Píldora formativa
Autor: Begoña Costas de Vicente. Directora de Sepín Arrendamientos Urbanos. Abogada
Publicación: 10 / 2021
Editorial: SEPIN
Referencia: 6745
Precio: 20 € +21% de IVA AÑADIR AL CARRITO Acceso On·Line |
La situación jurídica del cónyuge en caso de fallecimiento del arrendatario de la vivienda y la necesidad o no de notificar la subrogación al arrendador, cuando el contrato se encuentra únicamente firmado por el esposo fallecido, ha suscitado un gran debate, dando lugar a varias posturas tanto de la doctrina como de los Tribunales, acerca de si es necesaria dicha notificación o bien si, al existir cotitularidad en el arrendamiento, no resulta un requisito para la subrogación.