Autor: Departamento Jurídico de Sepín Familia y Sucesiones
Publicación: 1 / 2014
ISBN: 978-84-1332-263-6
Editorial: SEPIN
Referencia: 1846
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El principio del interés superior del menor requiere un detallado estudio de la jurisprudencia de nuestros Tribunales, centrándonos en esta ocasión en la atribución del uso de la vivienda. El punto de partida es la doctrina del Tribunal Supremo, que se pronuncia en relación con la limitación del uso y establece que "la atribución del uso de la vivienda familiar a los hijos menores de edad es una manifestación del principio del interés del menor, que no puede ser limitada por el Juez, salvo lo establecido en el Art. 96 CC" (Sentencia de 1 de abril de 2011, SP/SENT/626399). Añade que el art. 96 CC no contiene ninguna limitación a la atribución del uso de la vivienda a los menores, mientras sigan siéndolo, pues el interés que se protege no es la propiedad de los bienes, sino los derechos que el menor tiene en una crisis de pareja. Reitera esta misma doctrina en Sentencia de 21 de junio de 2011 (SP/SENT/634677), al no permitir la limitación en la atribución del uso, salvo pacto de los progenitores, que deberá a su vez ser controlado por el Juez.