Tribunal Supremo
· Actuación frívola, y ausente de la buena fe procesal: insistencia en
protección subsidiaria cuando se le había concedido autorización por
razones humanitarias
· No hay razón para exigir en la protección subsidiaria las mismas
causas que posibilitan el derecho de asilo puesto que son figuras
diferentes
· Diferencias entre la protección subsidiaria y el derecho de asilo
· Concesión de protección subsidiaria: situación de especial
vulnerabilidad de familia monoparental con hija menor en un país de
dónde se informa que son susceptibles de recibir agresiones sexuales y
recibe una renta mínima de inserción social
Audiencia Nacional
· La pretensión que es mera reiteración de la principal y se articula
como alternativa subsidiaria, sin añadir ningún fundamento añadido que
permita considerarla de forma autónoma, no puede prosperar
· La desestimación de la solicitud por el cauce acelerado del artículo
21.2 de la Ley de Asilo impide el otorgamiento no sólo del asilo sino
también de la protección subsidiaria
· Concesión de protección subsidiaria: se debe dar el mismo trato a
toda la unidad familiar aunque no se adviertan motivos de asilo
· Protección subsidiaria concedida porque retornar a Libia es una
situación de amenaza grave contra la integridad de los recurrentes
motivada por una situación de violencia indiscriminada en la situación
de conflicto interno que vive
· No acreditada una persecución real, se ajusta a Derecho la denegación
de asilo, siendo suficiente la protección subsidiaria concedida por el
riesgo de retorno a Gaza
Con la conmemoración del 20 de junio como día Mundial del Refugiado, se
pretende sensibilizar, concienciar, llamar la atención, y señalar que
existe un problema sin resolver, un asunto importante y pendiente en
las sociedades para que, a través de esa sensibilización, los gobiernos
y los estados actúen y tomen medidas o, para que los ciudadanos así lo
exijan a sus representantes.