Introducción. El procedimiento de
infracción del Derecho de la Unión Europea
El poder o facultad discrecional de la
Comisión Europea en los procedimientos de infracción
El Defensor del Pueblo Europeo,
guardián de la buena administración
El respeto al “procedimiento adecuado
o debido” en materia de denuncias por infracción del Derecho de la
Unión Europea
Caso 863/2019 PL
Exposición a la Defensora del Pueblo Europeo
El deber de motivación de la Comisión
Europea en los procedimientos de infracción
La Comisión se resiste a dar
explicaciones (casos 1673/2019 PL y 2102/2019 PL)
El caso
Los plazos “razonables” en la
tramitación de los procedimientos de infracción. El particular
kairós de la Comisión
I. Caso 295/2012/MMN (céntimo
sanitario). Resolución del Defensor del Pueblo de 26 de junio de 2013
II. Decisión de 10 de septiembre de 2019 en la investigación
conjunta en los casos 2179/2018/TM y 2093/2018/TM
III. Decisión de 6 de septiembre de 2019 en la investigación
conjunta en el caso 1613/2018/MMO
IV. Casos 1509/2019/PL y 1793/2019 PL
Exposición a la Defensora del Pueblo
Conclusiones
Anexo I. Carta a la Presidenta electa
de la Comisión Europea
I. Resumen de la petición
0186/2018
II. Admisibilidad
III. Respuesta de la Comisión (recibida el 21 de septiembre de
2018)
Anexo II. Procedimiento administrativo
para la gestión de las relaciones con el denunciante en
relación con la aplicación del Derecho de la Unión Europea
I. Definiciones y ámbito de
aplicación
II. Principios generales
III. Registro de denuncias
IV. Acuse de recibo
V. Modalidades de presentación de las denuncias
VI. Protección del denunciante y de los datos de carácter
personal
VII. Comunicación con el denunciante
VIII. Plazo de instrucción de las denuncias
IX. Resultado de la instrucción de las denuncias
X. Archivo
XI. Publicidad de las decisiones en materia de infracción
XII. Acceso a los documentos en materia de infracción
XIII. Reclamación al Defensor del Pueblo Europeo
Anexo III. Decisión 623. Reglamento de
la Fase Prejudicial de la Acción de Incumplimiento (Comunidad
Andina)
I. Sección I. De la fase prejudicial
prevista en el art. 23 del Tratado del Tribunal de Justicia de la
Comunidad Andina
II. Sección II. De la fase prejudicial prevista en los arts. 24 y
25 del Tratado del Tribunal de Justicia de la Comunidad
Andina
III. Sección III. Disposiciones comunes y finales
Anexo IV. Dictamen de la Comisión de
Asuntos Jurídicos del Parlamento Europeo sobre la petición de 15
de julio de 2009
Anexo V. Petición de 15 de julio de
2009 al Parlamento Europeo
Referencias bibliográficas del autor
sobre el procedimiento de infracción del Derecho de la Unión
Europea y la acción de responsabilidad patrimonial del
Estado
En esta obra, su autor, Isaac Ibáñez García, jurista riguroso y activista infatigable en la defensa del estado de Derecho, como señala en el prólogo Elisa de la Nuez Sánchez-Cascado, analiza un conjunto representativo de casos sobre la tramitación de los procedimientos de infracción del Derecho de la Unión Europea.
En ellos, observamos que el pretendido “poder discrecional” de la Comisión Europea, entre otros por no transposición en tiempo y forma de la normativa, se traduce en un ejercicio de derecho arbitrario y contrario a la buena administración. Se manifiesta una mala praxis de la Comisión, principalmente, en plazos de tramitación irrazonables, falta de adecuada información a los denunciantes, falta de motivación de sus resoluciones e incumplimiento de sus propias normas de procedimiento, avanzándose posibles soluciones normativas y fundamentos jurídicos.