Resoluciones favorables
Medida cautelarísima de entrada y permanencia provisional en España: circunstancias de especial urgencia concurrentes. Se han sobrepasado los 4 días naturales para la resolución y notificación de la petición inicial de protección internacional
Suspensión de la ejecutividad de la denegación de autorización de residencia de larga duración dado que es madre de menor nacida en España, y aunque los antecedentes penales por delito de conducción sin licencia o permiso no le favorezcan
Acreditado el periculum in mora, ya que la denegación de residencia pone en peligro el vínculo con la madre del actor menor de edad, se suspende cautelarmente la denegación
Al existir arraigo familiar, se atiende a este interés y se concede la medida cautelar de mantener la residencia de larga duración hasta que se resuelva el procedimiento
Aportado informe de vida laboral con el que se prueba el periculum in mora que supone la denegación para el vínculo laboral, se suspende cautelarmente la denegación del permiso de residencia
Al no valorar la resolución impugnada la suspensión de la pena, y aportado certificado del nacimiento de una hija, en pro de apariencia de buen derecho se concede cautelarmente la residencia
Ante la residencia continuada en España que no se renueva por una ausencia del territorio para atender a la madre, se concede cautelarmente prorroga del permiso anterior y no el nuevo permiso
Suspensión de otras formas de Salida del territorio
Suspensión cautelar de la obligación de salida del territorio nacional, pues la demandante era titular de una autorización de residencia, viviendo en España desde hace 6 años y trabajado desde entonces por cuenta propia como titular de un locutorio
Atendiendo a la residencia en España, 8 años, no procede conminar al abandono del territorio en vía cautelar hasta que se resuelva el proceso principal sobre la denegación de residencia
Al considerarse la residencia legal desde 2008 y que tiene dos hijos escolarizados en España, se suspende cautelarmente el retorno obligatorio
El contrato laboral, llevar 5 años y responsabilizarse de sus hijas en España tras su separación constituyen arraigo suficiente como para suspender del apercibimiento de abandono del territorio nacional
No procede adoptar la suspensión cautelar de la obligación de abandonar el territorio nacional, ya que es una mera advertencia y no tiene el efecto inmediato que haga perder la finalidad al recurso, y no acredita arraigo personal ni familiar
Justificada la denegación de suspensión cautelar de abandono de territorio nacional atendiendo al interés general, no se aprecia un defecto de motivación
Atendiendo al arraigo laboral del recurrente, se debe suspender cautelarmente la orden de abandono de territorio español
Suspensión cautelar de la ejecución de la obligación de salir de España: ha sido titular de una autorización de residencia, consta una primera renovación, reside en España desde 2008, ha trabajado 273 días, y es padre de una menor nacida aquí
En supuestos de arraigo de un extranjero en España, prevalece el interés particular de mantenimiento de los vínculos económicos, sociales o familiares con el lugar en que se reside, frente al general de abandonar inmediatamente el territorio español
Se suspende cautelarmente la ejecución de la orden de salida obligatoria del territorio nacional, ya que consta un informe municipal de inserción social favorable que acredita arraigo en España, de modo que se le causaría un perjuicio irreversible
No procede la suspensión cautelar de la ejecución de la devolución a su país de origen, pues no existe pérdida de finalidad legítima del recurso, ya que no se acredita que tenga vínculos familiares, sociales o laborales en nuestro país
Al no aportarse prueba suficiente sobre arraigo en España y los perjuicios que le suponen la salida, no se concede la suspensión cautelar de la misma
Suspensión de la obligación de salida, sin concesión de renovación mientras dure el contencioso dado que solo se acredita una larga estancia
Suspensión de la orden de salida: está en España desde su minoría de edad, consta informe de esfuerzo de integración, tiene más de tres años de residencia continuada, es demandante de empleo, y ha estado en prácticas en una empresa
Suspensión de la salida obligatoria: el extranjero solicitó su regularización en España y se ha seguido uno de los procedimientos habilitados al efecto
Suspensión de la expulsión
Procedencia
Procedente suspensión de la expulsión dado que pretende renovar una autorización de residencia y trabajo, lo que acredita una situación de arraigo social
Arraigo
Denegación de la suspensión cautelar de la expulsión: el solo hecho de tener un hijo menor de nacionalidad española no es suficiente para acreditar arraigo, cuando no se justifica una relación de convivencia real y efectiva con él ni con su madre
No procede conceder la suspensión cautelar de la orden de expulsión: es insuficiente como arraigo familiar la convivencia con una tía, pues es un parentesco colateral, siendo irrelevante el hecho de que carezca de antecedentes penales
No procede la suspensión cautelar de la expulsión, pues aunque lleva 10 años residiendo en España no hay prueba de que se hayan creado vínculos familiares, sociales o laborales, cuya ruptura sí podría generar perjuicios de difícil reparación
Aunque se acredita una pasada relación con una ciudadana española, el arraigo familiar que podría verse afectado por la orden de expulsión es el actual, y no existe prueba que confirme el vínculo sobre la nueva convivencia con otra ciudadana española
No cabe la suspensión cautelar de la expulsión, ya que no acredita una vinculación especial con España de índole familiar, económica o social, el contrato de trabajo temporal aportado es una mera oferta laboral supeditada a la concesión de permiso
No procede la suspensión cautelar: no se ha demostrado que puedan romperse los alegados vínculos con su esposo e hijos, sólo aportan unas fotocopias de permisos de residencia difícilmente legibles, sin demostrar la relación conyugal o de filiación
No procede la suspensión de la expulsión: aunque tiene residencia de larga duración, no acredita un verdadero arraigo social, familiar o laboral en España, pues se encuentra en prisión cumpliendo condena por dos sentencias penales
La medida cautelar de renovación de permiso de residencia requiere un arraigo familiar especial que consiste en la tenencia de hijos menores de edad que dependan económicamente del progenitor que haya solicitado la medida cautelar
No procede la medida cautelar de suspensión de la ejecución de la expulsión de territorio nacional: no se acredita ninguna situación de arraigo familiar que deba ser protegida para no producir daños y perjuicios de imposible o difícil reparación
Perjuicio irreparable
No se concede la medida cautelar consistente en la paralización de la expulsión de falta de arraigo al no haberse probado la existencia de un perjuicio irreparable, siendo que su concesión supondría entrar a conocer del fondo del asunto
Al no indicarse un perjuicio o riesgo por el regreso a Guinea que suponga una afectación grave al interés particular, procede la denegación de suspensión cautelar de la expulsión
No se justifica el arraigo en España ni los perjuicios irreparables que supone la ejecución de la expulsión, por lo que no cabe admitir la medida cautelar
La falta de acreditación de la situación de arraigo y de los perjuicios que sufriría el recurrente de no adoptarse la medida cautelar de suspensión de ejecución, hacen que la misma no pueda estimarse al no cumplirse los requisitos para su adopción
Suspensión de expulsión de extranjero; la resolución de la Subdelegación acordó la expulsión; el auto juzgado rechazó suspender la ejecución: el actor no probó la invocada circunstancia de inminente expulsión, ni un eventual perjuicio irreparable
Buen derecho
Desestimación del recurso: ni hubo apariencia de buen derecho para fundar la suspensión ni urgencia; debió sustanciar la solicitud por trámites ordinarios; el fallo recurrido no pone término a la pieza separada y no es susceptible de apelación
Condena
Se concede la medida cautelar de suspensión, pues la condena por falsificación de documento oficial fue suspendida, y los vínculos con el lugar en que reside (económicos, sociales o familiares) prevalecen frente al interés general
Se deniega medida cautelar de suspensión de la expulsión: aunque tiene una hija menor y vive en España desde hace 12 años, fue condenado por un delito de violencia doméstica a 1 año y 6 meses de prisión, y por otro de violencia en el ámbito familiar
No procede la suspensión de la expulsión, fue condenado por un delito de robo con violencia a 2 años y 18 meses de prisión, constando otras condenas de 2 años de prisión por lesiones, 180 días por delito contra la seguridad vial y 2 años por robo
No procede la suspensión cautelar de la expulsión: ya fue sancionado anteriormente por su situación irregular (tenía la obligación de abandonar el país) y fue condenado por un delito de amenazas y otro de resistencia o desobediencia a la autoridad
Se deniega la suspensión cautelar de la expulsión: además de la residencia irregular, carece de arraigo, consta una detención policial en 2006 por presuntos malos tratos en el ámbito familiar, y ya fue sancionado anteriormente por estancia irregular
Interés general
La suspensión del acto administrativo dadas las circunstancias del recurrente no puede llevarse a cabo dado que no existe un motivo de interés general que lleve a suspender la orden de devolución al país de origen
No puede adoptarse la medida cautelar ya que la suspensión del acto supone un perjuicio para el interés general al quedar inactivas todas las parcelas objeto de la litis
Estimada parcialmente la medida cautelar, al suspender la expulsión, no se otorga cautelarmente la residencia de larga duración atendiendo al interés general y finalidad del recurso
Revocación de la suspensión
Se revoca la suspensión cautelar de la expulsión, al haber sido detenido por un presunto delito de lesiones y permanecer de forma irregular en España, no consta arraigo familiar ni laboral, sin que baste con la tarjeta sanitaria ni el empadronamiento
Archivo de la solicitud de expulsión
Archivo de la medida cautelar de expulsión del territorio nacional, por carencia sobrevenida de objeto, al haberse dictado sentencia en el procedimiento principal, sea o no firme dicha Sentencia, pues es susceptible de ejecución
Consecuencias de la suspensión de la expulsión
Procedente resolución que extingue la autorización de larga duración al no acreditarse la suspensión de la expulsión, ni que haya sido impugnada en vía contenciosa
Régimen comunitario
Se deniega medida cautelar: aunque es ciudadano comunitario y tiene una amplia vida laboral no acredita arraigo familiar, social o económico, tiene un amplio historial delictivo por violencia doméstica y de género, y cumple condena por violación
Tarjeta de familiar UE provisional pese a sus antecedentes penales y prohibición de entrada: reside desde hace más de 10 años y su mujer, hijos y nietos tienen nacionalidad española sobrevenida, poseyendo un acuciado arraigo familiar y social