Análisis del Tribunal Supremo
La falta de diagnóstico de la agenesia tras la ecografía bidimensional en la semana 20 de embarazo no es causa de responsabilidad médica puesto que se emplearon los medios adecuados y la información fue la que procedía según el resultado
La dehiscencia de las suturas empleadas, que dio lugar a una necrosis de los tejidos, fue un riesgo informado y asumido en el consentimiento informado que en ningún caso garantizaba un resultado determinado
Se informó sobre los riesgos de la operación de aumento de pecho y no se aseguró un resultado, por lo que no hubo mala praxis
No se informó de los riesgos de la operación que provocó el empeoramiento al que hubiese llevado de todas maneras la tetraplejia
Indemnización, por falta de información sobre el riesgo de infección en la intervención médica, con la aplicación de los intereses de demora de la aseguradora
Es el médico responsable del paciente quien garantiza al mismo el cumplimiento de su derecho a la información
Debió de informarse a la paciente de que existe un alto porcentaje de fracaso en la reducción de estomago para pérdida de peso
Se informó a la paciente de la naturaleza de la actuación médica y las alternativas, aunque no se proporcionara por escrito, y tampoco se le garantizó el resultado
El médico debe probar que proporcionó al paciente el diagnóstico, el pronóstico y alternativas terapéuticas, con sus riesgos y beneficios, y con las explicaciones precisas para que se comprenda
El daño devino de una intervención quirúrgica innecesaria en principio aceptada por la paciente sin la información precisa de la misma
La falta de consentimiento informado es infracción de la "lex artis" del médico por lo que la cláusula que lo excluye de la póliza colectiva del Colegio de Médicos es limitativa y sin efecto
La información proporcionada para la intervención fue correcta tras varias consultas y un tratamiento farmacológico que no resultó efectivo
La intervenciones para reducir pecho y abdomen se realizaron correctamente y se informó adecuadamente de que podían dejar cicatrices
Los riesgos de la intervención y el tratamiento se informaron correctamente al paciente que fue el que desatendió las instrucciones apoyando la pierna antes de tiempo
Es pérdida de oportunidad la falta de información sobre los riesgos
Tratamiento por dos equipos médicos hasta llegar a la intervención hacen difícil la falta de consentimiento informado
El diagnóstico prenatal debe descartar posibles alteraciones del feto por lo que la falta de información de alguna de ellas, aunque sea remota, es un daño resarcible
La evolución posterior a la operación quirúrgica no es responsabilidad del médico que informó adecuadamente de la misma
Cambio de cirugía en el quirófano, sin consentimiento del paciente, al comprobar que la programada no era necesaria es un daño moral grave
Los efectos por la falta de información están vinculados al tipo de intervención según sea medicina necesaria o voluntaria
La paciente no hizo constar en el consentimiento para la ligadura de trompas tras el parto múltiple, la condición de que si moría unos de los fetos no se realizara la misma
La información sobre la elevación mamaria, así como de sus riesgos, incluidos los de la anestesia, se realizó siguiendo el protocolo preparado por la Sociedad Española de Cirugía Plástica, Reparadora y Estética
El consentimiento verbal es valido pero debe probarse por el médico que se facilitó toda la información al enfermo