Estimación
La introducción de fotografías de la boda manipuladas en el expediente constituye motivo de denegación, dado que posteriormente no aportaron las originales
Al existir una relación extramatrimonial con descendencia y no haber vida común, se entiende acreditado el matrimonio concertado y se deniega la reagrupación
Matrimonio fraudulento: no reconoció a su mujer en un reconocimiento fotográfico, y ni él ni ella contestaron de forma coherente a preguntas sobre datos personales
Al no contestarse las preguntas, el desconocer los datos básicos del marido supone un indicio de que el matrimonio es fraudulento, por lo que debe denegarse la reagrupación
La disparidad respecto al lugar de la cama que usan los cónyuges y el color de las sábanas son indicios de que el matrimonio es fraudulento y justifican la denegación de autorización de residencia
Matrimonio fraudulento al no mantener vida en común, no contribuir a las responsabilidades matrimoniales, no se hayan conocido previo a la boda y que uno de los cónyuges tenga un historial de matrimonios fraudulentos
Desestimación
Aspectos de la relación
El desconocimiento del nombre del restaurante en que trabaja el esposo y el hecho que desde la boda no la haya visitado el esposo, habida cuenta la distancia entre España y Bangladesh, no hace pensar que estemos ante un matrimonio simulado
En la entrevista concreta cómo el esposo se marchó ilegal, confirmado por el consulado, especifica las visitas corroboradas por los sellos y datos concretos de su trabajo, lo que evidencia una comunicación fluída
Aunque las entrevistas no son suficientes para detectar los matrimonios fraudulentos, se aportan remesas de contribución a la manutención, varias visitas, y el embarazo de la solicitante prueba irrefutable de la existencia de relaciones
No se trata de un matrimonio de conveniencia pues acredita un conocimiento de la vida de su esposo en España, y la falta de visitas del esposo no es suficiente para determinar que sea fraudulento
Aunque en las declaraciones ante la policía hay ciertas contradicciones entre los cónyuges en temas domésticos, ello no acredita que sea un matrimonio de conveniencia
Matrimonio en fraude de ley: el desconocimiento de pequeños datos en matrimonios que no están precedidos de un largo periodo de noviazgo no constituye indicio suficiente de la existencia de abuso
Desconocer la dirección en que tiene alquilado su esposo la vivienda, el nombre de la empresa para la que trabaja, o que no haya previo noviazgo, no significa per se que el contraído sea un matrimonio con fines migratorios
El auxilio económico regular por parte del esposo, la comunicación cuasi diaria por teléfono y los viajes anuales a Cuba, permiten alcanzar convencimiento de que los contrayentes no simularon su matrimonio
No se pregunta sobre el aspecto físico de la esposa, sus aficiones, unido a la inexistencia de una investigación complementaria, supone que no se cuentan con los mínimos elementos de convicción para considerar un matrimonio fraudulento
Entrevista
Es difícil cuestionar la veracidad del motivo sobre la inexistencia de verdadero matrimonio dado que no se celebró entrevista
De la entrevista al marido constan solo las 7 respuestas dadas que por si, no sirven para inferir un matrimonio simulado, máxime al aportarse mails durante 6 años que acreditan su relación, siendo procedente la concesión del visado
Que la mujer diga que quiere trabajar en España no es por sí solo indicio de que exista un matrimonio fraudulento
Visado de reagrupación: las entrevistas por sí mismas pueden no resultar suficientes para determinar la existencias de aquellos datos que lleven a la conclusión de la existencia del fraude
Si el Consulado entiende que de la entrevista se deducen elementos que pudieran configurar la existencia de un matrimonio de conveniencia, debe coadyugarse con elementos fácticos que avalen, no bastan dos preguntas para declararlo así
La carencia de entrevista impide saber si la esposa conoce datos esenciales de carácter personal de su esposo y ver si las circunstancias de que necesariamente han de vivir separados, son reales y no de mera complacencia
Validez de la entrevista dado que o hay ninguna investigación complementaria ni de repreguntas ni comprobaciones por medio de requerimiento
Matrimonio fraudulento: los silencios solo pueden significar un distanciamiento pero no la existencia de esa voluntad fraudulenta, cuando de la entrevista se deduce el conocimiento del cónyuge
Matrimonio simulado: constatar pequeños errores no constituye un componente suficiente para poder determinar una declaración de tales consecuencias máxime a las escasas preguntas que se formularon y que no se puso en duda sus respuestas
Al ser parca la entrevista y no analizar la relación entre los cónyuges, no se entiende acreditado el matrimonio fraudulento
Matrimonio fraudulento: la entrevista se refiere a contenidos escuetos por lo que no se le puede otorgar carácter esencial
Existiendo remesas de dinero y vacaciones en común, la transcripción incompleta de la entrevista es insuficiente para acreditar un matrimonio fraudulento a los efectos de la reagrupación
La entrevista irregular no puede legalmente utilizarse para concluir con la existencia de un matrimonio de conveniencia
Hábitos notorios, aficiones relevantes
Derecho a visado de reagrupación al no acreditarse matrimonio de conveniencia: no se cuestionó sobre las aficiones relevantes y los hábitos notorios, ni sobre los datos familiares y el resto de las cuestiones fueron contestadas suficientemente
Concesión de visado: no se acredita matrimonio simulado al no cuestionarse sobre las aficiones relevantes, hábitos notorios, datos familiares, ni porque no se veían con más asiduidad y el resto de las cuestiones fueron contestadas suficientemente
Visado procedente al basarse las conclusiones en presunciones subjetivas: no se preguntó por fecha y lugar de nacimiento, aficiones, hábitos notorios, datos básicos de identidad de los familiares
Cuestiones familiares
Procedencia de visado al no ser un matrimonio fraudulento: que afirme que la familia del esposo resida en Canarias no es contradictorio con que ella viva en Marruecos con sus suegros, constando otros datos que lo apoyan
Al no haberse preguntado por las remesas de dinero y viviendo el cónyuge con los suegros, no se acredita que exista un matrimonio de conveniencia. Debe concederse la reagrupación
Matrimonio por poderes
Que se casara por poderes o que no recurriera la primera denegación del visado, no es relevante para determinar un matrimoniofraudulento: conoce rasgos físicos, de su personalidad, y detalla su trabajo y como llegó a España
Documentación
Presunción de veracidad del certificado del acta matrimonial emitido por las autoridades marroquíes, al no cuestionarse, y acompañarse de remesas, sellos en el pasaporte de las visitas, fotos y entrevista de la que se infiere conocimiento del esposo
Dado que el matrimonio figura inscrito en el Registro Civil de España, la delegación diplomática no puede alegar para denegar el visado de reagrupación, que el mismo se ha celebrado en fraude de ley
No hay dudas del acta de matrimonio que contó con autorización judicial al ser menor, uno de los contrayentes, y falta la entrevista al solicitante del visado
La no exacta coincidencia de las fechas de las visitas con los sellos del pasaporte, no desvirtúan el conocimiento amplio y determinante de la vigencia de un matrimonio real, además por sí solos no pueden inferir que se hubiera contraído en fraude
Matrimonios anteriores
El hecho de que la esposa se haya divorciado 3 veces y sea mayor que el esposo no constituye indicio de matrimonio fraudulento, aunque no sea costumbre en Marruecos
Matrimonios de conveniencia: la entrevista es determinante para conocer si existe una relación fluida. Que la mujer se haya divorciado no es un indicio, y constan entradas en el su pasaporte
Conseguida la residencia, se casa con el reagrupado del que se había divorciado 4 años antes: la denegación no se sustenta en entrevista o comparencia del esposo, por lo que no cabe inferir simulación o fraude matrimonial
Contrajo matrimonio tras divorciarse de su primera esposa hace 3 años; la realidad del matrimonio se acredita a través de las fotografías aportadas, las remesas de dinero, el poder otorgado a su esposa para que le represente y el regalo de boda
Celebración
El breve lapsus temporal entre la solicitud y el matrimonio por sí solo no determina la existencia de una voluntad ficticia máxime cuando se aportó al expediente el pasaporte de la esposa con sellos de entrada y salida en su país
Matrimonio no de conveniencia: las fotos de la boda, los pasaportes evidencian por medio de sellos estampados que ha visitado a su mujer en varias ocasiones antes y tras la boda, y no se cuestionan los documentos que acreditan el matrimonio
No se acredita que el matrimonio fuera simulado: se produjo dos años antes de la solicitud de visado y no se celebró entrevista
La celebración telefónica del matrimonio que se solemnizó en la Oficina de Matrimonios Musulmanes, donde se registró debidamente por presencia física posteriormente y un hijo, no permiten inferir un matrimonio fraudulento
Que los testigos de la boda dados por la esposa no sean los que recoge el certificado de matrimonio, y la discordancia de fechas en el registro del mismo no son indicativos de un matrimonio fraudulento
Concesión de visado: no cabe denegarlo por fraude de ley dado que el matrimonio se celebró hace 27 años, tienen 8 hijos en común y está inscrito en un Registro Civil español
No puede inferirse un matrimonio simulado a la vista de que no se realizó la entrevista y se aporta documentación relativa a la celebración de la boda, viajes y envíos de dinero y, que la reagrupante se encuentra embarazada
Que la esposa sea menor de edad, no es por si mismo indicio de matrimonio fraudulento
Matrimonio de conveniencia: que no haya un festejo público con la familia de la boda no permite inferir falta de consentimiento en su voluntad de contraer matrimonio
Se acredita que la celebración pública se difiere hasta un año después, hasta las vacaciones del verano, y facilitar que familiares se desplazasen a Marruecos para asistir a tal evento
No hay dudas del acta de matrimonio que contó con autorización judicial al ser menor, uno de los contrayentes, y falta la entrevista al solicitante del visado