Nuevas Tecnologías, Propiedad Industrial e Intelectual. Crónica Tribunal Supremo 2017
Abusos sexuales
Absorción del contacto con la menor de 13 años a través de internet por los abusos sexuales, al terminar con ella en la habitación de un hotel teniendo relaciones sexuales
Blanqueo de capitales
La prueba indiciaria, además de algún mensaje de SMS, confirma la comisión del delito de blanqueo de capitales por el acusado
El auto que acuerda la injerencia se apoya en indicios relevantes y suficientes para la observancia de las conversaciones mantenidas entre los investigados por blanqueo de capitales
La reacción policial no resultó inmediata a las escuchas telefónicas, la investigación policial, y la posterior autorización judicial propiciaron las mismas
Cámaras de videovigilancia
El uso de la videocámara tuvo como finalidad vigilar el contrato laboral que ligaba al empresario y al empleado, por lo que no se vulnera el derecho al honor y a la intimidad personal y familiar de este
La colocación de cámaras de videovigilancia es lícita siempre que el trabajador conozca la instalación de las cámaras y su ubicación y se instale por motivos de seguridad
Derecho al honor
Cuando el conflicto atañe al derecho al honor y la libertad de expresión, se exige que la crítica u opinión venga referida a un asunto de interés general y que en su exposición no se usen expresiones inequívocamente injuriosas o vejatorias
El procedimiento de la cámara oculta puede no ser ilegítimo si resulta proporcionado al interés público de los hechos registrados, pues no cabe descartar que mediante el mismo se descubran hechos delictivos
La información que recoge la acusación del Ministerio Fiscal y la identificación del acusado de un asesinato no constituye intromisión ilegítima al derecho al honor y a la propia imagen
Las expresiones que constituyen una crítica política a un personaje público y a su actuación política están amparadas por la libertad de expresión, pero no lo están las expresiones ofensivas desconectadas de la crítica política que son meros insultos
Improcedencia de fijar indemnizaciones simbólicas por la intromisión ilegítima en el derecho al honor como consecuencia de la indebida inclusión en un registro de morosos
Vulneración del derecho al honor, al prevalecer sobre el de libertad de expresión, por la publicación de un artículo de opinión sobre las relaciones amorosas de una diputada con compañeros de partido, llamándola "cazadiputados", "busca fama", etc
No hubo intromisión ilegítima en el derecho al honor del demandante puesto que la información fue veraz, versó sobre una cuestión de interés público, y no se emplearon expresiones innecesariamente ofensivas para el demandante
No se vulnera el al honor del absuelto por el doble asesinato por la publicación de la noticia, puesto que la información fue veraz, versó sobre una cuestión de interés público, y no se emplearon expresiones innecesariamente ofensivas
La realización de controles en los que se obtuvieron muestras de sangre de la demandante y su conservación no vulnera su derecho a la intimidad y a la protección de datos por tratarse de medidas que gozan de amparo legal
Las expresiones vertidas en un programa de TV sobre las supuestas apariciones de una virgen y la actuación de una Asociación Benéfica al respecto, no vulnera el derecho al honor de la demandante al estar amparadas en la libertad de expresión
Intromisión al honor de la juez por las declaraciones de un alcalde imputando su parcialidad respecto a su instrucción de unas diligencias en las que aparecía implicado
No hay intromisión ilegítima por la difusión en televisión de imágenes de un detenido, cuando estaba siendo puesto a disposición judicial por su presunta implicación en la muerte de una niña de 3 años, por existir veracidad
El uso de la videocámara tuvo como finalidad vigilar el contrato laboral que ligaba al empresario y al empleado, por lo que no se vulnera el derecho al honor y a la intimidad personal y familiar de este
Información del derecho al honor de la directora del "reality show" por las expresiones publicadas en el blog por una concursante del programa, no excluida por el género de "autoficción" ni por la libertad de expresión
Intromisión ilegítima al honor por la información relativa a los problemas con la justicia penal, dada su falta de veracidad al omitir el dato de la absolución, e inexistencia de esta por la información relativa a la denuncia tributaria, por veraz
Prevalencia de la libertad de expresión del periodista en la emisión de un vídeo con escenas de juego violento conjugadas con escenas de caza de un grupo de hienas salvajes y el fotomontaje de un futbolista caracterizado como un psicópata de ficción
Intromisión al honor y a la intimidad de la persona célebre por declarar en un programa de TV que había tenido una relación sentimental con una artista y calificarle de "imbécil" y "mierda"
Predominio de la libertad de información frente al derecho al honor en relación a la información publicada sobre el intento de comercialización de unas fotografías correspondientes a la primera boda de la Reina de España
Derecho a la intimidad
Intromisión a la intimidad de la presidenta del Partido de Popular de Cataluña y de su interlocutora por la difusión íntegra de la conversación en la que se hablaba de temas personales que no eran de interés general
Derecho a la propia imagen
No ha existido vulneración del derecho de imagen al incluirse la fotografía de la menor de 16 años de edad, junto a otras niñas, sin identificarlas con nombre y apellidos, ni en la foto ni en el artículo de carácter puramente informativo
Estafa informática
El delito de estafa se comete en todos los lugares en los que se han desarrollado actuaciones del sujeto activo o pasivo correspondiendo la competencia según el principio de ubicuidad al Juzgado donde se hayan cometido los elementos de la estafa
No resulta determinante para establecer la competencia el lugar a donde va a parar el dinero transferido a través de las aplicaciones informáticas
No se aprecia la agravación de la estafa informática en atención a la cuantía de lo defraudado pues, aunque se aplicó el delito continuado, el conjunto de lo que se apoderó la acusada no superó los 50.000 euros
El lugar donde se encuentran domiciliadas las cuentas bancarias ha de acoger la competencia de las defraudaciones producidas vía internet
Pese a no crear la Web ficticia, ni el dominio para engañar, ni abriese las cuentas de correo, no se excluye su responsabilidad porque sí realizó falsas ofertas y remitió las cantidades fraudulentamente fuera del país, participó en el engaño
Competencia del domicilio del perjudicado en estafa cometida por internet, pese a encontrarse la vivienda sobre la que recayó el engaño en otra localidad, por ser el lugar del domicilio de aquel, donde accedió a internet y donde se realizó en ingreso
El lugar donde reside la denunciante y los perjudicados que también es el lugar donde se produce el engaño informático a través de Internet, y se produce el desplazamiento patrimonial atribuye la competencia para instruir el delito presunto de estafa
Facebook
Penal
La ausencia de rastro sobre la posesión de tercero de las herramientas de acceso a la URL, atribuyen la acción típica al acusado por publicar en su perfil de Facebook manifestaciones sobre el terrorismo
La publicación de los "posts" de Facebook por el acusado fue con conocimiento del alcance del mensaje que se difundió, con la explícita intención de loar sus gestas
Las publicaciones de Facebook del acusado relacionadas con organizaciones yihaidistas no tenían la finalidad de ensalzar sus actos, al tener en cuenta el indudable carácter humorísitico
l perfil del acusado en Faceboock con líderes terroristas, y las conversaciones de whatsaap, además de las testificales de los agentes encubiertos, la documental y las escuchas confirman el delito por intento de captar mujeres para la organización
Civil
Un medio de comunicación no puede reproducir una fotografía publicada en un perfil de una red social sin el consentimiento de su titular
Falsedad documental
No se prueba la autoría de las falsedades documentales de los archivos de correos electrónicos o mensajes de chat y ni siquiera aparece la acusada como usuario de la base de datos del servidor de correo
Intervención de las telecomunicaciones
No procede invalidar las escuchas telefónicas que se acordaron legalmente indicándose que los números relacionados estaban fundados en la investigación que el propio acusado conocía contra él, y sobre las que no planteó queja en momento oportuno
Dado que las conversaciones telefónicas constituyen la prueba de cargo y aparecen rodeadas de contraindicios consistentes de que no fueron realizadas por el ahora recurrente, procede su absolución al existir dudas razonables
El auto del juzgado para autorizar las escuchas podrá ser tenido como prueba ya que se adoptó al existir elementos suficientes de la presunta comisión del un hecho delictivo y que ayudó a la causa abierta en el juzgado central para detectar el delito
La documental y las escuchas demuestran la comisión de asociación ilícita de los acusados que se encontraban perfectamente jerarquizados y que cometieron los delitos de prostitución e inmigración ilegal
La base indiciaria suficiente de la presunta comisión de un delito de distribución de estupefacientes justifica las escuchas, que no pueden invalidarse
La localización de los interlocutores telefónicos a la que no se opuso el recurrente, obtenidos a través de otra intervención plenamente legítima que no ha ocasionado efectos negativos sobre el conocimiento de los datos impiden la nulidad
Las escuchas telefónicas se acordaron por la previa investigación policial, así como las prórrogas contando con el informe del Fiscal, no pudiendo invalidarse
La investigación policial que se realizó por la denuncia anónima en la página web sobre la presunta comisión de un delito de tráfico de drogas, permite tener indicios suficientes para la autorización de las escuchas que no pueden invalidarse
Constatados indicios de un nuevo delito, relacionado con el que se investigaba, se puso en conocimiento del Juez que dictó nueva resolución prorrogando las escuchas: cumple la doctrina de los "hallazgos casuales"
Aunque la autorización judicial para practicar las escuchas no fijase un plazo para dar cuenta al juez del resultado de la intervención, no podrán invalidarse las mismas, porque las sucesivas prórrogas y el control judicial justificaron la injerencia
No procede acordar la invalidez de unas escuchas que no se practicaron en el supuesto de autos, solo se realizaron, tras el robo, vigilancias y seguimientos
Aunque no constan en las actuaciones todos los antecedentes que dieron lugar al auto de acuerdo de las escuchas, sí consta la investigación y los indicios que lo fundamentan, no pudiendo invalidarse las escuchas practicadas
Aunque existía investigación policial, al tiempo de las escuchas no se contaba con autorización judicial, sino solo con el requerimiento a las compañías que prestan los sevicios, no pudiendo tenerse como prueba los datos de las mismas
Los indicios fundados y la investigación policial justifican el acuerdo judicial de las escuchas telefónicas de los acusados por el delito de tráfico de drogas que se investiga
Las detalladas investigaciones policiales demuestran suficiente justificación para el acuerdo de la prórroga de las escuchas telefónicas que no pueden invalidarse
El Juzgado que acordó las escuchas tenía suficiente conocimiento de las investigaciones policiales por los hechos delictivos de autos, no procediendo invalidez de las mismas
A raíz de las confidencias anónimas se practicó investigación policial donde se deduce la posible comisión de hechos delictivos que justifican la autorización judicial de las escuchas, que no pueden invalidarse
La intervención de las comunicaciones no puede invalidarse porque deviene del proceso de investigación del delito de tráfico de drogas del que podría ser causa el blanqueo de capitales
La investigación policial sobre indicios fundados de la comisión de un delito de tráfico de drogas justifica la autorización para practicar las escuchas telefónicas, que no pueden invalidarse
La investigación policial justifica la realización de las escuchas, no habiéndose atentado contra los derechos fundamentales del acusado
El oficio policial y la investigación previa sobre la comisión del delito de tráfico de drogas que se inicia por una denuncia de un consumidor, justifican la injerencia en las comunicaciones y la autorización judicial
El oficio policial contenía indicios objetivos de la comisión del delito de tráfico de drogas, no pudiendo entenderse indebidamente autorizadas las escuchas, que no podrán invalidarse
La declaración del testigo protegido, la previa investigación policial y la gravedad de los hechos imputados por trata de seres humanos y explotación sexual justifican las escuchas telefónicas
Resulta de legal habilitación judicial el acceso y uso del resultado de los datos asépticos de los teléfonos móviles interceptados en otro robo similar
No hay vulneración a la intimidad del acusado que provoque la ilicitud del examen pericial del ordenador, puesto que previamente el acusado extrajo su disco duro; ni la aportación de la imagen con actos lascivos de aquel sobre su hija
Los errores en las escuchas practicadas sobre teléfonos utilizados por personas distintas a los acusados que no se incorporaron a la causa no pueden impedir las escuchas realizadas sobre los acusados
Contando el Juez con indicios suficientes de la comisión del delito de tráfico de drogas, procede autorizar las escuchas telefónicas que no proceden invalidarse
Justificada la intervención telefónica de "un viejo conocido en el mundo del tráfico de drogas" con alto grado de especialización y habiendo quedado justificado en el Auto el estado de las negociaciones y la posible perpetración del delito
La investigación aún por madurar, que autorizó las escuchas telefónicas por los meros trapicheos en las inmediaciones de un bar o el uso excesivo del móvil, no resultan indicios suficientes para acordar las escuchas, que se invalidan correctamente
Las escuchas telefónicas no se acordaron por una mera sospecha de la participación del acusado en los hechos delictivos, sino por indicios fundados, lo que impide su invalidez
Pese al error en la identificación del usuario del teléfono concurrían todos los datos objetivos presumibles de que dicha línea era utilizada por persona sospechosa de la comisión de un delito contra la salud pública
Las investigaciones policiales y los ingentes indicios de la comisión de un delito de tráfico de drogas justifican las escuchas que resulta imposible invalidar
Resulta irrelevante que la primera intervención se acordara erróneamente sobre una línea telefónica que resultó pertenecer a un tercero, máxime cuando ningún dato útil se utiliza en la condena del recurrente
La gravedad del delito por la cantidad de droga intervenida y la necesidad de seguir investigando a otras personas justifican el sacrificio del derecho fundamental al secreto de las comunicaciones
No se precisa acreditar de qué manera se ha obtenido el número de teléfono sospechoso como elemento protector de la presunción cuando se supone la culpabilidad del sujeto investigado
Pornografía
Utilizar una cuenta falsa en una red social para contactar con menores y obtener material pornográfico supone la comisión de los delitos de "Child grooming" y "Sexting"
El acusado utilizó a la menor para grabar sin su consentimiento vídeos sexuales, que no necesita de la exhibición o distribución a terceros para cometer el delito del artículo 189.3 f) CP
Protección de datos
Civil
El fichero de CIRBE no es un fichero de datos de carácter personal del art. 29 de la LOPD (registro de morosos) si no un fichero administrativo específico destinado a informar sobre los riesgos de crédito derivados de la actividad financiera
Que la deuda inscrita erróneamente en un fichero de morosos sea de escasa cuantía no debe hacer minorar la indemnización por daño moral, puesto que la intromisión al honor por dicha inscripción se ocasiona igualmente
No hay intromisión por la publicación de los datos personales que identifican a la víctima de un suceso al prevalecer el derecho a la información sobre el derecho a la intimidad
Administrativo
La restricción de acceso a información sobre el punto de suministro presenta su fundamento y justificación en los dictámenes emitidos por la AEPD y el Consejo de Estado, que propugnan una redacción respetuosa con la Legislación de protección de datos
El despacho al que accede la administración no constituye un local cerrado domicilio de la empresa inspeccionada, sino que es parte de la misma, por lo que entrar en el mismo no supone una inviolabilidad del domicilio
Laboral
Validez de la prueba aportada por unas grabaciones de unas cámaras establecidas especialmente ante las sospechas de irregularidades en la conducta de la trabajadora comunicadas a los representantes de los trabajores
La colocación de cámaras de videovigilancia es lícita siempre que el trabajador conozca la instalación de las cámaras y su ubicación y se instale por motivos de seguridad
Propiedad Intelectual
Civil
Aunque el arquitecto participó en la elaboración del proyecto del hotel, su participación no tiene la necesaria creatividad como para considerarlo autor, luego no se pudieron infringir sus derechos de propiedad intelectual
Al carecer el catálgo de productos de "Brico Depot" de condición de obra de autor original, "Bricomart" no pudo infringir los derechos de autor, ex 10.1.a ) y 12 TRLPI
Penal
Resulta atable la competencia al sitio desde donde vía internet se produce la facilitación del acceso a la publicación protegida
Propiedad industrial
Marca
Civil
Existe mala fe, a los efectos de entender imprescriptible la acción de nulidad de marca basada en la LM de 1988, al haberse realizado la inscripción por el agente habiéndose reservado la autora los derechos
No hay riesgo de confusión entre las marcas mixtas, el destinatario medio recuerda el signo como un todo y la impresión que producen es muy diferente, además, la estructura tan distinta de los signos impide la semejanza conceptual
Al ser los signos confrontados uno denominativo y el otro gráfico no puede apreciarse ninguna similitud ni tampoco riesgo de confusión, no procede declara la nulidad de la marca
Es válido considerar usuario informado de los objetos decorativos, protegidos por el diseño industrial, a los comerciantes que los venden, puesto que no concurre en el consumidor habitualidad ni cualificación
Incorporar una parte denominativa de la marca preexistente no implica riesgo de confusión, no es una parte distintiva pues coincide en gran medida con el nombre del cultivo al que se destinan los productos
Utilizar una marca notoria como palabra clave en Google Adwords para publicitarse no es un acto de competencia desleal, puesto que propone una alternativa a los servicios ofrecidos por la primera sin menoscabar sus funciones
El registro de la marca española "Hispano Suiza" no implica aprovechamiento de reputación ajena, pues "La Hispano Suiza Fábrica de Automóviles", SA no ha vuelto a fabricar, reparar, vender o comercializar vehículo con ese signo
No hay riesgo de confusión, aunque la marca sea notoria, al existir solo coincidencia en el término 24 horas; además se acredita que no hubo aprovechamiento de su reputación, ni menoscabo de la distintividad, notoriedad, ni prestigio de aquella
Al no ser el toro icono o símbolo de España, no priva de carácter distintivo a la denominación de Osborne, ni es impedimento para su registro como marca, además su carácter distintivo es elevado por no existir vínculo con los productos que trata
Administrativo
No apreciación causa nulidad art. 5 LM por usar un acrónimo constituido por las siglas de una profesión, por lo que no cabe que su utilización se atribuya en exclusiva a una persona en concreto
Aunque se produzca la similitud de signos, no habrá prohibición si los productos, servicios y actividades designados son diferentes. Y aunque los productos, servicios y actividades sean iguales, tampoco operará si no existe similitud en los signos
Patentes
Civil
Reconocida en España una patente de procedimiento, como consecuencia de que al tiempo de la solicitud regía la reserva respecto de las patentes de producto farmacéutico, el acuerdo ADPIC no legitima para extender la protección del producto
El juez para valorar la actividad inventiva podría extraer su conclusión directamente de la lectura de los documentos que conforman el estado de la técnica, pero al juzgar así corre el riesgo de que su juicio adolezca de falta de consistencia
Basar el recurso de casación en la infracción de la jurisprudencia relativa al término Know How conlleva el deber de mencionar la norma jurídica infringida, por lo que al no hacerlo existe un defecto de formulación que supone su desestimación
Pese a que el juicio de novedad realizado en la sentencia recurrida no se adapte a la jurisprudencia de esta Sala, la falta de novedad de la patente queda probada porque el uso reivindicado estaba anticipado en una anterioridad
Al no acreditarse cesación en la infracción del derecho de patente no cabe limitar el período al que debe aplicarse la indemnización que debe aplicarse desde que se concedió la patente y hasta que la cesación se produzca
No se acredita que la invención sea una mera combinación de elementos de dos patentes anteriores ni que la solución alcanzada fuera entonces evidente para un experto medio, a la vista del estado de la técnica
Es forum shopping que BMW utilice el foro de conexidad, art 6 Rgto 44/200, para llevar a España, con menor vínculo con el litigio, el pleito, acumulando acciones, para eludir el domicilio de la demandada, Acacia, cuya jurisprudencia era desfavorable
Administrativo
El análisis de los componentes del medicamento litigioso se llega a la conclusión que los que se comparan son distintos siendo correcta la denegación del certificado solicitado
Terrorismo
El perfil del acusado en Faceboock con líderes terroristas, y las conversaciones de whatsaap, además de las testificales de los agentes encubiertos, la documental y las escuchas confirman el delito por intento de captar mujeres para la organización
Los mensajes donde el investigado pone en su foto de perfil el logotipo de la ilegalizada banda terrorista, o donde se da la bienvenida a la salida de la cárcel de un preso de ETA no se consideran propios del delito de enaltecimiento del terrorismo
Las labores de captación y adoctrinamiento propio y de otros ejercida por el acusado resulta propia del delito de enaltecimiento del terrorismo que se le imputa
La ausencia de rastro sobre la posesión de tercero de las herramientas de acceso a la URL, atribuyen la acción típica al acusado por publicar en su perfil de Facebook manifestaciones sobre el terrorismo
Comisión del delito del art. 578. CP: Los mensajes publicados en Twitter por el acusado no están amparados por las libertades ideológica y de expresión, dados su visceralidad, crueldad y sentimientos de odio
La publicación de los "posts" de Facebook por el acusado fue con conocimiento del alcance del mensaje que se difundió, con la explícita intención de loar sus gestas
Las publicaciones de Facebook del acusado relacionadas con organizaciones yihaidistas no tenían la finalidad de ensalzar sus actos, al tener en cuenta el indudable carácter humorístico
Comisión del delito del art. 578 CP por publicar en Twitter varios mensajes con reiterados "vivas" a ETA, la loa a un miembro de ETA o el deber de atentar contra la Zarzuela
Comisión del delito de enaltecimiento por parte del cantante por publicar en Twitter diversos mensajes que alimentan el "discurso del odio" y legitiman el terrorismo como fórmula de solución de los conflictos sociales
Twitter
Constituye enaltecimiento del terrorismo que el acusado publicara en Twitter videos e imágenes con las siglas, logotipos y lemas de ETA y del IRA, de sus miembros armados y del funeral y homenaje a uno de ellos como ejemplo a seguir
Comisión del delito del art. 578. CP: Los mensajes publicados en Twitter por el acusado no están amparados por las libertades ideológica y de expresión, dados su visceralidad, crueldad y sentimientos de odio
Comisión del delito del art. 578 CP por publicar en Twitter varios mensajes con reiterados "vivas" a ETA, la loa a un miembro de ETA o el deber de atentar contra la Zarzuela
Comisión del delito de enaltecimiento por parte del cantante por publicar en Twitter diversos mensajes que alimentan el "discurso del odio" y legitiman el terrorismo como fórmula de solución de los conflictos sociales
WhatsApp
La prueba de whatsapp no es admisible al no ser necesaria, ya que los clientes contrataban los servicios sexuales por medios telemáticos y no es posible que puedan reconocer al acusado
El perfil del acusado en Faceboock con líderes terroristas, y las conversaciones de whatsaap, además de las testificales de los agentes encubiertos, la documental y las escuchas confirman el delito por intento de captar mujeres para la organización
Las precisiones de la Magistrada presidente del jurado a algunos testigos sobre la posibilidad de cometer falso testimonio, o sobre la indicación que debe decir la verdad y no lo que dijo en un grupo de Whatsapp no es atentar contra la imparcialidad