Jurisprudencia y Resoluciones
Condición de arrendatario
Se desestima el desahucio por falta de pago y reclamación de rentas por falta de legitimación de la demandada ya que no era parte en el contrato ni se había subrogado en forma pese a serle concedido el uso de la vivienda en pleito de divorcio
Si el uso de la vivienda familiar no implica cambio de arrendatario su asignación a uno de los cónyuges tras el divorcio, no comporta la introducción de alguien que no estaba en el goce de la vivienda, sino la exclusividad en el disfrute
Falta de legitimación pasiva de la ex esposa del arrendatario
No existe falta de legitimación pasiva ya que el demandado no pierde su condición de arrendatario porque sentencia de divorcio atribuya el uso de la vivienda arrendada a su ex pareja, sin perjuicio de que solicite el reintegro de lo abonado
El cónyuge adjudicatario del uso no pasa a ser titular del derecho arrendaticio, sino mero detentador, de ahí que el deudor de la renta sigue siendo el arrendatario
Comunicación de continuación por el cónyuge
La excónyuge no comunicó la atribución judicial de la vivienda, ni pagó renta alguna, no existiendo subrogación, por lo que no queda obligada al pago de rentas que se adeuden a la arrendadora
No concurriendo ni voluntad del cónyuge de continuar en el uso de la vivienda que fuere conyugal ni la comunicación al arrendador de tal voluntad inexistente, procede la reclamación de rentas al arrendatario
La codemandada, al haberse atribuido tácitamente el uso de la vivienda, podría continuar en la misma comunicando a la arrendadora su voluntad de seguir con el arrendamiento en el plazo de dos meses
Resuelto el alquiler entre el inquilino original y la propiedad por sentencia, no podría subrogarse la mujer del primero, máxime cuando ni siquiera comunicó su intención de hacerlo
No acreditado que la demandada, esposa del inquilino, comunicara a la propietaria el abandono de este y su voluntad de subrogarse, sin que se haya demostrado tampoco que era algo conocido, se declara el desahucio por cesión inconsentida
Ante la falta de notificación al arrendador de la sentencia de divorcio, que atribuye el uso de la vivienda arrendada a la esposa del arrendatario, la acción de resolución de contrato y reclamación de rentas se dirige válidamente contra el último
No existió comunicación de subrogación por el cónyuge ante el abandono del arrendatario, por lo que este no quedó desligado del contrato, viniendo obligado al pago de las rentas
Al no haber demostrado el demandado que comunicó, lo cual hizo sin aportar la necesaria sentencia de separación, al propietario su voluntad de abandonar la vivienda arrendada por motivos de separación, responderá por las rentas reclamadas
El arrendador, cuando conoció la atribución de vivienda a la cónyuge, le requirió para que comunicase si continuaba con la relación arrendaticia, requerimiento no recogido por desidia de la destinataria
La atribución del uso y disfrute de la vivienda al no titular es conforme a derecho, debiendo este último comunicar a la propiedad, en el plazo de dos meses, dicha atribución
Incumbe a la parte adjudicataria de la vivienda por sentencia de separación comunicar al arrendador la continuidad en el uso
Notificación en plazo de dos meses
La codemandada al haberse atribuido tácitamente el uso de la vivienda, podría continuar en la misma comunicando a la arrendadora su voluntad de seguir con el arrendamiento en el plazo de dos meses
Pese a adjudicarse la vivienda arrendada a la cónyuge por sentencia de divorcio, ésta no comunica su subrogación a la propietaria en el plazo de dos meses
La atribución del uso y disfrute de la vivienda al no titular es conforme a derecho debiendo este último comunicar a la propiedad, en el plazo de dos meses, dicha atribución
Abandono de la vivienda por el esposo desde la firma del convenio y plazo de comunicación al arrendador por cónyuge desde la notificación de sentencia
Obligación pago renta
La ex-cónyuge ni comunicó la atribución judicial de la vivienda, ni pagó renta alguna, no existiendo subrogación, por lo que no queda obligada al pago de rentas que se adeuden a la arrendadora
No existe falta de legitimación pasiva de la ex cónyuge del arrendatario que tiene atribuido el uso de la vivienda por sentencia judicial al reclamarse rentas anteriores a la presentación de demanda de divorcio que deben ser abonadas
No existe falta de legitimación pasiva pese a que la ex mujer del demandado tuviera asignado el uso de la finca arrendada por sentencia de divorcio puesto que, según comunicación a la propiedad, el mismo reconoció el adeudo de los importes reclamados
En caso de separación matrimonial y no existiendo subrogación del cónyuge no contratante, el único al que se dirige la acción de desahucio es aquel que consta en el contrato de arrendamiento
Resolución de contrato de arrendamiento por impago de renta y abandono del inmueble por el arrendatario sin que su esposa se subrogase tras el divorcio siendo ésta responsable del pago del alquiler puesto que continuó habitando el inmueble
Obligado al pago de la renta en los casos de atribución del uso de la vivienda al cónyuge no arrendatario, en situaciones de crisis matrimonial