Art. 9. Plazo mínimo
Texto aplicable a los contratos
celebrados desde el 6 de marzo de 2019
Texto aplicable a los contratos
celebrados desde el 6 de junio de 2013 hasta el 18 de diciembre de 2018
y a los posteriores al 24 de enero de 2019 hasta el 5 de marzo de 2019
Texto aplicable a los contratos
celebrados desde el 19 de diciembre de 2018 hasta el 23 de enero de 2019
Texto aplicable a los contratos
anteriores al 6 de junio de 2013
Art. 10. Prórroga del contrato
Texto aplicable a los contratos
celebrados desde el 26 de mayo de 2023
Texto aplicable a los contratos
celebrados desde el 6 de marzo de 2019 hasta el 25 de mayo de 2023
Texto aplicable a los contratos
celebrados desde el 6 de junio de 2013 hasta el 18 de diciembre de 2018
y a los posteriores al 24 de enero de 2019 hasta el 5 de marzo de 2019
Texto aplicable a los contratos
celebrados desde el 19 de diciembre de 2018 hasta el 23 de enero de 2019
Texto aplicable a los contratos
anteriores al 6 de junio de 2013
Art. 11. Desistimiento del contrato
Texto aplicable a los contratos
posteriores al 6 de junio de 2013
Texto aplicable a los contratos
anteriores al 6 de junio de 2013
Diferencias en la duración
según fecha del contrato de arrendamiento de vivienda
Art. 9. Plazo mínimo
Art. 10. Prórroga del contrato
Art. 11. Desistimiento del contrato
Contratos posteriores al 1
de enero de 1995 y anteriores al 6 de junio de 2013
I. Régimen jurídico
aplicable
II. Plazo de duración
1. ¿Qué preceptos legales resultan
aplicables a la duración de estos contratos de arrendamiento de
vivienda?
2. ¿Cuál es la duración de un contrato
de arrendamiento de vivienda posterior al 1 de enero de 1995?
3. ¿Qué sucede si no se ha pactado plazo
de duración?
4. ¿Qué sucede si se pacta prórroga o
tiempo indefinidos?
5. ¿Es válido pactar un arrendamiento de
vivienda por larga duración, como 50 años o más?
6. ¿Qué fecha del contrato habrá que
considerar para determinar la duración, la de la firma o la del inicio
real de la posesión?
7. ¿Existe un plazo mínimo para estos
contratos de arrendamiento de vivienda?
8. ¿El arrendador puede resolver el
contrato antes del plazo pactado?
9. ¿Cabría redactar continuos contratos
de arrendamiento sobre una misma vivienda?
10. ¿La redacción de un nuevo documento
supone prórroga del contrato de vivienda?
11. ¿Qué fecha habrá que considerar si
existe un error en el contrato de arrendamiento?
12. ¿Cabe resolver el contrato de
arrendamiento por el arrendador en caso de venta de la vivienda?
13. ¿Puede continuar el arrendamiento o
es causa de extinción la ejecución hipotecaria de la vivienda arrendada?
14. ¿El plazo mínimo puede alterarse por
una condición establecida sobre la opción de compra?
III. Necesidad del arrendador
15. ¿El arrendador puede resolver el
contrato antes del plazo indicado en el contrato?
16. ¿Para quiénes debe producirse la
causa de necesidad de la vivienda arrendada?
17. ¿Cuándo puede alegarse esta causa de
necesidad?
18. ¿Cómo debe probarse esta causa de
necesidad?
19. Una vez se desaloja la vivienda,
¿cuál es el plazo para la ocupación por las personas para las que se
solicitaba?
20. ¿El arrendatario puede solicitar
indemnización por el desalojo producido sin ocupación posterior de la
vivienda?
21. ¿Cabe alegar justificación para no
ocupar la vivienda solicitada?
IV. Prórroga legal
22. ¿Qué sucede al finalizar el
vencimiento del contrato?
23. ¿Cuál es el plazo para el arrendador
y para el arrendatario para notificar el vencimiento del contrato?
24. ¿Será posible pactar que no es
necesaria ninguna notificación para dar por finalizado el contrato?
25. ¿Puede el arrendatario renunciar a
la prórroga legal del art. 10?
26. ¿Cabe la renovación de la prórroga
por un período inferior al legal, por ejemplo, un año o seis meses?
27. ¿Debe mantenerse esta prórroga legal
respecto a los terceros adquirentes de la vivienda arrendada?
28. ¿Qué sucede cuando finaliza el plazo
de prórroga legal de tres años del art. 10?
29. ¿Cuál es el plazo para evitar otro
período de renovación por tácita reconducción?
V. Desistimiento del contrato
30. ¿Cuándo puede el arrendatario
desistir del contrato antes del plazo pactado?
31. ¿Existe un plazo de notificación
para desistir por parte del arrendatario?
32. ¿Puede el arrendador solicitar una
indemnización por el desistimiento del arrendatario antes del plazo?
33. ¿Qué cantidad es la que se puede
solicitar como indemnización?
34. ¿Procede alguna indemnización si el
desistimiento se produce antes de los cinco años?
35. ¿Se puede pactar una indemnización
superior al mes por año que quede por cumplir?
36. ¿Desde cuándo computa el plazo para
que el arrendatario pueda desistir?
Contratos posteriores al 6 de junio de 2013 (reforma Ley 4/2013) y
anteriores al 19 de diciembre de 2018 (reforma RDL 21/2018)
I. Régimen jurídico
aplicable
II. Plazo mínimo
37. ¿Dónde aparece regulada la duración
de los contratos de arrendamiento de vivienda?
38. ¿Cuál es el plazo de duración en un
arrendamiento de vivienda?
39. ¿Existe un plazo mínimo de duración
del contrato?
40. ¿Qué sucede cuando no se ha fijado
plazo de duración?
41. ¿Es válido pactar un arrendamiento
de vivienda por un largo plazo, como 50 años?
42. ¿Qué fecha del contrato habrá que
considerar para determinar la duración, la de la firma o la del inicio
real de la posesión?
43. ¿El arrendador puede resolver el
contrato antes de finalizar el plazo mínimo de tres años?
44. ¿Y si se hubiese pactado en el
contrato la resolución antes de los tres años por parte del arrendador?
45. ¿El arrendatario puede comunicar su
no renovación del contrato? ¿En qué plazo?
46. ¿Procede renunciar a las prórrogas
anuales del art. 9, apdo. 1, por parte del arrendatario?
47. ¿La renovación anual de las
prórrogas para el arrendatario se hace de forma automática?
48. ¿Es necesario firmar un nuevo
contrato con cada vencimiento anual?
49. ¿Qué ocurre si finaliza el plazo
mínimo de tres años y las partes no notifican nada?
III. Necesidad del arrendador
50. ¿El arrendador puede resolver el
contrato antes del plazo indicado en el contrato?
51. ¿La situación de necesidad debe
producirse únicamente para el arrendador?
52. ¿Cuándo puede alegarse esta causa de
necesidad de la vivienda arrendada?
53. ¿Cuál es el plazo para notificar
esta situación de necesidad?
54. ¿Cómo debe probarse esta causa de
necesidad?
55. ¿Puede un coarrendatario resolver
por causa de necesidad sin el consentimiento del resto?
56. ¿Existe un plazo para entregar la
vivienda arrendada por el arrendatario?
57. Una vez se desaloja la vivienda,
¿existe plazo para su ocupación por las personas para las que se
solicitaba?
58. ¿El arrendatario puede solicitar una
indemnización por el desalojo producido sin ocupación posterior de la
vivienda?
59. ¿Cabe alegar justificación para no
ocupar la vivienda?
60. ¿Cabe extender la posibilidad de
resolver el contrato por necesidad del arrendador al período de la
prórroga legal del art. 10 LAU?
61. ¿Es posible resolver el contrato de
arrendamiento por el arrendador en caso de la venta de la vivienda?
IV. Prórroga legal
62. ¿Qué sucede al finalizar el plazo
mínimo de tres años?
63. ¿Cuál es el período de prórroga por
el que se renueva el contrato?
64. ¿Qué plazo existe para comunicar la
finalización del contrato?
65. ¿Será posible pactar que no es
necesaria ninguna notificación para dar por finalizado el contrato?
66. ¿Cuál es la prórroga legal aplicable
después de finalizar el plazo contractual?
67. ¿Cabe la renovación de la prórroga
por un período inferior al legal, por ejemplo, seis meses?
68. ¿Debe mantenerse esta prórroga
respecto a los terceros adquirentes de la vivienda arrendada?
69. ¿Puede el arrendatario renunciar a
la prórroga legal del art. 10?
70. ¿Qué sucede cuando finaliza el plazo
de prórroga legal de un año?
V. Desistimiento anticipado del contrato
71. ¿Cuándo puede el arrendatario
desistir del contrato antes del plazo pactado?
72. ¿Existe un plazo de notificación
para desistir?
73. ¿Puede el arrendador solicitar una
indemnización por el desistimiento del arrendatario antes del plazo?
74. ¿Qué cantidad es la que se puede
solicitar como indemnización?
75. ¿Procede la indemnización si el
desistimiento se produce antes de los seis meses señalados en la ley?
76. ¿Se puede pactar una indemnización
superior al mes por año que quede por cumplir?
77. Si no existe ningún pacto sobre
indemnización, ¿se pueden reclamar daños y perjuicios al arrendatario?
78. ¿Desde cuándo computa el plazo de
los seis meses para que el arrendatario pueda desistir?
Contratos posteriores al 19 de diciembre de 2018 (RDL 21/2018) y
anteriores al 24 de enero de 2019 (Derogación BOE RDL 21/2018)
I. Régimen jurídico
aplicable
II. Necesidad del arrendador
79. ¿El arrendador puede resolver el
contrato antes del plazo indicado en el contrato?
80. Desalojada la vivienda, ¿existe
plazo para su ocupación por las personas para las que se solicita la
misma?
III. Prórroga legal
81. ¿Cuál es el plazo para notificar la
finalización del contrato y evitar la prórroga legal?
Contratos posteriores al 24 de enero de 2019 (derogación RDL 21/2018) y
anteriores al 6 de marzo de 2019 (RDL 7/2019)
Régimen jurídico aplicable
Contratos posteriores al 6 de marzo de 2019 (RDL 7/2019) y anteriores
al 26 de mayo de 2023
I. Régimen jurídico
aplicable
II. Plazo mínimo
82. ¿Dónde aparece regulada la duración
de los contratos de arrendamiento de vivienda?
83. ¿Cuál es el plazo de duración que se
puede pactar en un arrendamiento de vivienda?
84. ¿Existe un plazo mínimo de duración?
85. ¿Qué sucede cuando no se haya fijado
plazo de duración?
86. ¿Es válido pactar en un
arrendamiento de vivienda una larga duración, como 75 años?
87. ¿El arrendador puede resolver el
contrato antes de finalizar el plazo mínimo de cinco o siete años?
88. ¿Cabe resolver por el arrendador
antes de los cinco o siete años por pacto expreso en el contrato?
89. ¿El arrendatario puede comunicar al
arrendador que no desea renovar y cuál es el plazo de preaviso?
90. ¿Puede el arrendatario renunciar en
el contrato a las prórrogas anuales del art. 9, apdo. 1?
91. Si el arrendatario no comunica la
finalización de cada prórroga, ¿automáticamente se renueva el contrato?
92. ¿Es necesario firmar un nuevo
documento con cada vencimiento anual del contrato?
93. ¿Desde cuándo comienza a computar el
plazo de duración?
94. ¿Qué ocurre si finaliza el plazo
pactado y el arrendador no notifica nada y continúa el arrendatario en
la vivienda?
III. Necesidad del arrendador
95. ¿El arrendador puede resolver el
contrato antes del plazo indicado en el contrato?
96. ¿Es necesario haber pactado en el
contrato esta resolución por necesidad del arrendador?
97. ¿Para quiénes puede solicitarse la
vivienda arrendada por necesidad?
98. ¿Cuándo puede alegarse esta causa de
necesidad por el arrendador?
99. ¿Cuál es el plazo para notificar
esta situación de necesidad?
100. ¿Cómo debe probarse esta causa de
necesidad?
101. ¿Existe un plazo para entregar la
vivienda por parte del arrendatario?
102. ¿Existe un plazo para la ocupación
de la vivienda por las personas para las que se solicita una vez se
desaloja?
103. ¿Cuál es la consecuencia para el
arrendador si, tras el desalojo, no se ocupa la vivienda en el plazo
establecido?
104. ¿El arrendatario puede solicitar
una indemnización por el desalojo producido sin ocupación posterior de
la vivienda?
105. ¿Cabe alegar justificación por
parte del arrendador para no ocupar la vivienda?
106. ¿Cabe resolver el contrato de
arrendamiento por el arrendador en caso de la venta de la vivienda?
IV. Prórroga legal
107. Al finalizar el plazo mínimo de
cinco o siete años, ¿qué ocurre si las partes no indican nada?
108. ¿Cuál es el plazo para notificar la
finalización del contrato y evitar la prórroga legal de tres años?
109. ¿Será posible pactar que no es
necesario ningún requerimiento para dar por finalizado el contrato?
110. ¿Cabría la renovación de la
prórroga por un período inferior al legal?
111. ¿Puede el arrendatario renunciar en
el contrato a la prórroga legal del art. 10?
112. ¿Qué plazo existe para comunicar la
finalización de la prórroga legal del art. 10?
113. ¿Qué sucede si, ante los
requerimientos de finalización del contrato por parte del arrendador,
el arrendatario no abandona la vivienda?
V. Desistimiento por el arrendatario
Contratos de arrendamiento de vivienda posteriores al 26 de mayo de
2023 (Ley 12/2023, de 24 de mayo, por el Derecho a la Vivienda)
I. Régimen jurídico
aplicable
II. Plazo mínimo
III. Necesidad del arrendador
IV. Prórroga legal
114. ¿Qué ocurre si finaliza el plazo de
período mínimo de 5 o 7 años sin denuncia del arrendador?
115. ¿Cuál es el plazo para notificar la
finalización del contrato y evitar la prórroga legal de tres años?
116. ¿Cuál es el plazo del arrendatario
para oponerse a las renovaciones anuales de la prórroga legal?
117. ¿Es posible pactar que no es
necesario ningún requerimiento para dar por finalizado el contrato?
118. ¿Cabría la renovación de la
prórroga legal por un período inferior al legal?
119. ¿Puede el arrendatario renunciar en
el contrato a la prórroga legal del art. 10?
120. Al finalizar el plazo de 5 y 7
años, según sea el arrendador persona física o jurídica, o la prórroga
legal, ¿puede el arrendatario solicitar una prórroga extraordinaria?
121. ¿Qué requisito debe cumplir el
arrendamiento de vivienda para acogerse a la medida de la prórroga
extraordinaria?
122. ¿Cuál es la duración de las
prórrogas extraordinarias contempladas en la Ley 12/2023, de 24 de
mayo, por el Derecho a la Vivienda?
123. ¿La medida de prórroga
extraordinaria debe solicitarla el arrendatario o es de aplicación
automática al finalizar el período mínimo o la prórroga legal?
124. ¿Qué condiciones debe cumplir el
arrendatario para solicitar la prórroga extraordinaria de un año?
125. ¿Qué condiciones debe cumplir el
arrendatario para solicitar la prórroga extraordinaria de tres años?
126. ¿Cuándo se encuentra el
arrendatario en situación de vulnerabilidad social y económica para
solicitar la prórroga extraordinaria?
127. ¿Procede solicitar la prórroga
extraordinaria de los nuevos apdos. 2 y 3 del art. 10 LAU para los
contratos de arrendamiento de vivienda anteriores al 26 de mayo de
2023?
128. ¿Qué sucede si al terminar el
periodo de prórroga legal de tres años del art. 10, apdo. 1, no existe
denuncia por parte del arrendador ni solicitud de prórroga
extraordinaria por el arrendatario?
129. ¿Qué sucede si, ante los
requerimientos de finalización del contrato por parte del arrendador,
el arrendatario no abandona la vivienda?
V. Desistimiento por el arrendatario
I. Notas previas
II. Plazo mínimo de tres años
III. Necesidad del arrendador
IV. Prórroga legal de un año
V. Tácita reconducción
VI. Desistimiento anticipado por el
arrendatario
Contratos posteriores al 19 de diciembre de 2018 y anteriores al 24 de
enero de 2019 (RDL 21/2018)
Notas previas
Contratos posteriores al 6 de marzo de 2019 (RDL 7/2019)
I. Plazo mínimo de cinco años
II. Necesidad del arrendador
Contrato de arrendamiento
de vivienda posterior al 26 de mayo de 2023 por plazo de cinco años.
Arrendador no gran tenedor, persona física
Contrato de arrendamiento de vivienda posterior al 26 de mayo de 2023
por plazo de cinco años. Arrendador gran tenedor, persona
física
Contrato de arrendamiento de vivienda posterior al 26 de mayo de 2023,
por plazo de cinco años, en zona de mercado residencial tensionado.
Arrendador gran tenedor, persona física
Contrato de arrendamiento de vivienda posterior al 26 de mayo de 2023,
por plazo de cinco años en zona de mercado residencial tensionado.
Arrendador no gran tenedor, persona física
Contrato de arrendamiento de vivienda posterior al 26 de mayo de 2023
por plazo de siete años. Arrendador no gran tenedor, persona
jurídica
Contrato de arrendamiento de vivienda posterior al 26 de mayo de 2023
por plazo de siete años. Arrendador gran tenedor, persona
jurídica
Contrato de arrendamiento de vivienda posterior al 26 de mayo de 2023,
por plazo de siete años, en zona de mercado residencial tensionado.
Arrendador gran tenedor, persona jurídica
Contrato de arrendamiento de vivienda posterior al 26 de mayo de 2023,
por plazo de siete años en zona de mercado residencial tensionado.
Arrendador no gran tenedor, persona jurídica