Doctrina
Obtención de la prueba electrónica y vulneración de derechos fundamentales
Límites al control empresarial
Procedimiento para la obtención de la prueba electrónica
Introducción
La grabación de las conversaciones por uno de los interlocutores
Las herramientas informáticas de titularidad empresarial
Los archivos temporales o copias automáticas que se realizan en el disco duro y que recogen el historial de navegación en Internet
Las escuchas telefónicas
La grabación de imágenes y las cámaras de videovigilancia
La prueba de detectives
Los aparatos localizadores por GPS
Los sistemas de fichaje por lector de huellas
La grabación de audio y los micrófonos
El esquirolaje tecnológico
Jurisprudencia y Resoluciones
Videovigilancia en el trabajo
Vulneración del derecho a la intimidad y a la privacidad personal: cajeras de
supermercados descubiertas robando objetos del centro donde trabajan;
videovigilancia encubierta por la empleadora sin poner en conocimiento de los
empleados la instalación de cámaras ocultas
No hay vulneración de la intimidad ni de la protección de datos: no es necesario
el consentimiento expreso del trabajador para tratar las imágenes obtenidas
por las cámaras instaladas; apropiación de dinero y devoluciones falsas; votos
particulares
Vulneración del derecho a la protección de datos por la utilización de imágenes
captadas por las cámaras de videovigilancia instaladas en un recinto universitario
para la supervisión laboral sin informar al trabajador. Voto particular
El uso de la videocámara tuvo como finalidad vigilar el contrato laboral que
ligaba al empresario y al empleado, por lo que no se vulnera el derecho al
honor y a la intimidad personal y familiar de este
La colocación de cámaras de videovigilancia es lícita siempre que el trabajador
conozca la instalación de las mismas y su ubicación y su instalación se haga
por motivos de seguridad
No hay vulneración del derecho a la intimidad por las grabaciones en el centro
de trabajo
La instalación de cámaras de seguridad en diferentes zonas donde los trabajadores
prestan sus servicios como control de la mercancía y de posibles
sustracciones es una medida justificada y proporcionada
No hay vulneración del derecho de intimidad: licitud de la prueba por la instalación
en la tienda de un sistema de videovigilancia para controlar a los
trabajadores; la empresa coloca el correspondiente distintivo en el escaparate
para informar de su existencia
Vulneración empresarial de los derechos fundamentales provocada por la
utilización de las cámaras de videovigilancia para sancionar a la trabajadora
por el incumplimiento de sus obligaciones laborales
No hay vulneración del derecho a la intimidad: instalación del circuito cerrado
de televisión sin que previamente fuera puesto en conocimiento del comité de
empresa y de los trabajadores afectados
No existe vulneración del derecho de protección de datos: instalación de una
cámara para comprobar si el trabajador del que existen fundadas sospechas
estaba cometiendo un incumplimiento contractual merecedor de despido
La grabación puntual y limitada en el tiempo de imágenes de la trabajadora
en el centro de trabajo no vulnera el derecho a la protección de datos que se
contiene en el art. 18.4 CE
Vulneración del derecho a la protección de los datos de carácter personal;
falta de información previa, expresa, precisa e inequívoca sobre el tratamiento
de los datos personales obtenidos con las cámaras de videovigilancia
Registro del ordenador
No hay vulneración de la intimidad: despido de trabajador con archivos pornográficos
y falsos certificados para terceros almacenados en su ordenador
profesional, tras consulta del empleador y al no estar identificados como
"privados"
No hay vulneración del derecho a la intimidad: acceso legítimo del empleador
para vigilar las comunicaciones electrónicas del trabajador al acceder a la
cuenta profesional creada para asesorar a los clientes y descubrir su uso
personal. Voto particular
Supuesta vulneración de derechos a la intimidad y al secreto en las comunicaciones:
intervención de comunicaciones informáticas entre trabajadoras
por el hallazgo casual efectuado sobre programa de uso común por todos los
trabajadores. Voto particular
Al haberse realizado el control empresarial sin advertirlo previamente, se
vulnera una expectativa razonable de intimidad, ya que no es suficiente la
prohibición del uso del ordenador para actividades privadas
El art. 18 ET no es aplicable al control de los sistemas informáticos de la
empresa por tratarse de instrumentos de producción de titularidad del
Registro del ordenador 113
empresario que se emplean para la prestación del trabajo, por lo que la
empresa vulnera el derecho a la intimidad del trabajador al utilizar los
archivos temporales de su ordenador sin previa advertencia sobre el uso y
el control del ordenador
No hay lesión del derecho a la intimidad en la apertura y el examen del ordenador:
existencia de un protocolo firmado por el trabajador en el que se establecía
la prohibición de utilización de los medios informáticos para fines
particulares
No vulneración del derecho a la intimidad; acceso por la empresa al ordenador
de la trabajadora; medida justificada y proporcional
Despido procedente por transgresión de la buena fe; validez de prueba de
acceso al ordenador del trabajador; existencia de "Manual de Informática"
de cumplimiento obligatorio por todo el personal
No vulneración del derecho a la intimidad: la empresa obtiene a través de
programa que supervisa el acceso a Internet listados de páginas pornográficas
Registro del ordenador 121
que visita el trabajador al usar ordenador de otra oficina no accediendo a sus
archivos personales
El control de navegación del empleado se efectuó mediante monitorización a
través del servidor externo de la empresa, por lo que al ordenador del trabajador
no se accedió y no era necesaria su presencia
Control del correo electrónico
Validez del examen ponderado del correo electrónico mediando prohibición
expresa de la empleadora
El control del correo electrónico corporativo del empleado no vulnera el secreto
de las comunicaciones si en el convenio colectivo se prevé expresamente que
dicha herramienta será de exclusivo uso profesional
La actuación empresarial accediendo a la cuenta de correo electrónico del
trabajador fue lícita y legítima al existir una política empresarial de uso profesional
de los medios informáticos y ser proporcional
Nulidad de las pruebas obtenidas a través del control del correo electrónico
del trabajador y motivado por el hallazgo casual de dos documentos de transferencias
bancarias por otro trabajador
Doctrina de prueba ilícita: intervención del correo electrónico que lesiona el
derecho a la intimidad y al secreto de las comunicaciones
No hay vulneración del derecho a la intimidad: acceso al correo electrónico
de trabajadora por parte de su compañera, que tenía autorización para entrar
en el mismo para el despacho de todos los asuntos
Grabación de conversaciones
Nulidad de actuaciones; admisión de la práctica de la prueba; grabación de
conversación entre la demandante y un compañero de empresa; inexistencia
de vulneración del secreto de las comunicaciones
No existe vulneración del secreto de las comunicaciones y del derecho a la
intimidad: la prueba de grabaciones aportada recoge conversaciones en las
que ha sido parte el actor y se ha mostrado útil a los solos efectos de corroborar
los testimonios de los testigos
Vulneración del derecho a la intimidad y del secreto de las comunicaciones:
grabación de una conversación telefónica privada del trabajador transmitiendo
datos confidenciales de la empresa a un tercero sin prohibición expresa de tal
uso, por lo que el despido es improcedente
No hay vulneración del derecho a la intimidad: grabaciones de las conversaciones
telefónicas del trabajador con los clientes
No hay vulneración del derecho a la intimidad y del derecho al secreto de las
comunicaciones: grabación de una conversación entre el consejero delegado
de la empresa y el trabajador
Mensajería instantánea
Empleo del servicio de mensajería instantáneo como prueba: el contenido
de los mensajes no revela ningún despido como pretende el recurrente; los
mensajes por WhatsApp son un medio de prueba válido cumpliendo ciertos
requisitos
La entrega a la empresa por parte del receptor de los WhatsApp, compañero
de trabajo de la demandante que sufre los insultos, no vulnera el derecho al
secreto de las comunicaciones ni a la intimidad de la trabajadora despedida
Despido nulo: seguimiento ilícito del representante sin datos para sospechar
un uso indebido del crédito horario antes de contratar al detective; vulneración
del secreto de las comunicaciones: la empresa interviene un WhatsApp enviado
a otra persona
Validez de las pruebas videográficas y de la transcripción de un WhatsApp
para el despido disciplinario de una enfermera en una residencia de ancianos
Aparatos localizadores por GPS
No se lesiona el derecho a la intimidad: instalación de dispositivos GPS en los
vehículos de empresa
Vulneración del derecho a la intimidad: colocación del GPS en el vehículo de
la empresa que funcionaba 24 horas y sin comunicárselo al trabajador; despido
improcedente y no nulo
No se produce vulneración del derecho a la intimidad con la instalación de un
GPS en el vehículo del trabajador
La prueba consistente en el tratamiento de datos del GPS instalado en el
vehículo del trabajador sin su consentimiento y sin avisar de la finalidad del
mismo es ilícita, y no puede tenerse en cuenta como medio de prueba lícito
Validez de la prueba de los datos transmitidos por el localizador GPS instalado
en el vehículo de empresa sobre la posición en las rutas de trabajo, puesto
que era conocido por el trabajador
No hay vulneración del derecho a la intimidad: instalación por la empresa de
un sistema de vigilancia GPS en un vehículo usado por el trabajador
Despido improcedente: ilicitud de la prueba de seguimiento del vehículo puesto
a disposición del trabajador por el sistema de localización GPS sin su conocimiento
y posterior tratamiento de los datos con un fin completamente
distinto del anunciado
No hay vulneración del derecho a la intimidad: control empresarial a través
del GPS instalado en el coche asignado al trabajador
Vulneración del derecho a la intimidad del trabajador: instalación de un sistema
GPS en vehículo cedido por la empresa
Sistemas de fichaje por lector de huellas
No hay lesión del derecho a la intimidad personal: nuevo sistema de control
del horario implantado que utiliza la tecnología de reconocimiento de la huella
dactilar
Captación de determinados datos biométricos de huellas de los trabajadores
que no vulnera la normativa sobre protección de datos
Práctica de la prueba
Inexistencia de indefensión: la impresión de pantalla o "pantallazo" informático
es un medio de prueba en un juicio
Insuficiencia de la prueba pericial en un despido porque el perito presentado
carece de titulación oficial en informática, por el carácter informal con el que
se ha realizado la misma y el cuestionamiento de la cadena de custodia
Ineficacia probatoria de la prueba de WhatsApp no adverada
Los mensajes por WhatsApp son un medio de prueba válido siempre que
cumplan ciertos requisitos
Validez de la prueba pericial técnica-informática: no se precisa de la presencia
del trabajador afectado ni su consentimiento ni la presencia de su representante
legal; no hay, pues, vulneración del derecho a la intimidad al informar
de reglas de uso
Validez de las pruebas videográficas y de la transcripción de un WhatsApp
para el despido disciplinario de una enfermera en residencia de ancianos
Es válida la prueba informática que consiste en el examen del disco del ordenador
del trabajador tras ser despedido
Licitud de la prueba documental obtenida por la trabajadora del software de
la empresa que carecía de sistemas de protección