continuación y del procedimiento de liquidación
con transmisión de la empresa en funcionamiento
Artículo 694 ter. Efectos de la apertura
del procedimiento de liquidación sin transmisión de la empresa en
funcionamiento
Capítulo IV. Acciones para incrementar el patrimonio a disposición de
los acreedores
Artículo 695. Acciones rescisorias
Artículo 696. Acciones de responsabilidad
Título II. Procedimiento
de continuación
Capítulo I. Tramitación
del plan de continuación
Artículo 697. Presentación del plan de
continuación
Artículo 697 bis. Tramitación de la
presentación del plan
Artículo 697 ter. Contenido del plan de
continuación
Artículo 697 quater. Derechos de
información y consulta de los representantes legales de las personas
trabajadoras
Artículo 697 quinquies. Alegaciones y
votación del plan de continuación
Artículo 697 sexies. Resultado del
procedimiento con determinación de créditos pendiente
Capítulo II. Aprobación y homologación del plan
Artículo 698. Aprobación del plan
Artículo 698. bis. Homologación judicial
del plan
Artículo 698 ter. Publicidad del auto de
homologación
Artículo 698 quater. Impugnación del
auto de homologación
Artículo 698 quinquies. Protección de la
financiación interina y de la nueva financiación
Capítulo III. Vicisitudes del plan de continuación
Artículo 699. Cumplimiento del plan de
continuación
Artículo 699 bis. Frustración del plan
de continuación
Artículo 699 ter. Incumplimiento del
plan de continuación
Artículo 699 quater. Obligación de estar
al corriente en el cumplimiento de obligaciones tributarias y frente a
la Seguridad Social
Artículo 700. Exoneración del pasivo
insatisfecho
Capítulo IV. Medidas que pueden solicitarse en el procedimiento
especial de continuación
Artículo 701. Solicitud de suspensión de
las ejecuciones
Artículo 702. La solicitud de un
procedimiento de mediación
Artículo 703. Solicitud de limitación de
las facultades de administración y disposición del deudor
Artículo 704. Solicitud de nombramiento
de un experto en la reestructuración
Título III. Procedimiento
de liquidación
Capítulo I. Tramitación
Artículo 705. Apertura del procedimiento
especial de liquidación
Artículo 706. Determinación de los
créditos y del inventario
Artículo 707. Tramitación del plan de
liquidación
Artículo 707 bis. Modificación del plan
de liquidación
Artículo 708. Ejecución de las
operaciones de liquidación
Artículo 709. Informes de liquidación
Artículo 710. Transmisión de la empresa
o de sus unidades productivas
Artículo 711. Créditos frente a terceros
Capítulo II. Medidas que pueden solicitarse en el procedimiento
especial de liquidación
Artículo 712. Solicitud de suspensión de
las ejecuciones
Artículo 713. Solicitud de nombramiento
de un administrador concursal
Artículo 714. Solicitud de nombramiento
de un experto para la valoración de la empresa o de establecimientos
mercantiles
Capítulo III. Especialidad en caso de deudor persona física
Artículo 715. Exoneración del pasivo
insatisfecho
Capítulo IV. Calificación abreviada del procedimiento especial
Artículo 716. Apertura de la
calificación abreviada
Artículo 717. Procedimiento de la
calificación abreviada
Artículo 718. Régimen general aplicable
a la calificación abreviada
Capítulo V. Conclusión del procedimiento especial de liquidación
Artículo 719. Informe final de
liquidación
Artículo 720. Conclusión del
procedimiento especial
Esta obra es un conjunto
complementado de todo el Derecho preconcursal, tal y como ha quedado en
la normativa de insolvencia tras la reforma de la Ley
16/2022, y que permiten completar (por su igual formato) los
comentarios que estos mismos directores realizaron y coordinaron del
conjunto completo de la normativa de insolvencia. De esta forma se
consigue la actualización y utilidad necesarias para que el profesional
y el investigador puedan seguir manteniéndose al día en esta materia.
Estos dos tomos que presentamos se destinan a los nuevos sistemas
preconcursales introducidos por la Directiva UE 2019/1023 e
incorporados a nuestro Derecho, en el TRLCon 1/2020, por la Ley
16/2022. Se trata de figuras que aparecen en los Libros Segundo y
Tercero de la norma concursal, a los que hemos de añadir los
instrumentos del prepack
y el de designación de experto en ofertas que se recoge en el Libro
Primero.
Nuevamente, como ya se hizo en la anterior edición, la idea es que
autores de reconocido prestigio comentaran los artículos uno a uno,
buscando tanto el ámbito profesional como el ámbito académico, cuando
no ambos. De esta forma se consigue una obra híbrida, pero útil para la
investigación y para lo profesional, y se conjunta la práctica con la
teoría, alcanzando con ello un nivel de acercamiento a los puntos
problemáticos más eficiente.
Los codirectores de la obra que tienen en sus manos pertenecen por ello
también a ambos sectores (profesional y académico) y es desde ahí que
construyen lo que creemos es una obra definitiva para el derecho de la
preinsolvencia. El análisis riguroso y exquisito de las instituciones
que en la normativa concursal se recogen, nos permitirá saber que, al
margen de los sucesivos y progresivos cambios que se hagan necesarios,
la misma permanecerá en el tiempo precisamente por ello.