Doctrina
Índices de Referencia de los Préstamos Hipotecarios: ¿la litigiosidad hipotecaria que viene?
Conclusiones del Abogado General TJUE, Sr. Paolo Mengozzi, de 13-7- 2016, sobre los efectos que deben derivarse de la apreciación del carácter abusivo de las cláusulas "suelo"
Préstamo usurario. TS, Sala Primera, de lo Civil, Pleno, 25-11-2015 SP/SENT/832985
Hipotecas multidivisas y Sentencia Pleno TS 30-6-2015: naturaleza y normativa aplicable
Las remuneraciones en el sistema financiero
La disputa por los cajeros automáticos y sus comisiones
Jurisprudencia de todos los órganos jurisdiccionales sobre tipos de interés
Jurisprudencia comunitaria
Ex art 3 y 10 Dtiva 2008/48: importe total de crédito e importe de la disposición de crédito incluyen todas las cantidades puestas a disposición del consumidor, pero no gastos para su obtención administrativos, intereses o comisiones
La declaración de abusividad de una cláusula de intereses de demora o de vencimiento anticipado, no puede quedar limitada únicamente a los criterios de superación del límite de tres veces el interés legal del dinero o de impago de tres mensualidades
Las operaciones de cambio que forman parte de préstamos en divisas no son consideradas como un servicio de inversión, lo que da lugar a que la concesión del préstamo no está sujeta a la legislación comunitaria sobre la protección de los inversores
La norma española que obliga a recalcular el interés de demora si es superior a tres veces el interés legal del dinero, no contradice la directiva europea sobre cláusulas abusivas, ya que no impide que el juez declare la abusividad y la no aplicación
Que el deudor ejecutado no pueda apelar contra la resolución que desestima su oposición a la ejecución, y que el acreedor ejecutante si pueda, si se acuerda el sobreseimiento o inaplicación de una cláusula, vulnera la normativa sobre consumidores
Tribunal Supremo
No es abusiva la cláusula del préstamo, con consumidor, por importe de 240.000 con garantía hipotecaria sobre finca urbana hasta un límite de 360.000 euros, que preveía en caso de impago acudir a la venta extrajudicial ex arts 129 LH y 234 y ss RH
El interés de demora de 19%, condición general de préstamo hipotecario con consumidor, es abusivo al superar el incremento de 2 puntos del 576 LEC, idóneo para fijar el de préstamos personales con consumidores, no se aplica el art 114 LH
Superada incorporación, no cabe doble control de transparencia para juzgar abusividad de cláusula suelo al no ser el prestatario adherente consumidor; se acredita negociación e información y la cgc no contraría sus legítimas expectativas
El marido, abogado de derecho bancario especializado en hipotecas multidivisa que la contrató personalmente y en nombre de su cónyuge, tenía conocimientos adecuados para entender su naturaleza y riesgos, no hubo error
El art 114 LH no sirve como derecho supletorio tras la declaración de abusividad, conforme a la normativa de consumidores, de los intereses moratorios, además debe mantenerse el criterio de la STS 265/2015 sobre préstamos hipotecarios
El crédito revolving es usurario porque el interés remuneratorio, 24,6% TAE, es muy superior al interés medio de los préstamos al consumo cuando se concertó y claramente desproporcionado, sin que concurra circunstancia jurídica que lo justifique
La cláusula suelo, superada inclusión, no transparente, impide valorar trascendencia y comparar con otras ofertas, es engañosa en préstamos a tipo variable sin información, el análisis de marco económico y prognosis sirve para juzgar abusividad
Pasado el plazo de trasposición de la Dtiva 93/13 al concertarse el swap, el deber de información y protección del cliente era mayor al de la LMV y RD 629/93, en ningún caso sería suficiente cumplir control de inclusión ex art 5 y 7 LCGC
Mostrar al representante sin experiencia financiera de la SA una curva de evolución de tipos, omitiendo las consecuencias de la bajada del euribor, no cumple el deber de información sobre swap, que fue asesorado por el banco, ni sobre riesgos
Nulidad por omisión de imprescindible información sobre características, riesgos y coste de cancelación del swap de tipos de interés con nocional de 500.000 euros; la SL, cliente inversor no profesional, conoció el error con la primeras liquidaciones negativas
El nuevo préstamo hipotecario para pagar la cancelación del swap al que se vieron abocados los prestatarios, por las enormes liquidaciones negativas, no es confirmación tácita del contrato y solo perseguía atajar la insolvencia
DGRN
Denegada inscripción de interés remuneratorio fijo del 17,00% durante todo el préstamo hipotecario, no por abusivo sino por superar al interés moratorio y poder ser usurario si se prueba ponderando el caso concreto
No cabe que la cobertura hipotecaria tenga un tipo máximo de 10,75 % cuando el tipo máximo de interés moratorio a efectos obligacionales es 10,5 %, pues nunca podrán devengarse intereses de demora a dicho tipo
El notario no puede mantener que al no ser cláusula suelo al 0% sino aclaratoria, no se exige expresión manuscrita pues el art 6 L1/13 se aplica siempre; además, los intereses negativos no transformarían el préstamo en depósito retribuido
El límite general del tipo moratorio máximo al 13,088 %, es inadmisible en préstamos de vivienda habitual; no es inscribible por no ser conforme a la ley y generar desprotección al consumidor ex art 80 TRLGCU
El Registrador está facultado para calificar las cláusulas financieras y de vencimiento anticipado de un préstamo hipotecario, y rechazar su inscripción en el caso de que aprecie que tienen un carácter abusivo
Audiencias Provinciales
La retribución de los Valores Santander se fijó en un tipo de interés anual de 7,30 % hasta una fecha y tras esta a euribor más 2,75%, al adquirirse ABN fueron canjeadas por obligaciones convertibles en acciones, valoradas al 116% de su cotización
El contrato de swap vinculado a préstamo hipotecario no determina solo el tipo de interés ni es simple cobertura contra fluctuaciones, sino que es un derivado complejo que incrementa enormemente el riesgo si no se mantiene la subida del euribor
La cláusula suelo del préstamo hipotecario cumple todos los requisitos para ser calificada como abusiva, además, no se informó de la invariabilidad a la baja del supuesto tipo "fijo" del 4,50% durante el primer año y del 4,75% durante el segundo
La cláusula que fija unos intereses de demora en el préstamo del actor de un 24% no fue negociada individualmente y no guarda relación de proporcionalidad con el interés legal del dinero, debiendo declararse su nulidad por abusiva
No es abusiva, la cláusula de cambio de base de año natural a comercial por hallarse explícita en las condiciones contractuales y siempre que para el cálculo de la TAE se haya tenido en cuenta dicho cambio
El actor suscribió la hipoteca multidivisas por recomendación del banco, quién no le advirtió de los riesgos de la operación, ni de la diferencia entre éste producto y una hipoteca en euros, procediendo declarar su nulidad por abusiva
Juzgados de lo Mercantil
No hay prueba que acredite que la cláusula suelo haya sido negociada por las partes, ni que el actor haya entendido su significado, sino que fue impuesta de manera unilateral por el banco sin superar la misma el control de transparencia
El índice de referencia IRPH aplicado al préstamo hipotecario del actor no fue objeto de negociación, sino que se impuso de manera unilateral por el banco sin ser correctamente explicado, desconociendo el actor sus consecuencias
Antes de la firma de la hipoteca, el actor no recibió la oportuna oferta vinculante, ni le banco le explicó que su préstamo se sometería a una cláusula suelo que impediría que le baje el tipo de interés, no siendo la cláusula suelo transparente
Al ser el IRPH un índice oficial, fijado por el BE, que se publica en el BOE y que sigue siendo válido, se rechaza el posible desequilibrio de prestaciones basado en la capacidad de influencia en su resultado de la entidad bancaria
En las advertencias especiales de la escritura notarial del préstamo se dice claramente que no se han establecido límites a la variación del tipo de interés, entrando esto en clara contradicción con la cláusula suelo, considerándose la misma abusiva
Juzgados de Primera Instancia
Suspensión de aplicación de cláusula suelo del préstamo hipotecario, con límite mínimo del 3% y euribor de entonces negativo, por generar un diferencial considerable que lastra la modesta economía de la familia con dos hijos y más cargas
La ausencia de información precisa sobre préstamo multidivisa, de elevadísimo riesgo e inadecuado al perfil conservador del cliente, acredita error esencial y excusable y dolo omisivo de Bankinter, la depreciación de la inversión no es caso fortuito
Declarada nula la cláusula de fianza del contrato de préstamo por abusividad pues los avalistas renuncian a los beneficios de excusión, orden y división y se genera desequilibrio entre las partes, se estima parcialmente la oposición a la ejecución
Nulidad de préstamo hipotecario cuyo contenido no es comprensible para una persona del perfil de la demandante, no versada en este tipo de productos financieros, ni tampoco de los riesgos en los que estaba incurriendo
En la salida a bolsa de Bankia por OPS, según los hechos notorios acreditativos de falsedad de solvencia y balance y ex art 28 LMC, esta indemnizará daños y perjuicios, a titulares de valores adquiridos por información falsa u omisión relevante
El préstamo hipotecario con cláusula multidivisa es un derivado financiero al que es aplicable la LMV y la normativa MiFID pues su funcionamiento e influencia del LIBOR y los cambios euro/yen lo convierten en un producto de alto riesgo