Autor: Miguel Guerra Pérez. Director de Sepín Proceso Civil. Julián López Martínez. Director de Sepín Administrativo. Iciar Bertolá Navarro. Directora de Sepín Obligaciones y Contratos
Publicación: 6 / 2020
Editorial: SEPIN
Referencia: 5888
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8 de junio de 2020
Varios ponentes expertos en la materia analizan el Real Decreto 537/2020, de 22 de mayo, que ha derogado las DD. AA. 2.ª (suspensión de plazos procesales) 3.ª (suspensión de plazos administrativos) y 4.ª (suspensión de plazos sustantivos de prescripción y caducidad) del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, produciéndose el alzamiento de los plazos procesales y sustantivos el 4 de junio y de los plazos administrativos el 1 de junio. A su vez, el RDL 16/2020, de 28 de abril, señala que el reinicio del cómputo de los plazos procesales suspendidos se producirá al día siguiente, el 5 de junio (art. 2.1), pero son muchas las dudas que se plantean.