Estimación parcial y otras situaciones intermedias
La condena en costas es mancomunada entre las distintas partes litigantes pero si las mismas están compuestas por varios sujetos será solidaria entre ellos
Definición del "cuasi vencimiento"; no se estima que haya habido estimación sustancial por la diferencia entre lo pedido y lo concedido por la sentencia
La admisión de la petición principal y la consiguiente desestimación de las alternativas y subsidiarias no convierte la estimación total en parcial
La apreciación del "petitum" de la demanda en mas de un 98% hace que las costas sean de cargo del demandado
Condena en costas: Ha de estimarse solidaria cuando son varios los litigantes y no se determina otra cosa
El TS, bajo la antigua LEC, admitió la imposición limitada de las costas
Estimación parcial de condena e inadmisión de temeridad en costas
Pese a la estimación parcial de la cantidad reclamada se condena en costas a la demandante al haber existido temeridad en su actuación procesal puesto que redujo la cuantía del pleito desistiendo de la petición principal tras contestarse la demanda
Ante una estimación parcial de la demanda presentada, cada parte abonará las costas propias y las comunes por mitad
La estimación sustancial de la demanda justifica la imposición de costas a aquel contra el que se ha estimado los aspectos más relevantes de la pretensión, no pudiendo prosperar la petición de que no proceda la condena
No puede entenderse excesiva una minuta de Abogado que se ajusta a los criterios del Colegio de Abogados, en relación a la cuantía del interés económico debatido en el procedimiento
No imposición de costas aun cuando se estima una de las pretensiones subsidiarias del suplico de la demanda
No existiendo pronunciamiento expreso sobre la solidaridad-mancomunidad en el pago de las costas se entiende divisible por partes iguales
La solicitud de condena al pago de distintas cantidades, no se considera formulación de pretensiones subsidiarias, la condena al pago de una de ellas, supone en cuanto a costas, estimación parcial y no total de la demanda
La condena en costas es mancomunada, con independencia del origen de la obligación, salvo declaración en contra de la resolución judicial o supuestos de solidaridad tácita
Concesión de cantidad inferior a la reclamada por el demandante: estimación parcial de la demanda que permite la condena en costas del demandado
Imputación de costas aunque no haya apreciado el juez "a quo" la totalidad de las pretensiones
Imposición de costas por admisión de pretensión subsidiaria
La limitación de la tercera parte
La apreciación de la temeridad corresponde a la discrecionalidad del órgano judicial pero debe motivarse
El límite de un tercio en la tasación de costas no incluye el IVA
Al igual que los honorarios del abogado, los del perito están sometidos al límite cuantitativo del art. 394.3 LEC
El límite previsto en el 394.3 es aplicable a las tasaciones de costas en todo tipo de procesos e instancias incluido ejecuión
A efectos de la imposición de costas, el caso era jurídicamente dudoso si el administrador cesó en su día pero dicho cese jamás se inscribió y la actora, actuó diligentemente acudiendo el Registro Mercantil
La conducta temeraria, a efectos de condena en costas, se refiere a la conducta de las partes en el proceso, no anterior a él
Las costas generadas en fase de ejecución no están sometidas al límite del tercio previsto en el art. 394 LEC
El límite de 1/3 es aplicable a las costas de la fase ejecutiva con base en el art. 561 LEC
El límite de la tercera parte se debe aplicar por cada uno de los litigantes que hubiesen obtenido tal pronunciamiento y no de la suma de todos estos según dispone el art. 394.3 LEC
Procedería imponer las costas de este incidente a los letrados que presentaron las minutas excesivas, ahora reducidas, pero se aplica la interpretación moderadora no condenándose en costas del presente procedimiento
El IVA deberá efectuarse sobre la reducción del párrafo 3 del art. 394 LEC, pues no recae sobre el total de los honorarios del letrado
El IVA de los honorarios de letrado forma parte de las costas e igualmente esta sujeto al límite de 1/3 parte de la cuantía litigiosa
Supuestos concretos de la LEC
El desistimiento en el recurso de casación comporta la condena en costas para la parte que lo interpuso, ya que crea una situación que equivale a la desestimación del recurso
Se condena al codemandado a pagar las costas causadas por otros codemandados absueltos, condena que únicamente cabe en los supuestos especialmente previstos como es el caso de la intervención provocada por uno de los demandados respecto de un tercero
El demandado que llama a un tercero mediante intervención provocada debe correr con sus costas cuando el demandante no ha ejercitado ninguna pretensión contra él y su llamada no estaba justificada al no determinar la sentencia ninguna responsabilidad
La falta de previsión expresa en la LEC no puede provocar que la parte recurrida no se vea resarcida de los gastos que le ha provocado la interposición del recurso, que después no ha sido mantenido por la deserción de los recurrentes
No cabe apreciar correcta la preparación de la casación con la expresión "y otros" en referencia a otros recurrentes que siquiera están personados, por lo que debe entederse desierto el recurso
No cabe efectuar especial pronunciamiento sobre costas al no existir expresa previsión legal con respecto al desistimiento de los recursos
Se impondrán las costas a la parte allanada, si lo ha hecho antes de contestar a la demanda, cuando haya precedido requerimiento de pago fehaciente, como es el caso
Al haber existido un requerimiento previo del actor hacia el banco, solicitando la inaplicación de la cláusula suelo, aunque haya existido allanamiento, procede imponer las costas de primera instancia al demandado
Probado el envío y recepción del requerimiento del Consorcio a la aseguradora, así como que la misma ocultó información relevante, queda probada su mala fe y se confirman la imposición de las costas a pesar del allanamiento
Sí puede constatarse aquí la mala fe para justificar la imposición de costas aun cuando el allanamiento se produjera antes de contestar a la demanda, pues ha habido requerimiento fehaciente con anterioridad sin que fuera atendido
Las costas causadas en la primera instancia se le deben imponer al solicitante de la intervención provocada, es decir al demandado
Procede la imposición de costas cuando habiendo allanamiento del demandado queda acreditada la mala fe del mismo al no evitar el procedimiento habiendo tenido oportunidad
Tratándose de un supuesto de allanamiento parcial no se imponen las costas a ninguna de las partes
El allanamiento parcial a la parte de esos pedimentos por la demandada, supone una estimación parcial de la demanda y por ello no procede efectuar expresa imposición de costas
A pesar de adoptar medidas cautelares no cabe condenar en costas a la demandada
La intervención provocada del tercero que resulta absuelto, que no fue admitida por el demandante, carece de justificación, cuando la propia sentencia recurrida no determina su responsabilidad, no pudiéndole imponer las costas del proceso
El allanamiento parcial de la apelante sobre la indemnización de los daños traseros de su vehículo, impedirá que pueda solicitar a la aseguradora del causante los intereses moratorios respecto de la cuantía a la que se allanó, y que fue consignada
A efectos de costas no es posible considerar que el allanamiento posterior a la oposición en el juicio cambiario equivalga a un allanamiento antes de la contestación de la demanda al que se refiere el artículo 395.1 LEC
Se deben de imponer las costas a la parte actora al haberse producido el desistimiento el día del juicio pese a haber estado este señalado con un año de antelación
Si el desistimiento es consentido por el demandado, sus costas no se le imponen al demandante, aunque sea cierto que pudiera haber desistido antes
El desistimiento del demandante fue tardío, es decir, después de la contestación a la demanda y además no hubo consentimiento del demandado, por lo que en virtud de lo dispuesto en el art. 396 LEC, fue correcto el condenar en costas al primero
Aunque la actora desistió, una vez emplazada la demandada, contestada la demanda en el acto de la audiencia previa, no hubo en consecuencia por la parte demandada una oposición expresa al desistimiento, no imponiéndose costas a ninguna de las partes
Cuando se estimare la demanda de tercería de mejor derecho, se impondrán las costas al ejecutante que hubiera contestado a la demanda oponiéndose a dicha tercería
Apreciándose mala fe del recurrente procede confirmar la condena en costas ya que ni fue requerida al pago del monitorio por cantidad mayor o distinta, ni alegó pluspetición, allanándose posteriormente
Criterios a favor de la no imposición de costas en los casos de estimación de cautelar en interpretación del silencio del art. 735
No es necesario el consentimiento de las partes cuya intervención en el proceso de ejecución hipotecaria sea voluntaria y adhesiva para la no imposición de las costas al ejecutante en caso de desistimiento
Para determinar las costas del incidente de oposición en la ejecución hipotecaria, se debe aplicar la norma común del art. 561 LEC, a cuyo tenor, si se estimara la oposición, las costas del incidente deben quedar de cuenta del ejecutante
Puesto que aún no se ha presentado escrito por persona que fuere heredera del apelante fallecido ha transcurrido con exceso el año que para la caducidad de la instancia, debiendo pagar cada parte las costas de su instancia y las comunes por mitad
En caso de allanamiento en tercería de dominio se aplica el art. 395 LEC, no estableciéndose las costas a la parte al allanarse antes de la contestación y no apreciándose mala fe
El burofax unido a la demanda no acredita mala fe en la actuación procesal de la demandada, por lo que no procede la imposición de costas en la tercería de dominio
Si el ejecutante se opone a la tercería de dominio debe ser condenado en costas cuando es desestimada la oposición
El demandado que esta conforme con la terminación anormal y anticipada del proceso debe quedar indemne por los gastos por lo que proceden las costas
En el procedimiento de rescisión de sentencias firmes si se desestima la solicitud se imponen las costas al rebelde sin paliativo alguno
La petición inicial de monitorio equivale a requerimiento fehaciente previo por lo que el allanamiento tras la contestación conlleva la condena en costas
Al no contemplar la ley rituaria expresamente la condena en costas en el supuesto de estimar la oposición a la práctica de diligencias preliminares se aplica el criterio general
Habida cuenta que estamos ante un supuesto de litisconsorcio pasivo necesario y que la condena en costas a las codemandadas no se determinó su caracter solidario, ha de confirmar el carácter mancomunado de la condena
La desestimación de la recusación siempre conllevará imposición de costas para el recusante salvo que se aprecien circunstancias excepcionales; la multa requiere que hubiera existido mala fe
Análisis de la imposición de costas en los distintos supuestos de estimación y desestimación de la demanda cuando exista un litisconsorcio pasivo
Las costas de la recusación sólo cabe imponerlas al recusante si la solicitud se desestima; no pueden imponerse a la parte contraria por el hecho de admitirse la recusación
La sala se atiene a la literalidad del art. 394 para imponer las costas, no compartiendo el criterio jurisprudencial que considera que las especiales características de estos procesos restringen la condena en costas
La naturaleza y objeto especial de los procesos de matrimoniales y en general de los pleitos de familia hacen que no deban imponerse las costas a ninguna de las partes
Si la oposición a las diligencias prelimares es justificada no habrá condena en costas, por aplicación del precepto especial, 260.4, sobre el general, 394.1
El principio de vencimiento no rige en la división judicial de herencia al ser éste un proceso desarrollado en beneficio de todos los herederos; sólo hay costas en caso de acudirse al juicio verbal (787.4 y 794.4)
Allanamiento parcial sin costas: el auto que completa la resolución para imponerlas es incorrecto formal -fuera de plazo- y materialmente -el art. 21.2 no prevé imposición de costas-
Por reducida que sea la cuantía reclamada en el monitorio las costas derivadas de los honorarios del letrado no podrán exceder de la 1/3 parte
Procede la condena en costas por el allanamiento al principal, aunque se desestime la petición de intereses
Procede inclusión de costas de abogado y procurador en juicio de equidad
Sobreseimiento por inasistencia del letrado de la parte actora a la audiencia: imposición de costas; aplicación analógica del régimen del desistimiento
El límite de 1/3 es aplicable a las costas de la fase ejecutiva con base en el art. 561 LEC
La mala fe del allanamiento es distinta a la temeridad del 394 LEC, que permite superar el tercio de la cuantía de la demanda
Atemperación del automatismo en la imposición de costas al ejecutado provisionalmente
En supuestos de allanamiento parcial, las costas se imponen respecto de las pretensiones no allanadas
Trascendencia del requerimiento fehaciente de pago en la condena en costas al allanado parcialmente
Mala fe como eje central para la imposición de costas
No se condena en costas al allanado pese a la existencia de requerimiento de pago puesto que las especiales circunstancias del caso destruyen la presunción de mala fe
Consignación en ejecución provisional con anterioridad a la presentación de demanda ejecutiva ignorada por el ejecutante
Continuidad del cambiario una vez pagada la deuda respecto a costas e intereses según marca el 583 LEC
Imposición de costas al comunero sin aplicación del límite del 1/3 al existir mala fe