Existencia de responsabilidad de la Administración
Falta de mantenimiento
Caída mientras recorría pasarela en la playa; sin necesidad de determinar si la caída aconteció en una pasarela que tuviese por objeto facilitar el baño o formaba parte de un sendero, la Administración asumió el mantenimiento
Barandilla que cede al apoyarse un grupo de personas para hacerse una foto; responsabilidad patrimonial del ayuntamiento; los anclajes metálicos de la barandilla muestran evidentes signos de corrosión, tanto en los extremos como en el nervio central
Si bien la Dirección General de Costas construyó el espigón, la Autoridad Portuaria es competente de la supervisión y mantenimiento de las boyas señalizadoras, por lo que responde por responsabilidad patrimonial por el accidente
Responsabilidad patrimonial de la Administración local; demostrada de forma suficiente que la caída es causa de la existencia del defectuoso funcionamiento del servicio municipal de mantenimiento y conservación del mobiliario público
Usando la ducha de la playa cedió un travesaño, quedando atrapada su pierna entre las traviesas laterales; responsabilidad del ayuntamiento que debió prever el deterioro por la humedad y proceder a reforzarlo antes de que se produjeran daños
Deficiente asistencia sanitaria
Responsabilidad patrimonial por daños y perjuicios sufridos a consecuencia de la deficiente asistencia sanitaria prestada con motivo del ahogamiento padecido por una menor en la playa
Responsabilidad de Centro Residencial
Responsabilidad de la Consejería de Salud; muerte por ahogamiento en playa, en la que ondeaba bandera roja, durante salida organizada por Centro residencial de personas con enfermedad mental; el monitor no tuvo el cuidado necesario
Responsabilidad por lucro cesante
Se reconoce como responsabilidad patrimonial los gastos acreditados de asistencia marítima y daños materiales de la embarcación, así como el concepto de lucro cesante atendiendo a las cifras de ventas diarias
Urbanismo
El Ayuntamiento al proponer el Plan de Usos no puede hacer dejación de la evaluación de la estabilidad de la zona (cala al pie de un acantilado rocoso con una importante pendiente) en donde autoriza la instalación del chiringuito
Inexistencia de responsabilidad de la Administración
Inexistencia de nexo causal
Pérdida de equilibrio y caída por desnivel no protegido del paseo marítimo, golpeándose contra las rotas que estaban al descubierto por el temporal; no hay nexo causal; la caída se corresponde con una pérdida de conocimiento y no con un tropiezo
Daños corporales por caída debida al defectuoso estado de una pasarela de madera que servía de acceso a la playa; el desperfecto de la pieza de madera en forma de palé era mínimo e irrelevante para producir por sí mismo una caída
Caída tras resbalar en una rampa que se encontraba con arena de la playa; en las fotografías obrantes en el expediente no se observa que el pavimento presentase un estado deteriorado, existiendo buenas condiciones de luminosidad
Accidente por culpa exclusiva de la víctima; pasarela formada por módulos rígidos que descansan directamente sobre la arena; el desnivel existente entre las tablas es consustancial a las mismas
No existe nexo causal entre la actuación municipal y los daños sufridos por la victima al resbalarse en un acceso a la playa pues debió haber extremado la precaución al ser un entorno natural que contaba con el factor externo de la arena
No hay responsabilidad de la Administración ni del restaurante del que la recurrente salió hacia la playa; inexistencia de riesgo en la pasarela en la que se cayó, a pesar de no ser posible la fijación de esta sobre la arena sino por su propio peso
Las fotografías revelan que el listón con el que se afirma haber tropezado sobresale notablemente de todos los demás, pero era perfectamente visible, y alrededor del mismo había paso sobrado para circular con seguridad en el acceso a las duchas
Responsabilidad patrimonial por irregular servicio de limpieza en playa; daños al pisar un hierro enterrado en la arena; existen los daños, pero no relación de causalidad ni prueba sobre la mecánica del accidente
Caída en el paseo marítimo a causa de la acumulación en el suelo de frutos de una palmera; no basta afirmar que la calzada no es regular; el estado de la vía era suficientemente uniforme para resultar fácilmente superable
Suficiencia de servicios de socorrismo y salvamento
Inexistencia de responsabilidad patrimonial; a pesar de haber sucedido el ahogamiento en una playa de mínima afluencia, sin obligación de establecer servicios mínimos de vigilancia, existían estos prestados por la Cruz Roja
Límites del deber de mantenimiento
Menor que sufre herida inciso contusa en la planta del pie producida por objeto cortante; aunque el ayuntamiento es el responsable del mantenimiento de la playa, la limpieza no es exigible que llegue al fondo marino, donde ha ocurrido el hecho lesivo
Acceso ajustado a normativa
Caída en desnivel por la rampa de acceso a la playa; se afirma que no se cumple la normativa sobre bordillos del PGOU, pero no nos encontramos ante una calle normal sino ante un acceso a la playa con barandilla, que el Ayuntamiento facilita
Incorrecta valoración de riesgo por el usuario
Golpe en la cabeza, al zambullirse, contra un montón de arena compacta en la playa: no se acredita el lugar exacto del accidente y las obras de derribo del Club Náutico, apuntadas como causa, se iniciaron con posterioridad al accidente
Lesiones sufridas al resbalar en una piedra en el acceso a la playa; existe un acceso principal a la playa en perfecto estado y de amplias dimensiones, pero la reclamante optó por utilizar un acceso secundario
Caída en una rampa de acceso a la playa desde un aparcamiento del puerto, no habilitada para peatones; la decisión de acceder a la playa desde la zona del aparcamiento y no desde el paso de peatones habilitado, fue exclusiva de la víctima
Impacto en la cabeza tras zambullida desde embarcadero público, con resultado de tetraplejia; la víctima se lanza al mar en lugar cuya finalidad exclusiva es el atraque y a una hora en que ya la luz era insuficiente para apreciar el calado del lugar
Negligencia de la victima
Culpa exclusiva de la víctima, quien, en su distraído deambular, no guardó la diligencia y atención debidas cuando caminaba por el sendero litoral, lo que provocó su caída; inexistencia de responsabilidad de la administración municipal
Inexistencia de responsabilidad patrimonial en reclamación por ahogamiento en piscinas naturales en la playa; el fallecido era una persona con 80 años, que caminaba con dificultad y que, según su esposa, se desorientaba fácilmente
Lesiones medulares prestando servicios de voluntario de Protección Civil; pérdida del control de la embarcación neumática y caída al mar, sufriendo un impacto al intentar recuperar el dominio de la nave desde el agua; doble negligencia de la víctima
Caída en terreno lindante con la playa inmediato al paseo marítimo en la noche de San Juan; responsabilidad exclusiva del afectado por deambular de forma temeraria, en horas nocturnas, por un lugar con riesgo de caída al mar cuajado de rocas
Caída en un tramo de la pasarela de acceso a la arena de la playa en la que faltan dos baldosas; irregularidad perfectamente visible; la caída y el consiguiente daño sufrido tuvo su causa en la falta de atención de la víctima
Responsabilidad del concesionario de servicio
No procede responsabilidad patrimonial del Ayuntamiento; la presencia de los cristales en la playa obedece a un deficiente funcionamiento del servicio de limpieza que el concesionario del negocio está obligado a prestar
Responsabilidad de la empresa contratista
Bañista lesionado al lanzarse de cabeza al agua en una zona de playa en obras; inexistencia de responsabilidad de la Administración; la empresa contratista decidía cuando podían ir liberándose para el baño las zonas ya regeneradas
Aspectos procesales
Prescripción de la acción resarcitoria
Reclamada responsabilidad patrimonial ante los Ministerios de Fomento y de Medio Ambiente dentro del año desde el accidente, la misma se encuentra en plazo, con independencia que posteriormente remitan las reclamaciones a la Autoridad Portuaria
Prescripción de acción resarcitoria; persona arrollada por camión de servicio de limpieza de la playa; fallecimiento al ser dado de alta en el hospital tras atención a causa del accidente, sin diagnóstico ni tratamiento de la bronconeumonía padecida
Caducidad de plazo para interposición de recurso
Interposición del recurso extemporáneamente, previa desestimación de reclamación por responsabilidad patrimonial tras caída sufrida en pasarela de madera de acceso a la playa
Competencia objetiva
Desestimación demanda de responsabilidad patrimonial por lesiones sufridas en caída; se dirige contra el Ministerio de Medio Ambiente en lugar de contra el ayuntamiento, que es quien tiene competencia para el mantenimiento de los accesos a las playas