Negocios
Concreción de la actividad empresarial
La utilización en el CC indistintamente de las expresiones empresa, establecimiento y explotación, implica que también lo será una actividad profesional que coordine una pluralidad de medios, incluidos los auxiliares para intermediar en el mercado
Están fuera del art. 1347.5.º CC el mero ejercicio profesional y la prestación de servicios que no se organicen de modo semejante al de los empresarios; los rendimientos serán comunes, pero no los servicios intelectuales o materiales del profesional
La aplicación del art. 1347.5 CC requiere un actividad de modo organizado y habitual, siendo indiferente que se trata de la actividad laboral principal o no
Carácter ganancial
Puede ser común el propio establecimiento, que podría hipotéticamente continuar su actividad como organización sin su titular actual, aunque las cualidades profesionales del cónyuge que la dirige hayan permitido su desarrollo
La clínica dental no es bien privativo. No es una actividad profesional, sino un establecimiento en el que, junto con el marido, trabajan personal auxiliar y otros profesionales y funciona incluso cuando él está en el servicio público
Es independiente el título de propiedad de la sede física de la clínica, que sería ganancial aunque no lo fueran los pisos donde se ha instalado
No se opone a la valoración de la clínica como ganancial el que en el inventario se incluyeran, con el acuerdo de ambos cónyuges, su instrumental y equipamientos
El título, académico o no, así como la cualificación profesional necesaria para el ejercicio de una actividad, conservan su carácter personal, lo que es compatible con el carácter disponible y transmisible de la empresa susceptible de ser ganancial
Es irrelevante para calificar la naturaleza privativa o ganancial de la clínica que la esposa trabajara o no en ella
A efectos de determinar la naturaleza ganancial de la clínica, es irrelevante que la esposa no invocara la aplicación del art. 1408 CC si consideraba que la era ganancial
No excluye el carácter ganancial de la clínica la falta de solicitud por la esposa de medidas de administración, es una facultad y no ejercerla no comporta el carácter privativo del bien ni renuncia a su calificación como ganancial
Carácter ganancial de la licencia de taxi en cuanto base económica necesaria de la explotación del negocio, y adquirida constante matrimonio
Si bien mediante informe administrativo se indica que la explotación ganadera se registró antes del matrimonio no se certifica que su titularidad entonces fuera sólo del esposo, se presume ganancial y se incluye en el activo
Se quiere establecer la privacidad de la franquicia en el momento en el que la recurrente suscribe el contrato con la franquiciadora, si bien, no es posible porque no se firmó un nuevo contrato, sino la renovación del que suscribió con anterioridad
Tiene carácter ganancial la licencia de transporte a nombre de la esposa que fue adquirida constante el matrimonio
Tiene carácter ganancial la totalidad de la empresa que explota una agencia de seguros, concebida como fondo de comercio objetivo, sin que quepa excluir la cartera de clientes
Se considera ganancial la licencia de taxi obtenida por el esposo por concurso administrativo pues fue constante el matrimonio por lo que nace derecho de crédito a favor de la esposa por la mitad del importe de su venta
Carácter privativo
Dado que la esposa gestionaba el negocio de carnicería desde la separación no se atribuye al recurrente más que la participación en la creación del mismo
La oficina de farmacia pertenece privativamente al esposo ante la falta de prueba que acredite que la demandante haya abonado una parte del precio
No habiendo constancia de la creación de una empresa de flores constante el matrimonio, pues sólo se aporta publicación en internet sin acreditar actividad ni mucho menos ganancias, queda excluida la partida del inventario
No se puede considerar ganancial el negocio de churrería de la familia del marido, que existía con mucha anterioridad al matrimonio, sin que conste que su titularidad haya sido adquirida con dinero ganancia
Dado que la sociedad mercantil se constituyó tres años después la disolución de la sociedad de gananciales, no cabe incluirla como bien ganancial, por no existir en aquel momento, ni puede hablarse de sucesión empresarial
Si bien la licencia de taxi es privativa al donarse al esposo por su padre el vehículo para explotar la actividad es activo ganancial al adquirirse constante el matrimonio naciendo en el pasivo crédito por el préstamo pagado por él tras el divorcio
Inclusión en el activo del inventario
Aun cuando la empresa se encuentra en liquidación procede su inclusión en el activo ganancial al tener tal carácter sus participaciones dejando la situación de pérdidas para la siguiente fase procesal de valoración de bienes
Debe incluirse en el activo, por conformidad expresa de las partes en el acta de formación de inventario, el capital social en una cooperativa a nombre de los dos litigantes
Se incluyen en el activo ganancial tanto la licencia administrativa o tarjeta de transporte adquirida durante el matrimonio como el negocio de transporte que desarrolla el esposo como autónomo computándose el patrimonio neto empresarial
Conforme 809 LEC en la comparecencia ante Secretario Judicial queda fijada la litis, procede la revocación parcial porque la juzgadora no incluyó el negocio como habían acordado las partes sino únicamente el valor de herramientas y máquinas
Se incorpora al inventario ganancial el trabajo realizado por el ex esposo tras disolverse la sociedad ganancial como administrador de la explotación agraria familiar de la esposa naciendo un crédito a su favor contra la sociedad
No inclusión en el activo del inventario
No procede la inclusión en el activo de la sociedad de gananciales del valor del fondo de comercio de empresa de la esposa que fue transmitida de forma gratuita al hijo con el consentimiento implícito del esposo
Se confirma la sentencia que excluye del inventario el negocio de autoescuela a la vista de los acuerdos de liquidación del negocio, cuya actividad aparece deslindada en secciones, que son objeto de disposición testamentaria y tienen origen privativo
Constituida la sociedad mercantil antes de celebrase el matrimonio no pueden traerse al inventario ganancial las acciones sociales ni la parcela adquirida a nombre de la mercantil
Ante la insuficiencia probatoria del rendimiento de las cosechas de la aceituna, pues no existe contabilidad y no hay información administrativa, resulta imposible incluirlo en el activo ganancial
No probada la preexistencia de un depósito de 8000 kg de aceite en una bodega común no puede formar parte de activo del inventario de la sociedad de gananciales
No acreditado que el dinero con el que se realizaron las mejoras en la explotación agrícola procediese de fondos comunes no puede inventariarse para la liquidación de la sociedad ganancial
Maquinaria, herramientas y enseres
Al no poder acreditar que enseres y existencias había en la farmacia antes del matrimonio, los restantes en la separación se reparten por mitades
La maquinaria para explotación agraria no se incluye en el activo ganancial al no acreditarse que se adquiriera constante el matrimonio estando registrada la explotación con anterioridad sin que la testifical de la hija común sea suficiente prueba
Se incluye en el activo ganancial la maquinaria agrícola y resto de vehículo empleados al constar según certificado de la DGT su adquisición contante el matrimonio
La maquinaria y herramientas no son de titularidad ganancial, sino de la sociedad mercantil del matrimonio, aunque darán valor a las participaciones sociales y en tal concepto se beneficiará la sociedad de gananciales
Es correcto incluir en el inventario las herramientas y útiles de labranza ya que el padre era agricultor, así como el ajuar de la vivienda, sin perjuicio de detallarlo y valorarlo en la fase de liquidación
Integran el activo ganancial los bienes adscritos a la tienda de fotografía, pues se trata de bienes que forman parte del negocio ganancial
Rendimientos del negocio ganancial
Los rendimientos de la clínica entre la disolución y la liquidación son comunes, pero las retribuciones del titular son privativas desde la disolución, lo que deberá concretarse en la liquidación del régimen que cualquiera de los cónyuges puede pedir
Se incluyen en el activo los rendimientos netos de la actividad agropecuaria englobando subvenciones al ser la explotación común que se devenguen hasta la liquidación de la sociedad excluyendo el salario del cónyuge gestor tras la disolución
En el período entre la disolución y la liquidación, los beneficios de la franquicia son frutos de bienes comunes, debiendo excluirse los rendimientos de trabajo del titular correspondientes a dicho período, lo que deberá concretarse en la liquidación
Procede la inclusión en el activo los rendimientos y frutos de la explotación agrícola ganancial, aunque no estén determinados, y que serán calculados en su momento por el contador partidor con el apoyo de peritos
Rendimientos del negocio privativo
Los rendimientos obtenidos por la participación en la empresa han de considerarse gananciales; por ello, al haberlos empleado en comprar ajuar familiar u obras de mejora de la vivienda, no procede considerar como deuda ganancial lo invertido
Se incluye en el activo ganancial crédito frente al esposo por los beneficios obtenidos por el uso exclusivo del local en que desarrolla su actividad profesional puesto que nunca ha constituido su domicilio más que por razones fiscales
Inclusión en el activo ganancial de los ingresos obtenidos por el esposo del negocio de estanco, pero sólo hasta que empezó a contribuir a los gastos familiares de la hija y esposa
Deudas del negocio ganancial
Siendo la clínica ganancial y sus rendimientos, también son comunes las deudas derivadas de su gestión, así a efectos de la liquidación, los rendimientos deben limitarse a los netos
Se estima excluir del pasivo el importe de la deuda a favor del apelado, pues lo pagado con el producto del negocio común tiene naturaleza común hasta la liquidación y adjudicación de bienes efectiva, sin perjuicio de la rendición de cuentas
No se reconoce la deuda a favor del marido por las facturas atendidas generadas por la explotación del negocio de bar, que constituyó parcialmente la fuente de ingresos del matrimonio, del que no se sabe si su titularidad es privativa o ganancial
Deudas del negocio privativo
No son carga de la sociedad los costes de adquisición y financieros de un contrato de leasing privativo, pues no son gastos por la explotación regular del negocio sino que van dirigidos a la creación de una actividad empresarial privativa
Responden los bienes gananciales de la deuda de naturaleza mercantil contraída por el marido en el desarrollo de su actividad comercial ejercida con el consentimiento de la esposa
De las deudas contraídas por el cónyuge comerciante responden los bienes gananciales, por aplicación de lo dispuesto en el Código de Comercio
Deben incluirse como deuda la sociedad cantidades adeudadas por repostar carburante en la actividad profesional de ejecución de obras que hacía el esposo constante matrimonio
Al haberse abonado con dinero ganancial un préstamo y un leasing concertados para la actividad profesional del esposo, se estaba así atendiendo una carga ganancial, por lo que no cabe pedir ahora su reintegro
Las cargas contraídas por un cónyuge cuando tengan origen en su profesión, arte u oficio, forman parte del pasivo de la sociedad de gananciales, así los créditos solicitados por el marido relacionados con su actividad, deben incluirse en el pasivo
Se excluye del inventario el crédito contra el esposo por gastos de limpieza de explotación agrícola privativa al no haber sido concretados los mismos en la propuesta de la esposa, ni cuantificados
Se incluye en el pasivo lo prestado por la madre del esposo para el negocio ganancial, pero no aquellas entregas de dinero en las que no consta su finalidad salvo que era beneficiario su hijo
No se incluye en el pasivo crédito a favor el esposo por el coste laboral de liquidación de negocio e indemnizaciones por despido de empleados pues por convenio la explotación se concedió al mismo asumiendo expresamente todas las deudas derivadas
No acreditados los pagos por el reclamante resulta imposible incluir en el pasivo crédito a favor del esposo por el abono de licencia de apertura del bar o por el abono de la tasa de obras y el impuesto de construcción
Deudas tributarias
Carácter ganancial de las deudas tributarias de uno de los cónyuges derivadas de la sociedad mercantil en la que fue administrador, pese a haberse ya liquidado la sociedad de gananciales y adjudicado parte de los bienes a la esposa
Se incluyen en el pasivo ganancial las deudas tributarias y de seguridad social del negocio privativo del esposo en que trabajó la mujer pero sólo en la proporción devengada constante el matrimonio pese a lo pactado en el convenio regulador
Concurso de acreedores
Si los cónyuges han contraído deudas para satisfacer atenciones de la sociedad de gananciales, puede hablarse de deudas a cargo de la misma; por lo tanto en el concurso de acreedores de uno de ellos se computarán todas las deudas a cargo de ella
Ayudas y subvenciones
Procede incluir en el pasivo de la sociedad de gananciales un derecho de crédito a favor del apelante, por el importe de la devolución de una subvención considerada ganancial, y cuyo reintegro fue efectuado por el apelante
Las ayudas y subvenciones percibidas tras la disolución de la sociedad de gananciales no se computan en el activo del inventario de liquidación, pues provienen de la explotación ganadera cuya actividad desarrolla el esposo
Otorgada subvención para el desarrollo de una actividad de la que se beneficiaría la sociedad de gananciales, la devolución por incumplimiento de las condiciones para su concesión corresponde a la misma por lo que se incluye en el pasivo ganancial
Mejoras en explotación privativa
Si bien consta la explotación de finca rústica privativa no puede reconocerse crédito a la sociedad de gananciales por no aportarse medios de prueba suficientes para determinar que lo invertido fueron mejoras y no gastos de la propia explotación
Valoración
No cabe oponerse a la valoración de la farmacia hecha en instancia, tomando en cuenta el aumento de valor de las existencias y de la clientela
Pese a que la valoración de partidas debe realizarse en fase procesal posterior se deja adelantado que únicamente procederá valorar las cabezas de ganando existentes a la fecha de disolución de la sociedad
Presentada la apelación, relacionada con otros motivos, la sentencia quedó firme, y por razones de extemporaneidad no puede modificarse, debiendo atenernos al inventario donde se valora la franquicia como ganancial y, no así los rendimientos
Se valora el negocio de restaurante regido por el esposo en 100.000 euros y no en cero, porque aunque ha dado pérdidas, sin embargo sigue en explotación y ha generado ingresos suficientes para un cierto nivel de vida del matrimonio
Se confirma la valoración realizada por el contador-partidor del negocio de joyería integrado en la sociedad ganancial pues tuvo que realizarse a base de presunciones dado que la rendición de cuentas que debió presentar el apelante era inverosímil
Se estiman correctas las valoraciones del cuaderno particional respecto de vehículos y maquinarias, toda vez que se fundan en el examen personal del perito, sin que se aporte otra prueba pericial que las contradiga
Adjudicaciones
No concurren los requisitos del art. 1406 CC para adjudicar al marido la sociedad mercantil, pues en ningún momento la ha explotado de forma personal y directa, simplemente el matrimonio adquirió participaciones y es gestionada por terceros
Es equitativo el reparto de bienes fruto de la liquidación ganancial efectuado en el cuaderno particional judicial pues se otorga una vivienda a cada cónyuge asignándose al esposo el inmueble en que se localiza el negocio que regenta
Participaciones en empresas
Acciones
No hay duda de que son privativas las acciones de uno de los cónyuges antes de contraer matrimonio, las nuevas como consecuencia de la titularidad de otros privativos y las cantidades obtenidas por la enajenación del derecho a suscribir
El cónyuge socio como titular privativo de las acciones puede gestionarlas e incluso enajenarlas sin necesidad de contar con el consentimiento de su consorte y el fondo de reserva constituido se transmite con las acciones al adquirente
Cuando se haya formado una sociedad, serán privativas las acciones que pertenecieran a los cónyuges antes de la sociedad de gananciales, y gananciales las adquiridas a título oneroso a costa del caudal común
Se impugna la exclusión del activo de unas acciones a nombre del esposo, si bien, fueron adquiridas con anterioridad al matrimonio, y no se ha probado que se hubiera apropiado para sí de los réditos de su venta constante la sociedad ganancial
La falta de acreditación de la existencia y valoración de las acciones de telefónica que el esposo propone para que formen parte del activo imposibilita que pueda acordarse su inclusión
Participaciones sociales
Las participaciones sociales, de responsabilidad limitada, titularidad del esposo demandado no pueden ser consideradas títulos valores por lo que no es de aplicación lo dispuesto en el art. 1.384 CC, siendo por tanto nulo el contrato
No estando acreditado que la participaciones sociales se adquirieran con dinero privativo se presume bien ganancial a incluir en el activo junto con los rendimientos que se obtuvieran en cuanto crédito frente al esposo que los cobró
No cabe incluir en el inventario bienes que pertenecen a una sociedad mercantil con personalidad jurídica diferente, de la que ya constan como gananciales sus participaciones
No se adoptan medidas sobre administración de bienes gananciales, ya que lo son sólo las participaciones sociales, debiendo ser en el seno de las sociedades mercantiles donde la esposa ejerza sus derechos como socia
Se incluye en el activo ganancial crédito frente al esposo por la venta de participaciones sociales gananciales sin contar con la autorización de la esposa y cuyos beneficios se apropió en exclusiva
Beneficios societarios
Los beneficios de acciones destinados a reservas no son gananciales; sí lo son los dividendos cuyo reparto acordó la junta general de socios estando vigente la sociedad de gananciales, aunque se perciban tras la disolución, y también son gananciales los beneficios no repartidos en fraude de ley
Siendo inherentes a las participaciones sociales ya incluidas en el activo ganancial los beneficios societarios que se obtuvieran hasta la disolución procede suprimir esta partida del activo ganancial
No se incluyen en el activo ganancial los beneficios sociales obtenidos de sociedades puesto que una está ya disuelta y la otra sólo reporta emolumentos que ya están computados en el activo en cuanto forman parte del salario del esposo
No forman parte del activo ganancial los rendimientos no repartidos de una sociedad mercantil, de la que ya se han incluido en el inventario las propias participaciones que sí son gananciales
Ampliación de capital
Habiéndose acreditado que la sociedad limitada fue constituida antes del matrimonio, es privativa y, al haberse ampliado capital constante matrimonio, lo que existe es un crédito de la sociedad ganancial frente a la mercantil
Se ha acreditado que hubo dos momentos diferenciados, uno de ampliación de capital de la mercantil y otro de aumento del préstamo hipotecario, por lo que deben incluirse en el inventario ganancial dos créditos frente a la mercantil