plicando el Derecho de la Unión, la nulidad de la cláusula suelo conlleva la restitución al consumidor de lo percibido por el banco en su aplicación y la condena al pago de las costas de ambas instancias conforme al principio de vencimiento
Se condena a Caja Laboral Popular al pago de las costas de primera instancia y apelación por reiterar el sobreseimiento del litigio y su oposición a la nulidad de la cláusula suelo, no se hace especial declaración de las de este recurso
La nulidad de la cláusula suelo conlleva la devolución de las cantidades obtenidas indebidamente por parte del banco en virtud de ésta, sin graduación ni limitación, conforme a Directiva 93/13, se aplica el principio de vencimiento en las costas
El principio de no vinculación del consumidor a las cláusulas abusivas y al principio de efectividad del Derecho de la Unión hacen que las costas de las instancia y de la apelación en cláusula suelo se impongan al banco
De acuerdo con la Directiva 93/13 el banco debe devolver al consumidor que suscribió el préstamo hipotecario que incluía una cláusula suelo, declarada nula por abusiva, las cantidades obtenidas indebidamente en virtud de ésta
El juez apreciará, en el proceso de acción individual, el carácter abusivo de una cláusula suelo por las razones expresadas en la previa sentencia estimatoria de una acción colectiva de cesación contra la misma
No cabe apreciar cosa juzgada ni sobreseimiento del litigio porque los pronunciamientos sobre una acción colectiva no determinan cosa juzgada en relación con una posterior acción individual
Caja España se allana a las pretensiones del consumidor que suscribió el préstamo hipotecario cuya cláusula suelo es declarada nula, debe devolver lo cobrado indebidamente en virtud de ésta y es condenado al pago de las costas de la apelación
Existe interés casacional evidente en la declaración de nulidad de la cláusula suelo sin existencia de cosa juzgada que limite la eficacia restitutoria de lo cobrado indebidamente en virtud de ésta, fruto de la contratación del préstamo hipotecario
El banco debe devolver las cantidades cobradas indebidamente en virtud de la cláusula suelo declarada nula y se le impone las costas de la apelación por reiterar la petición de suspensión de las actuaciones rechazada en la audiencia previa
La nulidad de la cláusula suelo conlleva, por primacía del derecho comunitario, la devolución de las cantidades cobradas indebidamente en virtud de ésta al consumidor por parte del banco y la imposición de costas de las instancias a este último
Procede imposición de costas de las instancias por concurrencia de los principios de vencimiento, no vinculación del consumidor a las cláusulas abusivas y efectividad del derecho comunitario sobre nulidad de cláusulas suelo y devolución de cantidades
La falta de transparencia de la cláusula suelo provoca un desequilibrio sustancial en perjuicio del consumidor, incompatible con la buena fe, por la imposibilidad de hacerse una representación fiel del impacto económico que le supondrá
La limitación de la plena restitución por nulidad generada por la abusividad de la cláusula suelo infringe la no vinculación del consumidor a las cláusulas abusivas y el efecto disuasorio sobre los profesionales previstos en la Dtiva 93/13
Al incluir la nulidad de la cláusula suelo, ex art 1303 CC, el pago de intereses, no cabe considerar como efecto de la STJUE 21.12.2016 que no proceden porque el deudor recibió de buena fe las cantidades que debe restituir
La limitación de efectos de la nulidad de las cláusulas suelo se opone al art 6 Dtiva 93/13, interpretando el art 1303 CC conforme a la Directiva, procede restituir todo el exceso pagado por la cláusula suelo desde la firma del préstamo hipotecario
Audiencias Provinciales
Siendo el actor un profesional, no procede aplicar a la cláusula suelo los controles de transparencia y abusividad, superando el control de incorporación, no debe declararse su nulidad
Al haber existido un requerimiento previo por parte del actor al banco, solicitando la nulidad de la cláusula suelo, al cual se hizo caso omiso, procede imponer las costas de primera instancia al banco por existir mala fe en su allanamiento
Habiéndose allanado el banco a las pretensiones del actor, acerca de la nulidad de la cláusula suelo, y no habiendo existido requerimiento previo, no procede imponer las costas de primera instancia
La cláusula suelo no fue debidamente explicada al actor, quién desconocía su existencia y funcionamiento, debiendo declararse su nulidad por no superar el control de transparencia
La mera inserción de la cláusula suelo en la escritura o en un folleto no quiere decir que el actor tuviera un conocimiento adecuado completo y suficiente acerca de la misma, dado que el banco no fue diligente en la información prestada
Si bien existió una novación del préstamo hipotecario, eso no implica que el actor conociera la existencia de la cláusula suelo ni que la misma se le haya explicado debidamente, no superando el control de transparencia, se declara su nulidad
Declarada la nulidad de la cláusula suelo por falta de transparencia, el banco debe devolver al actor todo lo indebidamente cobrado en virtud de la misma desde el inicio del préstamo hipotecario
Al ser la sociedad actora una entidad mercantil que no ostenta la condición de consumidor, superando la cláusula suelo el control de incorporación, no procede realizar el control de transparencia, considerándose dicha cláusula válida y eficaz
a cláusula suelo no fue correctamente explicada, habiendo sido impuesta de manera unilateral, sin que el actor conociese su trascendencia económica, no superando el control de transparencia se declarada su nulidad por abusiva
El documento privado firmado que conlleva una novación del préstamo hipotecario y en el que se dice haberse negociado las condiciones financieras, no se estima suficiente para entender que haya existido una debida explicación de la cláusula suelo
Dado que los actores solicitaron la nulidad de la cláusula suelo y la devolución de lo pagado desde el 9 de mayo de 2013 y el banco se allanó, no puede prosperar el recurso que solicita la devolución de lo pagado desde el inicio del préstamo
Se imponen las costas al estimarse totalmente la demanda pues se declaró la nulidad por abusividad de la cláusula suelo y la restitución de lo pagado en exceso a partir de la publicación de la STS de 9 de mayo de 2013, como se solicitó en la demanda
Las comunicaciones de los prestatarios indican que tras la perfección del negocio se cumplieron las previsiones de la cláusula y se transformó el tipo variable al tipo fijo, que se negoció una novación, pero no que conocieran la cláusula suelo
Imposición de las costas a banco CEISS porque la demanda instando nulidad de cláusula suelo y restitución a partir de la publicación de la STS 9-5-2013 se estimó y además existió requerimiento previo que la entidad desoyó
Cuando los consumidores demandan sin haber acudido al procedimiento extrajudicial del art 3 RDL 1/2017 y el banco se allana antes de contestar a la demanda, no concurre mala fe procesal a efectos del art 395.1 LEC
El destino del dinero del préstamo era financiar la actividad empresarial del prestatario, que no puede ser considerado como consumidor, lo que impide declarar la abusividad de la cláusula suelo por falta de transparencia
El reintegro de las cantidades por la aplicación de una cláusula suelo nula es una consecuencia ex lege derivada de su ineficacia, que hace innecesaria la petición expresa del acreedor para imponer la restitución
Se desestima la excepción de caducidad planteada por la entidad bancaria, al ser imprescriptible la acción individual por la que se solicita la nulidad de la llamada cláusula suelo por su carácter abusivo
Nulidad de la cláusula suelo, que no estaba destacada, ni consta una negociación , ni que los prestatarios fueran informados de la carga económica y jurídica que suponía, sin que el hecho de estar ante una subrogación exonere a la entidad financiera
La prestataria era hija del administrador de la promotora y apoderada de otras entidades mercantiles, lo que acredita el posible conocimiento de las condiciones y características de la hipoteca, sin que pueda ser considerada como consumidora
La declaración del director de la sucursal del banco no es suficiente para acreditar que la cláusula suelo, condición general de la contratación, fuera negociada con el prestatario
Conforme a la STJUE 21.12.2016, la declaración judicial del carácter abusivo de la cláusula suelo implica el restablecimiento de la situación de hecho y de Derecho en la que se encontraría el consumidor de no haber existido aquella
La cláusula suelo supera el control de incorporación porque está redactada de modo claro, concreto y sencillo, permitiendo una comprensión gramatical normal, aunque en la oferta vinculante aparezca camuflada entre múltiples datos
Validez la cláusula suelo que supera el control de incorporación y el control de transparencia, ya que el prestatario que subrogó en el préstamo del promotor, conoció su existencia de forma suficiente su existencia y fue debidamente informado
Declarada nula la cláusula suelo, se deben devolver todas las cantidades abonadas por su aplicación desde la fecha de firma de la escritura de ampliación de préstamo y novación modificativa
La adquisición de una nave industrial como inversión no determina la exclusión de la condición de consumidor, los sucesivos préstamos fueron para adquirir aquella, comprar una vivienda y arreglar un piso, finalidades de naturaleza personal
La rebaja en la cláusula suelo mediante novación no respondió a una negociación transparente e informada, ni puede entenderse que produjera la convalidación de la cláusula nula por abusiva
Existe legitimación para recurrir porque la sentencia, que solo estima la restitución de lo pagado por la cláusula suelo a partir del 9-5-2013, le es gravosa al prestatario, que conforme a la STJUE 21-12-2016 tiene derecho a la plena restitución
El actor ejercita la acción de nulidad de pleno derecho de la cláusula suelo por abusiva, en base a la normativa sobre consumidores y usuarios, lo que implica que la acción sea imprescriptible, sin que sea aplicación el plazo de cuatro años
Los prestatarios están legitimados para instar la devolución de todo lo pagado en aplicación de la cláusula suelo, conforme al art 1303 CC y la Jurisprudencia del TJUE
Los prestatarios tienen la consideración de consumidores, ya que el préstamo estaba garantizado mediante hipoteca sobre la vivienda habitual y aunque su finalidad era liquidar un préstamo personal, no existía una finalidad de lucro o reventa
Restitución total y desde celebración del préstamo hipotecario por cláusula suelo nula, STJUE 21.12.2016, no hay cosa juzgada ni pérdida de objeto y sí interés legítimo
Además de ser la restitución consecuencia legal de la nulidad, tras STJUE 21-12-2016 debe aplicarse ya sin límite temporal
El consumidor conoció el contenido y la trascendencia de la cláusula suelo antes del otorgamiento de la escritura, y recibió la información personalizada y la oferta vinculante, con lo que se dio cumplimiento al requisito de transparencia
El consumidor, suscribió el préstamo hipotecario con pleno conocimiento de causa sobre la existencia de una cláusula suelo, su influencia en el coste real del crédito y la previsible evolución del tipo de interés, sin que exista abusividad
Ha quedado acreditado que los demandantes conocían y comprendían los términos del contrato bancario y que existía una cláusula suelo en cuanto al pago de intereses, además son administradores de una sociedad de asesoría jurídica, contable y fiscal
No puede declararse nula la cláusula suelo de la hipoteca cuando se acredita que los contratantes eran conocedores de la misma antes de la escritura siendo además uno de ellos ex empleado de banca
Juzgados de lo Mercantil
En la novación hipotecaria firmada para ampliar el plazo de devolución del préstamo, el banco, de manera unilateral incluyó una cláusula suelo inexistente hasta ese momento sin comunicarlo al actor, debiendo decretarse su nulidad por mala fe
La cláusula suelo fue impuesta por el banco, sin ser debidamente explicada al actor, produciendo un claro desequilibrio a favor de la entidad demandada, debe decretarse su nulidad por abusiva
La información proporcionada que el banco es estereotipada y, unido a la falta de comprensibilidad de la cláusula suelo del propio préstamo bancario, conlleva la nulidad de la cláusula en cuestión
Declarada la nulidad de la cláusula suelo por falta de transparencia, procede la devolución de todo lo indebidamente cobrado en virtud de la misma desde el inicio del préstamo hipotecario
La retroactividad de la nulidad de la cláusula suelo no causa perjuicios graves a la entidad bancaria, por lo que habrá que devolver la diferencia de los intereses abonados devengando los intereses
Habiéndose allanado el banco a las pretensiones del actor, se declara la nulidad de la cláusula suelo, debiendo devolverse las cantidades indebidamente cobradas en virtud de la misma más intereses
Aunque el préstamo hipotecario haya sido una novación de un préstamo anterior, el banco estaba obligado a informar acerca de la cláusula suelo, extremo que no ha cumplido, debiendo declararse su nulidad por falta de transparencia
La cláusula suelo no fue incorporada al cuadro de la oferta vinculante, no disponiendo el actor de la oportuna información sobre la misma cuando firmó el préstamo hipotecario, no superando tampoco el control de transparencia se declara su nulidad
Es nula por abusiva la cláusula suelo de préstamo hipotecario con consumidor incorporada a escritura sin negociación y sin dar la entidad la información para que se pueda entender la misma y su funcionamiento
Es condición general de la contratación la cláusula suelo incorporada a préstamo hipotecario por la entidad, redactada por ella e impuesta a la parte contraria sin posibilidad de negociación
No resulta acreditada el cumplimiento del deber de información de la entidad para incorporar cláusula suelo en préstamo hipotecario sólo con la prueba de empleado suya que declare que si se cumplió dicho deber
Visto el allanamiento del banco demandado, se declara la nulidad de la cláusula suelo, condenando en costas al demandado por haberse allanado después de contestar la demanda
Antes de la firma de su préstamo hipotecario, el actor no recibió la oferta vinculante, ni se le realizaron simulaciones sobre el previsible comportamiento del tipo de interés, ni se le advirtió de la inclusión de la cláusula suelo
Es nula por abusiva la cláusula suelo al carecer de transparencia y producir un desequilibrio en perjuicio del consumidor, debiendo restituir CAIXABANK los intereses cobrados indebidamente con los correspondientes intereses
El prestario es consumidor aunque el préstamo se destinara al pago de una deuda tributaria, pues la hipoteca recae sobre su vivienda y no se enmarca en actividad profesional, el banco no prueba que fuera asesorado por un experto
Es nula la cláusula suelo de préstamo hipotecario por falta de transparencia cuando el cliente no tiene un conocimiento de la misma, funcionamiento y los riesgos que supone si el interés sube o baja
Que con posterioridad a la firma del préstamo hipotecario se haya rebajado el límite de interés mínimo aplicable no implica que el actor conociese la cláusula suelo ni que la misma haya superado los controles de transparencia y claridad
Juzgados de Prmera Instancia
Es por analogía una cláusula suelo la del préstamo hipotecario con consumidor que determina que si la cuota calculada tras cada revisión del tipo es inferior a la que resulta de la revisión anterior, se aplica esta última
No existiendo diferencias sustanciales entre la situación jurídica por la que se declara nula la cláusula suelo de la entidad bancaria demandada y la del demandante no se aprecia la cosa juzgada pretendida
Es abusiva la cláusula suelo: no se ilustró sobre previsiones del euribor, se sabía que tipo de interés nunca lo superaría y que el préstamo hipotecario era en realidad a tipo fijo y porque se presentó el techo como falsa contraprestación
La cláusula suelo carece de la transparencia necesaria, por no venir en la escritura pública debidamente resaltada, encontrándose ubicada en la página 21, lejos de la regulación de los intereses, siendo por tanto nula por abusiva
Es abusiva la cláusula suelo incorporada a préstamo hipotecario de manera que genera indefensión al pactarse el préstamo a tipo variable para incluir al final la cláusula suelo de difícil comprensión
En la negociación de la hipoteca tranquilidad no hubo transparencia, el sistema de amortización no se explicó, permitiéndose el vencimiento anticipado por cualquier incumplimiento total o parcial, debiendo declararse su cláusulas nulas por abusivas
o procede pronunciarse sobre la clausula suelo, pues esta resolución sólo producira efectos en el procedimiento hipotecario en el cual se pide la nulidad, no produciendo efecto alguno
Resoluciones de la Dirección General de Registros y Notariado
Se suspende la inscripción de una escritura del préstamo hipotecario presentada telemáticamente al no constar en la misma ni en la expedida en papel la expresión manuscrita el prestatario sobre la información de los riesgos de la cláusula suelo
Tratamiento fiscal de la devoluciones de las "cláusulas suelo"
Medidas urgentes de protección de consumidores en materia de cláusulas suelo
Tributación en materia de cláusulas suelo
Devolución "amistosa" de los intereses cobrados en exceso por la clásula de limitación de tipo de interés
Devolución judicial del importe de la cláusula suelo y de los intereses indebidamente cobrados
Tratamiento de las cantidades percibidas tras condena judicial a devolver la cláusula suelo
Error en la devolución de la cláusula suelo por el banco y subsanación posterior: tratamiento de la Renta
Consultas
Reclamación de nulidad de cláusulas suelo por parte de una entidad mercantil
Acuerdo para no aplicar cláusula suelo y sobre su conocimiento por el prestatario
Supresión de cláusula suelo por el banco y reclamación de cantidades
Cláusula suelo en prestamo hipotecario de SL para adquirir local
Préstamo hipotecario sobre suelo urbano y anulabilidad de cláusula suelo/techo
Devolución de claúsula suelo y acuerdo de no reclamar
Demanda para reclamar todas las cantidades por cláusula suelo tras sentencia estimando cantidades a partir de 9-5-2013
Reclamacion a partir de 9.5.2013 y cosa juzgada de una reclamacion posterior por el total
Préstamo hipotecario con renuncia de acciones y extinción
Nulidad en proceso individual de cláusula de redondeo al alza
Anulabilidad de cláusula suelo por abusiva tras cancelación de préstamo hipotecario
Abusividad de una cláusula suelo y devolución de las cantidades cobradas por su aplicación
Préstamo hipotecario sobre suelo urbano y anulabilidad de cláusula suelo/techo
Anulabilidad de cláusula suelo por abusiva tras cancelación de préstamo hipotecario
Cláusula suelo préstamo hipotecario de SL para adquirir local
Nulidad de cláusulas suelo en hipotecas para empresas y sociedades
Formularios
Reclamación voluntaria a la entidad bancaria con carácter previo a la interposición de demanda judicial de reclamación de cláusula suelo
Demanda de nulidad de cláusula suelo y devolución del total de las cantidades pagadas
(Supuesto en el que no ha existido la reclamación extrajudicial del RD-ley 1/2007)
Demanda de nulidad de cláusula suelo y devolución del total de las cantidades pagadas
(Supuesto en el que ha existido un rechazo expreso de la solicitud del consumidor prevista en el RD-ley 1/2017)
Demanda de nulidad de cláusula suelo y devolución del total de las cantidades pagadas
(Supuesto en el que ha existido la reclamación del consumidor prevista en el RD-ley 1/2017 y la entidad no ha realizado comunicación alguna en el plazo de tres meses)
Demanda solicitando la devolución de la cantidad abonada por la aplicación de una cláusula suelo
(Supuesto en el que el consumidor no está de acuerdo con el cálculo realizado por la entidad o rechaza la cantidad ofrecida)
Petición inicial de juicio monitorio por reclamación de las cantidades a devolver por la aplicación de una cláusula suelo
(Supuesto en el que en base al RD-ley 1/2017, la entidad financiera ha ofrecido una cantidad a devolver al consumidor, pero no se ha puesto a su disposición en el plazo de tres meses)
Otrosí digo sobre imposición de costas en cláusulas suelo
Calculadora de Cláusula Suelo ¿cuánto te han cobrado de más?
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La Sentencia TJUE de 21-12-2016, que dejó sin efecto la Doctrina del TS -que limitaba la restitución al prestatario de lo indebidamente cobrado por la banca, en virtud de cláusulas suelo nulas por abusivas, solo desde la fecha de publicación de la STS 9-5-2013-, ha establecido un nuevo escenario lleno de certezas e incertidumbres. En previsión del aluvión de procesos judiciales que desencadenaría, el Gobierno ha establecido por RDL 1/2017 un proceso extrajudicial para la devolución de todas las cantidades.
A través de esta guía de más de 220 documentos con artículos doctrinales, encuestas, la jurisprudencia comunitaria y nacional más actual, resoluciones de la DGRN y de la DGT, consultas y formularios ofrecemos una visión exhaustiva de este panorama y respondemos a las más importantes cuestiones, como la operativa de la restitución, la cosa juzgada y la imposición de costas entre otras, para que el profesional tenga la mejor herramienta de información.