Resoluciones en nuestro ordenamiento: el control empresarial y el límite de la intimidad
Control y uso del correo electrónico y de los medios informáticos
Despido procedente: no se vulneró el derecho a la intimidad, puesto que el acceso al e-mail del trabajador fue una medida justificada, idónea y necesaria para acreditar que filtraba información sensible de la empresa a terceras personas
Supuesta vulneración de derechos a la intimidad y al secreto en las comunicaciones: intervención de comunicaciones informáticas entre trabajadoras por hallazgo casual efectuado sobre programa de uso común por todos los trabajadores. Voto particular
Instrucciones empresariales sobre el uso de los medios informáticos en la empresa que no viola el derecho de libertad sindical ni otros derechos
La empresa vulnera el derecho a la intimidad del trabajador al utilizar los archivos temporales de su ordenador sin previa advertencia sobre el uso y el control del ordenador
Legalidad de acuerdo sobre uso de correo electrónico corporativo por parte de las secciones sindicales
Un empresario puede controlar el correo electrónico profesional de sus empleados, sin vulnerar por ello su derecho a la intimidad
Despido procedente: delegado de oficina que incumpliendo la normativa interna reenvía desde el correo corporativo de la empresa correos electrónicos a dos cuentas de correo particulares suyas adjuntando documentación con datos personales de clientes
Vulneración del derecho a la intimidad: monitora que encuentra en ordenador de la empresa, archivos fotográficos no confeccionados ni autorizados por ella, en los que aparece en bikini, desnuda y paseando con niño de corta edad
Control y actuación del trabajador en las redes sociales
Despido procedente de trabajadora que cuelga en Facebook comentarios en los que califica a la gerente como dictadora que maltrata a sus empleados, que mira para su ombligo dorado no administrando bien para enriquecimiento de unos pocos
Despido improcedente de trabajador que cuelga en Facebook una serie de manifestaciones en contra de la empresa y de sus compañeros, tras denegársele un permiso por fallecimiento de un familiar
Despido procedente: trabajador que fotografía en ropa interior a un compañero afectado de discapacidad psíquica y comparte la foto en el WhatsApp de un grupo de trabajadores de la empresa
Despido procedente: expresiones despectivas e insultantes hacia compañeros y superiores de la empresa colgados en una red social cuyo acceso estaba permitido a compañeros siendo "la comidilla" y con grave perjuicio para la dignidad de los insultados
Despido procedente: dependienta que remite más de 60 mensajes a través WhatsApp a un compañero con insultos y faltas de respeto, además de insultar en público a la compañera sentimental de éste que acudió a la tienda como clienta
Despido procedente: actividad incompatible con la IT al viajar "padeciendo un tirón de espalda" que supone limitación a la movilidad total, colgar fotos del viaje en la red social y realizar ofensas a compañeros en Facebook
Despido procedente por incumplir la prohibición de utilizar el teléfono durante el tiempo de trabajo, al acreditarse que el supervisor de central receptora de alarmas utilizó la aplicación WhatsApp en varias ocasiones
No vulneración del derecho a la intimidad: prueba lícita: los videos utilizados por la empresa como prueba fueron extraídos por la trabajadora del aparato de grabación de la empresa para colgarlos posteriormente en su cuenta de facebook
Control y uso del teléfono móvil
Despido procedente por usar el teléfono móvil en el puesto de trabajo contraviniendo las normas internas de la empresa
Vulneración del derecho a la intimidad y secreto de las comunicaciones: grabación de conversación telefónica privada del trabajador transmitiendo datos confidenciales de la empresa a un 3° sin prohibición expresa de tal uso
Control y uso de las cámaras de videovigilancia
No vulneración de la intimidad ni de la protección de datos: no es necesario el consentimiento expreso del trabajador para tratar las imágenes obtenidas por las cámaras instaladas; apropiación de dinero y devoluciones falsas; votos particulares
Vulneración del derecho a la protección de datos por la utilización de imágenes captadas por las cámaras de videovigilancia instaladas en un recinto universitario para la supervisión laboral sin informar al trabajador. Voto particular
Prueba de videovigilancia; es lícita siempre que el trabajador conozca la instalación de las cámaras y su ubicación por motivos de seguridad; voto particular
No vulneración del derecho fundamental a la intimidad en la utilización válida de cámaras de videovigilancia
Despido nulo; lesión del derecho a la intimidad; instalación de cámara de seguridad con finalidad de evitar robos de clientes sin consentimiento e información a los trabajadores. Voto particular
Control e instalación de GPS por la empresa
Vulneración del derecho a la intimidad: instalación de un localizador GPS por detective privado contratado por la empresa en el vehículo particular del trabajador que resulta despedido estando en situación de IT
No vulneración del derecho a la intimidad: comercial despedido con conocimiento del sistema de geolocalización del vehículo dispuesto por la empresa; validez de prueba como medida proporcional por quejas de clientes
Vulneración del derecho a la intimidad; colocación del GPS en el vehículo de la empresa que funcionaba 24 horas y sin comunicarlo al trabajador; despido improcedente y no nulo
Despido procedente: por incumplir el trabajador los horarios de recorrido establecidos por la empresa como acredita la prueba de GPS y por ofensas verbales proferidas contra un compañero de trabajo
Despido improcedente: ilicitud de la prueba de seguimiento del vehículo puesto a disposición del trabajador por el sistema de localización GPS sin su conocimiento y posterior tratamiento de los datos con un fin distinto del anunciado
Despido improcedente y no nulo: la instalación de un GPS en el móvil no supone una intromisión en la intimidad del trabajador, pero es un medio de prueba contaminado al no tener autorización ni facilitar información previa al trabajador