Autor: Departamento Jurídico Sepín Proceso Civil
Publicación: 4 / 2011
ISBN: 978-84-1332-141-7
Editorial: SEPIN
Referencia: 1681
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Se ha llegado a afirmar que pasar el trámite de admisión del recurso de casación hace verdad el dicho popular "Es más difícil que pasar un camello por el ojo de una aguja". Efectivamente, una de las novedades de la Ley de Enjuiciamiento Civil 1/2000, de 7 de enero, que, sin duda, genera mayores frustraciones a los abogados, es ver cómo nuestros recursos extraordinarios y, concretamente, el de casación (arts. 477 a 489 y Disposición Final Decimosexta de la norma rituaria) se enfrentan contra lo que parece ser un muro infranqueable: pasar el trámite de la admisión. Este sistema -que no olvidemos era provisional y ya va para 11 años- adquiere enorme complejidad a la vista del Acuerdo del Tribunal Supremo sobre "Criterios de recurribilidad, admisión y régimen transitorio en relación con los recursos de casación y extraordinario por infracción procesal", adoptado en Junta de Magistrados, celebrada el 12 de diciembre de 2000, y de las miles de resoluciones de inadmisión o desestimatorias de recursos de queja dictados al amparo de dicho Acuerdo. Lo cierto es que la Sala Primera ha ido evolucionando en sus criterios de admisión y no deja de "sorprender" con causas de inadmisión cuyo conocimiento deviene indispensable. Nos consta que muchos letrados se niegan a llevar asuntos a casación por la enorme complejidad que supone conocer con detalle y exactitud estos criterios y poder efectuar así un asesoramiento y defensa dignos de sus clientes. Hay que partir de una premisa: estos criterios de recurribilidad han sido declarados, tras algunas reticencias iniciales, conformes a la legalidad por nuestro Tribunal Constitucional en sus Autos 201/2004, de 27 de mayo, y 208/2004, de 2 de junio, y en las Sentencias 167/2004, de 4 de octubre, y 3/2005, de 17 de enero, indicando el Alto Tribunal que ni son arbitrarios ni tampoco irrazonables, y, por tanto, no vulneran el derecho de acceso al recurso.